BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales


ÉTICA, PSICOLOGÍA Y CRISTIANISMO

José María Amenós Vidal y otros

 

Esta página muestra parte del texto pero sin formato.

Puede bajarse el libro completo en PDF comprimido ZIP (220 páginas, 1,02 Mb) pulsando aquí

 

 

La ortotanasia o privilegio terapéutico.

La ortotanasia no se limita única y exclusivamente a evitar protocolos clínico-quirúrgicos en situaciones lamentables para el enfermo, y de prolongar su precaria existencia cuando existe una declaración de voluntades anticipadas del enfermo y la condición de muerte clínica según hemos enumerado, sino que se basa por definición en el derecho al tratamiento vital por privilegio terapéutico según el principio de justicia en situaciones de necesidad concurrente, sentido ético básico según el cual todo ser humano debe ser respetado, y su dignidad protegida y amparada por la Ley. Por tanto, su ámbito de protección alcanza sin restricción o distinción alguna a los enfermos graves o terminales. Por consiguiente, es una obligación de los profesionales de la salud respetar el derecho a la vida de los moribundos porque son personas humanas.

La decisión libre y voluntaria de seguir con vida, es un derecho del paciente y de la familia, y más cuando estamos obligados por la ley y en conciencia a respetar el derecho a la vida de la persona moribunda hasta que llegue el trance de su muerte, un verdadero testimonio de fe en defensa de los principios contrarios a la supuesta muerte digna que propugnan los defensores de la eutanasia. Se debe entender y es justo concebir que el tratamiento necesario para la salud del enfermo sea adecuado para mantener la vida en situación de urgencia por una compasión bien entendida que no va contra la dignidad de la persona, porque con voluntad y apoyo moral mientras hay vida, hay una esperanza.

Este es el modo correcto de actuar o la rectitud de intención en el cuidado de los enfermos en estado crítico, dar una esperanza de vida hasta que llegue el trance de la muerte.

La solución pasa por dar los cuidados paliativos adecuados a quien pronto va a morir tratándole tanto los sufrimientos físicos, psíquicos, sociales y espirituales, a favor de una asistencia sanitaria más humana para el enfermo.

1. Todos queremos ser tratados eficazmente del dolor, el sufrimiento y la agonía, tener la ayuda necesaria y no ser abandonados por el médico y el equipo sanitario cuando la enfermedad sea incurable.

2. Todos queremos ser informados adecuadamente sobre la enfermedad, el pronóstico y los tratamientos que dispone la Medicina, que nos expliquen los datos en un lenguaje comprensible y participar en las decisiones sobre lo que se va a hacer.

3. Todos queremos recibir un trato respetuoso, estar acompañados de la familia, y sin otras restricciones que las necesarias para la buena evolución de la enfermedad y el buen funcionamiento de la institución hospitalaria.

4. Todos queremos recibir consuelo humano y espiritual, que nos traten con dignidad y nos permitan ejercer nuestros derechos, el entorno hospitalario debe ser un lugar en el que los enfermos encuentren el apoyo de los profesionales de la salud y del sacerdote para convertir el acto de cuidar al enfermo en una eucaristía o ¨acción de gracias¨.

Hay situaciones muy concretas y excepcionales en las que el médico debe proceder sin necesidad de ¨consentimiento informado¨, es el caso de ¨urgencia vital¨, cuando la no intervención representa un riesgo para el enfermo.

La situación conocida como ¨privilegio terapéutico¨ es la excepción que confirma la regla médica , y que consiste en hacer todo lo humanamente posible por preservar la vida de los enfermos sin necesidad de consentimiento informado, es de obligado cumplimiento, y no se puede consentir si se justifica lo contrario, porque sino se infringiría el principio de justicia, de necesidad recurrente y socorro debido.

En relación con el ¨tratamiento vital ¨ , como medidas de mantenimiento y conservación de la ¨homeostasis¨ del organismo humano, se emplearían : dispositivos artificiales, ... tales como la ventilación asistida, oxígeno a presión, hemodiálisis y transfusiones sanguíneas, etc ... , en el sentido de mantener los niveles de O2, electrolitos esenciales, ... ; sistemas orgánicos, ... aquellos capaces de conservar el latido cardíaco y las ondas cerebrales, ...; u otros tratamientos, ... como agua, alimentación por tubo y suero intravenoso, etc ...; y cuidados ordinarios, ... de fisioterapia, higiene y aseo, etc ... por citar algunos ejemplos y que en su conjunto son más que un privilegio médico un derecho humano en el sentido de respetar las prestaciones sanitarias de urgencia vital.

Cualesquiera que sean los motivos o los medios, la eutanasia consiste en poner fin a la vida de las personas disminuidas, enfermas o moribundas. Es moralmente inaceptable. El ¨tratamiento vital¨ para aliviar los sufrimientos del moribundo, puede ser conforme a la dignidad humana. Los cuidados paliativos del paciente pueden constituir una forma privilegiada de caridad desinteresada. Por este motivo, hay que alentarla.

Aquellas personas que tienen una vida disminuida o debilitada reclaman un respeto especial. Los enfermos y minusválidos han de recibir ayuda para llevar una vida tan normal como sea posible.

Precisamente, en España el Plan Nacional de cuidados paliativos que elaboran el Ministerio de Sanidad, el INSALUD, y los representantes de todas las comunidades autónomas – entre las cuales Cataluña está considerada como pionera -, tiene como principal objetivo mejorar la calidad de vida de los pacientes en situación terminal.


Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles
Enciclopedia Virtual
Biblioteca Virtual
Servicios