Especificaciones del Contrato de futuros
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

SISTEMA FINANCIERO MEXICANO Y EL MERCADO DE DERIVADOS


Arturo García Santillán

 

 

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4.2.2.- Especificaciones del Contrato de futuros.

Como ya hemos hablado de la estandarización de los contratos de futuros en cuanto a calidad, cantidad y otros aspectos que debe incluir un contrato de futuros, la bolsa debe especificar algunos detalles para estos contratos ya que para cada productos es diferente tanto el tamaño, calidad, fecha de entrega, etc.

La bolsa debe especificar el bien a negociar, el tamaño del contrato (en especial que cantidad del bien o artículo se entregara en un contrato), el precio al cual se negocio o cotizo, lugar y fecha de entrega y cuando el pago será efectuado, a continuación se describirán dichas especificaciones:

- EL ACTIVO O BIEN.-El activo puede ser un producto perecedero o no perecedero (Commodity), puede haber alguna variación en su calidad la cual es permitida por la Bolsa, que a su vez estipula los grados de calidad de los productos para que sean aceptables. Un ejemplo en el New York Cotton Exchange ha especificado el contrato futuro del jugo de naranja con cierto rango de acidez, color y sabor los cuales no deben exceder ni estar limitados.

- TAMAÑO DEL CONTRATO.- El tamaño del contrato especifica la cantidad de bienes que serán entregados o enviados en un solo contrato, en el caso del contrato de futuro del peso mexicano cotizado en el Chicago Mercantil Exchange (CME) es de ,1200,000 pesos cada contrato, en México el tamaño de los contratos es menor oscilando en 100,000 pesos. Para las bolsas de futuros es importante la fijación del tamaño del contrato ya que una mala determinación de este, puede causar, en el caso de ser demasiado grande el tamaño de cada contrato, que muy poca gente tenga la capacidad económica para usarlos. Por el contrario un tamaño de contrato demasiado pequeño ocasionaría altos costos en la negociación de cada contrato y por ende más caro.

- ACUERDOS DE ENTREGA.- Como se menciono anteriormente la mayoría de los contratos no llegan a su maduración ya que muchos cierran antes sus posturas adoptando una posición contraria a la original y al final lo que menos importa es el activo. Pero aquellos que llegan a madura y tienen que ser enviados o entregados, es para estos que se fija el lugar de entrega, el cual depende de algunas bolsas ajustar el precio de acuerdo a la distancia de entrega y si necesita transportación especial se transfiere a un mayor costo.

Por general los productos físicos o commodities si llegan a su maduración y tienen que ser entregados donde el comprador lo necesite y aquí va a depender que tan lejos está el comprador lo cual aumentara su costo en el precio del contrato y por el contrario cuando la distancia es relativamente corta para entregar el producto se hacen descuentos en el precio del contrato.

- MESES DE ENTREGA.-En el contrato de futuro se especifica el mes de envío y el día de entrega en cual lo fija la bolsa de acuerdo a su criterio, los contratos varían en fecha y mes de entrega, algunas no tienen fecha específica y es durante todo el mes de entrega cuando se realiza esta. En el caso del peso mexicano en el CME los meses de entrega son marzo, junio, septiembre y diciembre y los días de entrega o toma del envío para el peso son el tercer miércoles de cada mes de contrato.

- PRECIO DE LAS COTIZACIONES.- El precio al cual se cotizan los productos esta hecho de una manera que sea fácil de entender por parte de los negociantes en el caso del peso mexicano que se cotiza en el CME está dado en dólares por pesos, supongamos que el precio futuro del peso en marzo del 2004 es de .0922 dólares por peso, el cual aparece en las pizarra del CME y al traducirlo nos da un precio futuro de 10.85 pesos por dólar.

- POSICIÓN LIMITE.-Es el número máximo de contratos que puede poseer una persona o grupo de personas, esto para evitar influencias en el mercado de futuros y en sus precios, en el caso del peso en el CME la posición neta en todos los vencimientos no deberán exceder de mil contratos cortos o largos, cuando la posición neta rebasa el 80% del límite de los mil contratos se deberá revelar para efectos de supervisión, de los lineamientos de control de riesgo y la estrategia de cobertura. Tres semanas antes del vencimiento de un contrato, el límite para el contrato más inmediato será de 500 contratos y una semana antes del vencimiento el límite será de 350 contratos.

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