EL CONFLICTO ENTRE ARGENTINA Y URUGUAY POR LA INSTALACIÓN DE LAS PAPELERAS:
UN CASO DE ESTUDIO

EL CONFLICTO ENTRE ARGENTINA Y URUGUAY POR LA INSTALACI?N DE LAS PAPELERAS: UN CASO DE ESTUDIO

Valeria Llamas

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Presentación ante La Haya

En junio de 2006, se realizó la presentación de pruebas por ambos países, por la cual el Presidente Tabaré Vazquéz expresó su satisfacción de la siguiente manera “...Nuestra impresión es que logramos un trabajo muy sólido del equipo, lo cual hizo que la presentación de Uruguay fuera muy clara” .

José Luis Cancela, diplomático que integró el equipo uruguayo, comentó que Uruguay consiguió lo que se proponía: “... demostrar que no existe un riesgo de contaminación, como para ameritar una medida cautelar, y que no violentó el Tratado del Río Uruguay, y según él ninguno de los elementos presentados por Argentina permitió demostrar su posición” .

Durante la presentación, el embajador Gros Espiell, hizo referencia al tema de la corrupción causando una profunda irritación al gobierno argentino, esta se dió en el marco referido a Uruguay como un país respetuoso de todos los derechos y de la escasa significación que tiene la corrupción en el país y de cómo se la castiga.

La presentación uruguaya incluyó un informe de Adriaan Van Heinnigen, de la Universidad de Maine, Estados Unidos, quien emitió una opinión a favor de Uruguay en el tema medioambiental.

La Corte rechazó la inclusión de un audiovisual durante la presentación de Argentina, debido a una observación realizada por Uruguay. Este audiovisual se trataba del video de un programa periodístico argentino en el que había palabras del presidente Tabaré Vázquez, pero además había comentarios hechos por los periodistas del programa. La observación se debió a que si Argentina quería presentar las palabras del presidente bastaba con la trascripción, ya que los comentarios de los periodistas no aportaban nada.

El secretario general de la Cancillería uruguaya se mostró confiado en el dictamen de la Corte Internacional de Justicia, ya que, desde el punto de vista de este, el planteo de Argentina no correspondía y eso fue lo que procuraron demostrar. Para que la Corte se expida sobre una medida precautoria debía, necesariamente, existir un riesgo de daño inminente y Uruguay demostró que el mismo no existía.

La Corte, según la Cancillería uruguaya, tenía tres posibilidades: hacer lugar al pedido de Argentina y dictar un fallo que derive en la paralización de las obras; no hacer lugar al pedido de medidas; y por último plantear una medida alternativa.

La confianza de la Cancillería ante el pedido de Argentina, se basaba en que la Corte nunca adoptó una medida del tenor de la solicitada por el denunciante. En materia de medidas cautelares, según el compendio de normas y procedimientos reunidos en el “libro azul” de la Corte, el alto órgano de Justicia podía demorar hasta seis semanas en dictar un fallo. No obstante, también existía antecedentes de decisiones adoptadas a las 24 horas siguientes de presentado el pedido de medidas cautelares.

La medida cautelar presentada por Argentina de frenar las obras de las empresas Botnia y Ence, fue rechazada por 14 votos a 1, solicitando, al mismo tiempo, a ambos países que el conflicto no agrave las relaciones bilaterales.

Los cortes de ruta llevados adelante en Gualeguaychú y Colón se los considera como agravantes por lo cual, en noviembre de 2006, el gobierno uruguayo presentó una medida cautelar ante el Tribunal Internacional de La Haya , y en diciembre del mismo año, se realizó lo que fue la segunda presentación ante la Corte Internacional, donde Uruguay afirmó que en los bloqueos argentinos, el estado no sólo estaba violando la ley, sino que procuraba conseguir por medio de la coerción la razón que no le daban ni los tribunales ni los organismos internacionales en la disputa. Por otra parte no se hizo mención de la mediación asumida por el Rey Juan Carlos de España, reflejando la expectativa dispar que generaba dicha intervención desde el momento mismo de su gestación. El gobierno uruguayo procuró que la Corte Internacional obligara a la Argentina a hacer lo que hasta ahora no había hecho, es decir, despejar la ruta y garantizar el tránsito. Uruguay buscó medidas concretas por parte de Argentina para que los ambientalistas terminaran con los cortes e insistiendo en la Haya antes que llegara la temporada.

En la presentación, Uruguay mencionó que presentó seis notas diplomáticas en las que pedía el cese de los cortes y que la respuesta del gobierno argentino en todos los casos fue de ignorar o rechazar las demandas. “El gobierno argentino no adoptó medida alguna y transmite la impresión de que tampoco lo hará en un futuro...” , fue uno de los argumentos para denunciar los efectos laborales y económicos que se producían bajo la complicidad del gobierno argentino.

La resolución del tribunal internacional, segunda en el juicio por las papeleras, sería de cumplimiento obligatorio para las partes y no se admitirían apelaciones. En el caso de un fallo favorable a Uruguay, y que Argentina no acate la decisión, Uruguay podría recurrir al Consejo de Seguridad de la ONU, lo cual podría dejar a la Argentina en una

En el fallo de la medida cautelar presentada por Uruguay, la Corte no encontró que existiera un riesgo inminente de perjuicio irreparable a los derechos de Uruguay en la disputa por los cortes en los puentes y rutas. En ese sentido, la Corte notó que pese a los cortes, la construcción de la planta de Botnia continuaba en forma significativa desde el verano de 2006, por lo tanto, la Corte consideró que los bloqueos no justificaban la indicación de las medidas cautelares solicitadas por Uruguay.

La Corte llamó a las partes a que implementaran de buena fe los procedimientos de consultas y cooperación que determina el Estatuto de 1975 y a evitar cualquier acción que pudiera hacer más dificultosa la resolución de esta disputa, además reiteró su pedido de continuar el diálogo.