Comentario a ALBERT, Michels (1968) “Cárdenas y la lucha por la independencia económica de México”
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 HISTORIA DE LOS MOVIMIENTOS SOCIALES EN MÉXICO
(Siglos XVIII, XIX y XX)
ANTOLOGÍA BIBLIOGRÁFICA COMENTADA

Jorge Isauro Rionda Ramírez

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1. ALBERT, Michels (1968) “Cárdenas y la lucha por la independencia económica de México”. En Historia mexicana. Vol. XVIII. Núm 1. México. Pp. 56 – 78.

Por otra parte, regresando a la Constitución de 1917, establece el derécho inequívoco del país de controlar sus propios recursos. Da a la nación la propiedad absoluta de todos los recursos minerales existentes en vetas, capas, masas y yacimientos cuya naturaleza sea distinta de los recursos del suelo superficial. Da por asiento que la propiedad privada del suelo es un patrimonio de la nación, la que se da en concesión para su explotación a particulares (Albert, 1968; 56 – 78).

Los gobiernos post revolucionarios nunca renunciaron a su anhelo nacionalista, pero por distintas presiones en el desarrollo económico del país se vieron obligados a conceder algunas tolerancias a inversionistas extranjeros, como es en el caso de la explotación minera, la generación de energía, el petróleo, las comunicaciones electrónicas como terrestres, principalmente.

Es hasta el arribo del cardenismo, en 1934, que se inicia una política agresiva a favor del nacionalismo, sobre todo en el control de los yacimientos minerales vitales para el desarrollo nacional, como del control de las comunicaciones. Cárdenas sostiene que el capitalismo explotador hace de México una economía colonial hambrienta y agobiada a causa de la explotación irracional de su subsuelo despilfarrado y empobrecido.

En 1936 el Congreso de la República emite la Ley de nacionalización que otorga al gobierno el poder de legislar sobre todos los bienes utilizados con fines de producción. La nacionalización de los ferrocarriles, del telégrafo, del teléfono, de la industria eléctrica, de la minería como de la extracción de petróleo, principalmente eran objetivo principal de esta promulgación.

Los extranjeros que desde 1904 obtuvieron bajo presión al régimen porfirista, las concesiones de explotación de recursos del subsuelo como las licencias a favor del desarrollo de industrias ferroviarias, de comunicaciones electrónicas, mineras entre otras, se negaban desde entonces a pagarle impuestos a la nación, argumentando que su solo presencia generaba ya un beneficio a la economía nacional. José Vasconcelos calificó a los intereses extranjeros en México como “fuerzas oscuras del privilegio que no conocen otro Dios que el de la ventaja personal”.

La legislación de la Ley de expropiación de noviembre de 1936 funda el nacionalismo mexicano en una expresión que pasa de jure a su realización de facto, extendiendo el control de la nación de toda propiedad, ya no solo de tierras y aguas, sino del propio subsuelo, bajo la jurisdicción del Artículo 27 constitucional, con lo que se tiene un dominio completo de la propiedad privada. No obstante, para procurar que estos nuevos poderes no lesionaran a inversionistas nacionales como extranjeros, las expropiaciones se acompañaron de indemnizaciones que compensaran a los afectados. Con ello se mantenía una buena relación, no obstante las nacionalizaciones que afectaban a compañías estadounidenses, con el vecino del norte. No sin subestimar los adeudos de estas compañías a la nación por los impuestos no pagados desde 1904 y 1906 que obtuvieron sus respectivas concesiones.
 


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