BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales


FUNDAMENTOS DE ACTUACIÓN POLICIAL

Arturo Mansilla Olivares



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COMITÉS DELEGACIONALES DE SEGURIDAD PÚBLICA

¿Qué son los Comités Delegacionales de Seguridad Pública? (Art. 63 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal).

.. Son la instancia colegiada de consulta y participación ciudadana que existe en cada uno de los Órganos Político Administrativos.

¿Por qué son colegiados los Comités Delegacionales de Seguridad Pública? (Art. 63 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal).

.. Porque en los mismos participan representantes populares, de organizaciones vecinales o ciudadanas, de los vecinos, de la Secretaría de Seguridad Pública, de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y son presididos y coordinados por el titular del Órgano Político Administrativo.

¿Cuáles son las atribuciones y facultades de los Comités Delegacionales de Seguridad Pública? (Art. 64 de la Ley de Seguridad Pública del Distrito Federal).

.. Las atribuciones y facultades de los Comités Delegacionales de Seguridad Pública.

son: 1. Ser órganos de consulta, análisis y opinión de las respectivas Delegaciones en materia de seguridad pública; 2. Emitir opiniones y sugerencias para la elaboración y evaluación del subprograma Delegacional de Seguridad Pública con participación vecinal y evaluar la ejecución del mismo; 3. Informar sobre las zonas que en su concepto tengan mayor índice de delincuencia dentro de la circunscripción territorial de cada una de las Delegaciones; 4. Estudiar y proponer a la Procuraduría y al gobierno del Distrito Federal, mecanismos de coordinación y desconcentración para la mejor cobertura y calidad en los servicios que tienen encomendados; 5. Verificar que el patrullaje se realice en los términos del subprograma, mediante los mecanismos y códigos que al efecto acuerden con las autoridades a fin de arraigar y vincular al policía con la comunidad; 6. Proponer anualmente al Consejo de Honor y Justicia correspondiente, el otorgamiento de la Condecoración al Mérito, al elemento que mejores servicios haya prestado a la comunidad, sin perjuicio de la facultad para determinar otros estímulos; 54 7. Denunciar ante el Consejo de Honor y Justicia correspondiente, aquellos casos que a su juicio constituyan faltas graves a los principios de actuación previstos en esta ley.

8. Proponer normas y procedimientos que permitan mejorar la atención de las quejas que formule la ciudadanía contra abusos y actuaciones de servidores públicos; 9. Proponer a la Procuraduría y a la Secretaría las acciones a emprender para prevenir la comisión de delitos y su impunidad; y 10. Fomentar la cooperación y participación ciudadana con el gobierno del Distrito Federal y la Procuraduría en los siguientes aspectos: a.- La difusión amplia del subprograma Delegacional de Seguridad Pública con participación vecinal; b.- La aportación de equipo complementario, el cual será destinado al servicio exclusivo de la demarcación correspondiente; c.- El establecimiento de mecanismos de auto seguridad o la instalación de alarmas, y d.- Participar en la elaboración y en la difusión de programas de reclutamiento. 55 PRESENTACIÓN La participación ciudadana es elemental para la reconstrucción de una nueva institucionalidad en los servicios de seguridad pública, toda vez que los ciudadanos también tienen su visión sobre los problemas que aquejan a la sociedad.

En este sentido, es necesario que el gobierno permita cada vez más la colaboración de los ciudadanos, de tal modo que se involucren en los asuntos relativos a los servicios de seguridad pública. El gobierno y la ciudadanía se pueden asociar y apoyar conjuntamente, haciendo posible un binomio gobierno-ciudadanos en los servicios de seguridad pública.

La mejor forma de participación de los ciudadanos es la prevención del delito y la seguridad pública, a través de grupos ciudadanos, así como comités vecinales, coordinaciones territoriales y asociaciones civiles.

El prestar el servicio público de seguridad pública a cargo del policía implica conocimientos que van más allá de salvaguardar la seguridad de las personas y de sus cosas, el saber asegurar y presentar a un presunto responsable ante una agencia del Ministerio Público, auxiliar al Ministerio Público en la persecución e investigación del delito o auxiliar a la población en caso de siniestros o desastres.

El policía debe saber más que eso ya que es a él a quien acuden los habitantes y visitantes del Distrito Federal con una serie de preguntas que en muchos casos rebasa su capacidad de respuesta, ya que van desde la simple pregunta en el sentido de orientar a alguna persona acerca dell lugar en que se encuentra una calle hasta preguntas específicas sobre cómo realizar un trámite administrativo, ante quién acudir cuando se les presenta algún problema familiar, penal, civil, vecinal o de cualquiera otra índole o simplemente cómo y ante quién dirimir las controversias CAPÍTULO III PARTICIPACIÓN CIUDADANA 56 que se les susciten. Sin lugar a dudas, es la experiencia que el policía obtiene día a día lo que le permite dar respuesta a muchas de las interrogantes que le presentan en la calle.

En el presente capítulo se proporcionan al elemento de seguridad pública instrumentos suficientes para que dé respuesta a las preguntas que cotidianamente y en materia de participación ciudadana se le formulen en la calle, de tal suerte que se abordan temas considerados por la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, dándole a conocer: -Su objeto; -Cuáles son los órganos de participación ciudadana; -Cuáles son, en qué consisten, cómo y quién puede convocar a la celebración de los instrumentos de participación ciudadana; -Qué es un comité ciudadano, cada cuándo se renueva, qué funciones tiene, quiénes lo integran, cuáles son las obligaciones de sus miembros, etc, y, -Qué es el consejo ciudadano, cómo se integra, cada cuándo sesiona, quiénes asisten a sus reuniones y qué facultades le son inherentes.

Con esta información el policía gozará de un conocimiento general de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, lo que le facilitará su actuar diario en el seno de la sociedad al quedar en posibilidad de dar respuesta y satisfacer las dudas, en esta materia, de las personas con quienes interactúa diariamente.


 

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