La interventoría se ejercerá para garantizar el cumplimiento de las normas constituciones y legales que rigen para el régimen subsidiado, con el propósito de:
• Promover la existencia de condiciones para el ejercicio de la competencia regulada en el Régimen Subsidiado de Salud y el desarrollo de los mecanismos de participación social, en aras de proteger los derechos de los usuarios,
• Evitar que los recursos destinados al Régimen Subsidiado de Salud se utilicen para fines diferentes a los señalados expresamente por la ley.
• Lograr que el aseguramiento, la prestación de servicios y la satisfacción de los usuarios expresen la calidad, oportunidad y dignidad humana en la atención en salud;
• Que la generación y flujo de recursos financieros con destino al Régimen Subsidiado de Salud, tengan una utilización oportuna y eficiente, y se expresen en la estabilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud;
• Promover el mejoramiento de la calidad de la prestación de los servicios de salud, con base en la institucionalización de la autoregulación y el autocontrol dentro del sector;
• Que los entes vigilados centren su actividad en la evolución de sanas prácticas y desarrollos tecnológicos que aseguren un crecimiento adecuado de las mismas.
• Lograr la ampliación en la cobertura de los servicios de salud;
• Profesionalizar a los agentes de control, con un incremento de la idoneidad expresado en el reconocimiento público a través de su acreditación.
• Fortalecer la capacidad técnica, financiera administrativa y operativa de las entidades integrantes de la red de controladores con el concurso de los diferentes niveles territoriales, estandarizando procesos críticos e indicadores para evaluar la gestión de las entidades vigiladas y de las propias integrantes del sistema.