Comisión Nacional de Seguros y Fianzas
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

SISTEMA FINANCIERO MEXICANO Y EL MERCADO DE DERIVADOS


Arturo García Santillán

 

 

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2.5.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas:

Esta comisión tiene por objeto regular y supervisar las aseguradoras y afianzadoras. En su Sitio Web, define su misión, en los siguientes términos: “Supervisar, de manera eficiente, que la operación de los sectores asegurador y afianzador se apegue al marco normativo, preservando la solvencia y estabilidad financiera de las instituciones, para garantizar los intereses del público usuario, así como promover el sano desarrollo de estos sectores con el propósito de extender la cobertura de sus servicios a la mayor parte posible de la población”(CNSF, 2007) Tiene su fundamento en la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en los numerales 108, 108ª, 108b, 108c y 109. En la Ley Federal de Instituciones de Fianzas Art 68 y 69 y en el 17 y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal

Fuente: http://portal.cnsf.gob.mx/portal/page?_pageid=1058,1342787&_dad=portal&_schema=PORTAL

2.5.1. Funcion:

La CNSF, es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encargado de la inspección, vigilancia y supervisión de las instituciones de seguros y fianzas. Funge como órgano de consulta de la SHCP en los casos que se refieren al régimen de seguros y fianzas. Emite disposiciones necesarias para el cumplimiento de las diferentes leyes que lo mencionan, realizando estudios que la SHCP le encomienda. De igual forma opina sobre la interpretación de las leyes que rigen al Sistema Bancario Mexicano25

http://www.condusef.gob.mx Las aseguradoras se dividen en dos grupos: Aseguradoras: -Grupo Financiero -Grupo Mutualista Grupo Financiero.- En este rubro se integran instituciones que forman parte de los servicios que ofrecen los grupos financieros al ofrecer fianzas a personas físicas y morales. A lo anterior podemos citar el ejemplo del grupo financiero Banamex-Accival

Banamex-Accival: -Banca múltiple -Afianzadora -Aseguradora -Casa de cambio -Casa de bolsa -Arrendadoras -Oficinas de representación de banca extranjera

Grupo Mutualista.- En este grupo entran todas las aseguradoras privadas. En el sitio Web http://apps.cnsf.gob.mx/apps/ciasp.sqljsp se puede tener acceso a todo el listado de aseguradoras y afianzadoras

1. Listado de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros
2. Listado de Instituciones de Seguros dePensiones, derivados de las Leyes de Seguridad Social
3. Listado de Instituciones de Seguros Especializadas en Salud4. Listado de Instituciones de Fianzas A decir de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas: “Es un contrato adquirido por dos partes por medio del cual una institución de fianzas debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (fiador), se compromete a cumplir una obligación con un tercero (beneficiario) en caso de que el deudor (fiado) no la cumpla, la garantía se logra mediante el cobro de una prima que este último debe pagar y que deberá avalarse. La fianza puede ser contratada por una persona física o moral. (CNSF, 2007)

Los productos financieros que regula esta comisión, se resumen en: Fianzas y Seguros

FIANZAS SEGUROS Relación de Agentes autorizados http://portal.cnsf.gob.mx/portal/page?_pageid=1058,1342207&_dad=portal&_schema=PORTAL Los tipos de Fianza, son descritos en el mismo portal de la CNSF:

• Fianza Administrativa (Respaldan obligaciones de dar, hacer o no hacer entre dos personas físicas y /ó morales)
• Fianza de Crédito (Garantizan operaciones de crédito)
• Fianza de fidelidad (Protección contra empleados deshonestos, delitos patrimoniales en contra de una empresa)
• Fianza internacional (Garantizan el cumplimiento de obligaciones de empresas en México o en el extranjero)
• Fianza Judicial (Garantizan el cumplimiento de los deberes y obligaciones o actos de particulares o del sector público dentro de un procedimiento judicial o derivado de resoluciones judiciales.) (CNSF,2007) Acorde a la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en México (LGISMS): “Se consideran agentes de seguros la personas físicas o morales que intervienen en la contratación de seguros mediante el intercambio de propuestas y aceptaciones, y en el asesoramiento para celebrarlos, para conservarlos o modificarlos, según la mejor conveniencia de los contratantes”(CNSF, 2007)

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