BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales


FUNDAMENTOS DE ACTUACIÓN POLICIAL

Arturo Mansilla Olivares



Esta página muestra parte del texto pero sin formato.

Puede bajarse el libro completo en PDF comprimido ZIP (216 páginas, 2.31 Mb) pulsando aquí

 

 

NATURALEZA JURÍDICA ¿Qué es la ciudad de México?

(Arts. 44 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal).

.. La ciudad de México es el Distrito Federal y se constituye como la sede de los Poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos. Es una entidad federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes que le sean necesarios para la prestación de los servicios públicos a su cargo, y en general, para el desarrollo de sus propias actividades y funciones.

GOBIERNO

¿Quién se encuentra a cargo del gobierno del Distrito Federal? (Arts. 122 párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 7 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal).

.. El gobierno del Distrito Federal está a cargo de los Poderes Federales y de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial de carácter local.

¿Cuáles son las autoridades locales del Distrito Federal? (Arts. 122 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 8 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal).

.. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, la Asamblea Legislativa y el Tribunal Superior de Justicia.

FUERZA PÚBLICA. MANDO, DIRECCIÓN Y MANDO DIRECTO

¿A quién corresponde el mando de la fuerza pública en el Distrito Federal? (Arts. 115 fracción VII y 122 Base Quinta letra E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 34 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 7 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal, 22 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y 11 fracción I del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal) .. Al Presidente de la República.

¿Está facultado el Presidente de la República para instruir directamente a los cuerpos de seguridad pública en el Distrito Federal? (Art. 35 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal).

.. Sí, pero sólo cuando el jefe de Gobierno se abstenga, incumpla, contravenga o no acate sus instrucciones.

¿Qué otras facultades le son inherentes al Presidente de la República en materia de seguridad pública en el Distrito Federal? (Arts. 33 y 35 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal).

.. Las siguientes: 1. Instruir al jefe de Gobierno del Distrito Federal sobre: a. La disposición de la fuerza pública; y b. El ejercicio de funciones de seguridad pública.

2. Solicitar al secretario de Seguridad Pública y al Procurador General de Justicia que le informen sobre la situación que guarda la fuerza pública en el Distrito Federal.

3. Determinar medidas de apoyo al Jefe de Gobierno del Distrito Federal a solicitud de éste, para hacer frente a situaciones de emergencia derivadas de siniestros y desastres.

¿A quién corresponde la dirección de la fuerza pública o servicios de seguridad pública en el Distrito Federal? (Arts. 122 fracción II inciso «e» de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 67 fracción XX del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 23 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y, 6 del Reglamento de la Policía Preventiva del Distrito Federal).

.. Al Jefe de Gobierno del Distrito Federal.

¿Cuáles son las atribuciones inherentes a la dirección de la fuerza pública en el Distrito Federal? (Arts. 23 y 67 fracción XX incisos a) al e) de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal) .. La dirección de la fuerza pública, comprende, fundamentalmente, las siguientes atribuciones: 1. El establecimiento de las políticas generales de actuación; 2. El nombramiento y remoción libre de los servidores públicos de jerarquía inmediata inferior a la del Secretario; 3. La determinación de la división del Distrito Federal en áreas geográficas de atención y el nombramiento y remoción libre de los servidores públicos responsables de las mismas; y, 4. La creación de establecimientos de formación policial ¿Quién debe informar al Presidente de la República sobre el estado que guarda la Fuerza Pública? (Art. 35 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal).

.. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal debe informar permanentemente al Presidente de la República respecto de la situación que guarda la fuerza pública en la ciudad.

¿A quién corresponde designar al titular de la Secretaría de Seguridad Pública? (Arts. 122 Base Quinta inciso E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 34 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 7 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal ).

.. Al Presidente de la República a propuesta del Jefe de Gobierno.

¿Quién está facultado para remover de su encargo al titular de la Secretaría de Seguridad Pública? (Arts. 122 Base Quinta inciso E de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 34 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 7 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal).

.. El Presidente de la República.

¿Quién es el encargado de nombrar y remover a los servidores públicos de jerarquía inferior a las del titular de la Secretaría de Seguridad Pública? (Arts. 67 fracción XX inciso B del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y 8 fracción V de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal ) .. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal, previa propuesta del Secretario de Seguridad Pública.

¿A quién corresponde el mando directo de la fuerza pública en el Distrito Federal? (Arts. 4º, 8º fracción II y 24 primer párrafo de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal) Al Secretario de Seguridad Pública del Distrito Federal.

¿Cuáles son las atribuciones inherentes al mando directo de la fuerza pública en el Distrito Federal? (Art. 24 primer párrafo de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal) .. El mando directo de la fuerza pública, comprende, fundamentalmente, las siguientes atribuciones: 1. La administración general de la seguridad pública en el Distrito Federal, en el ámbito que compete a la Policía; 2. La organización, dirección, administración, operación y supervisión de la Policía; 3. La aplicación del régimen disciplinario; 4. La dirección del sistema de carrera policial ¿Cómo se organiza la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal? (Arts. 3 y 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal y Título Segundo capítulos I al VII de la Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal) .. Al frente de la Secretaría, se encuentra el Secretario de Seguridad Pública, quien para la atención de los asuntos de su competencia contará con las siguientes unidades administrativas y unidades administrativas policiales: 1. Coordinación de Proyectos Especiales 2. Dirección General de Asuntos Jurídicos 3. Unidad de Asuntos Internos 4. Dirección Ejecutiva de Comunicación Social 5. Dirección Ejecutiva de Tecnologías de Información 6. Instituto Técnico de Formación Policial 7. La Subsecretaría de Seguridad Pública, integrada por: 8. Dirección Ejecutiva de Apoyo y Control Operativo 9. Dirección General de la Policía Sectorial 10. Dirección General de Tránsito 26 11. Dirección General de Comunicaciones 12. La Subsecretaría de Participación Ciudadana y Prevención del Delito, integrada por la: 13. Dirección General de Prevención del Delito 14. Dirección General de Apoyo Institucional 15. Dirección General de Estadística e Información Policial 16. Unidad Administrativa Policial: 17. Dirección General de Agrupamientos 18. Dirección General de Acciones Preventivas 19. Subsecretaría de Desarrollo Institucional 20. Unidades Administrativas: 21. Dirección General de Carrera Policial 22. Dirección General del Centro de Control de Confianza 23. Dirección General de Mejoramiento Integral del Centro Histórico del D. F. 24. Dirección Ejecutiva de Seguridad Privada 25. Dirección Ejecutiva de Derechos Humanos 26. Dirección del Consejo de Honor y Justicia 27. Unidades Administrativas Policiales: 28. Dirección General de la Policía Auxiliar 29. Dirección General de la Policía Bancaria e Industrial 30. La Oficialía Mayor, integrada por la: 31. Dirección General de Recursos Humanos 32. Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 33. Dirección General de Mantenimiento y Transporte 34. Dirección General de Recursos Financieros 35. Dirección Ejecutiva de Desarrollo Organizacional y Administrativo 36. Dirección Ejecutiva de Control Administrativo de Unidades Operativas Además formarán parte de la Secretaría de Seguridad Pública, las unidades administrativas de apoyo técnico operativo y las unidades administrativas de apoyo técnico operativo policial que se señalen en su Manual Administrativo, así como las unidades de apoyo que sean necesarias para la atención de los asuntos a cargo del Secretario y que estén señaladas en el manual correspondiente.


 

Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles
Enciclopedia Virtual
Biblioteca Virtual
Servicios