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DESARROLLO REGIONAL Y URBANO ANTE LA REESTRUCTURACIÓN ECONÓMICA EN MÉXICO (1980 – 2006) (ESTRUCTURA URBANO REGIONAL Y NUEVA CONFIGURACIÓN DE LOS MERCADOS DE TRABAJO EN MÉXICO)


Jorge Isauro Rionda Ramírez

 

 

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DE LA ORGANIZACIÓN DEL TERRITORIO EN VARIOS PAÍSES

Los estados nación por cuestiones de control y poder establecen entidades territoriales jerarquizados. Estas unidades administrativas tienen distinto rango que depende del número de moradores, la extensión territorial, su relevancia histórica o delimitaciones físico corográficas.

Estas entidades territoriales son muy diversas (Massiris, op. cit.), toman distintas acepciones de acuerdo a su carácter, nombre y competencia política y tiene que ver con su tamaño y complejidad. Se les conoce como Estados, comunas, cantones, municipios, distritos, condados, departamentos, provincias, regiones, por citar los más comunes).

Las principales funciones de las entidades territoriales tienen que ver con la planificación, la acción de gobierno y el control político y administrativo, así como en la descentralización y el federalismo.

Caso Francia:

La división territorial en entidades considera la franja metropolitana, departamentos, distritos, cantones y comunas o municipios (Massiris). Para la delimitación de cada entidad territorial en Francia se concibieron distintos criterios tales como la relevancia política e histórica de cada una de ellas.

Caso España:

Aquí la división territorial es producto por luchas intestinas por la autonomía y con carácter histórico. Es este país es importante la concesión de poder a cada unidad territorial por los logros históricos en su lucha de reivindicación cultural como nación, por lo cual muchos tienen capacidad de gestión de cuasi estados. De esta manera se mantiene la unidad nacional en un país de origen poliétnico. Se le da a llamar a este tipo de organización del territorio como federalismo atenuado.

Caso Bélgica:

Similar a España, siendo notorias las diferencias lingüísticas y culturales donde se reconoen cuatro regiones: los flamencos (dilecto del holandés), los Valones (donde se habla francés), los Malmédy (de habla alemana), y finalmente la capital Bruselas de habla bilingüe.

Caso Italia:

El caso de Italia tiene que ver con las fuerzas opositoras de la descentralización y el federalismo, donde existen regiones Estado que se delimita principalmente a cuestiones histórico culturales y en algunos casos como son las islas, de tipo geográfico. En estas se tienen dos tipos de gobierno: de estatuto especial y las de estatuto común, las primeras se dan en las fronteras del país y en las grandes islas, y las segundas tienen un poder legislativo concurrente y dependientes de un gobierno central donde existe rasgos compartidos de uniformidad.

Caso Alemania:

La Alemania Unificada tiene un régimen de división territorial federalista. Se compone de 16 estados autónomos que a su vez se dividen en regiones, que se define por la extensión del territorio y su número de moradores (densidad demográfica), donde hay un presidente regional que lo nombra el primer Ministro Estatal. Le siguen en escalafón los distritos que se componen de municipios, estos últimos son la unidad básica de la entidad territorial del gobierno y los de mayor importancia por su cercanía a la ciudadanía.

Caso Colombia:

Efecto de fuertes tensiones internas iniciadas desde los años 70 de carácter excluyente, Colombia a gestado el llamado Federalismo Moderno, donde se admite como supuesto importante que el centralismo es el origen de todos lo problemas de la nación y se pugna por regiones con mayor capacidad de gestión de gobierno y de recaudación autónoma, donde la base gravable fiscal es el sustento regional de la acción de gobierno.

Caso México:

La nación tiene un régimen federal que se integra de un Distrito Federal y 31 entidades federativas, Estados que a su vez se integran de municipios. La calidad de Estado se le concede a un territorio por la cantidad de moradores y su extensión territorial, asimismo para el caso del municipio. En 1986 se dieron reformas al artículo 115 constitucional en razón de otorgarle mayor capacidad de acción, decisión, representación y gestión de gobierno al municipio, lo que se le nombra como políticas federalistas y descentralización, con la finalidad de aterrizar y territorializar la planeación y la inversión pública de manera más acorde a las urgencias locales.

Finalmente se debe decir que en toda América Latina, el nuevo federalismo o Federalismo Moderno obedece a la estrategia neoliberal de desmantelar el Estado corporativo propio del periodo fordista, para con ello implementar las políticas de hospitalidad al capital foráneo, y por otra parte, agilizar y abreviar el trámite administrativo de inclusión en el aparato productivo local de la inversión extranjera.

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