BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

LORETO
APUNTES SOBRE DESCENTRALIZACIÓN Y DESARROLLO INTEGRAL EN LA DÉCADA DE LOS NOVENTA

 

 

Alexander Albán Aléncar

 

 

 

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CAPITULO III. PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL EN LA REGIÓN LORETO

3.1 LA REGIÓN LORETO

La región Loreto fue creada por Ley N° 24794 del 03 de marzo de l988, sobre la base de los territorios que constituían el departamento de Loreto, a diferencia de otras regiones se constituyó únicamente con las provincias que la integraban es decir; Alto Amazonas, Maynas, Ramón Castilla, Requena, Loreto y Ucayali. En el comienzo la Región se llamó “del Amazonas” pero en 1991 fue cambiado por Loreto, denominación que en la actualidad ostenta.

La Región Loreto fue constituida en cumplimiento a lo normado por la Constitución de l,979 que establecía que “la descentralización se efectúa de acuerdo con el Plan Nacional de Regionalización (20/06/84) que se aprueba por Ley”. En esta primera etapa se sustentó, además, en la Ley de Bases de la Regionalización (20/03/87), la Ley N° 24792 (10/02/88), el Texto Único Ordenado de la Ley de Bases de Regionalización (D.S. N° 071-88-PCM), la Ley de Creación de la Región del Amazonas (03/03/88) y, por la Ley N° 25325 del 13/06/91 que establece que la Región del Amazonas se denominará Loreto.

En la actualidad la Región Loreto ha devenido provisionalmente, merced a la Constitución de 1993 y la Ley Marco de la descentralización, en el CTAR – Loreto, dependiente del Ministerio de la Presidencia. Situación que cuestiona la “política descentralista” del actual gobierno pues lo único que se ha logrado con ello es “centralizar la descentralización” ya que no permite la transferencia de facultades y competencias del Gobierno Central y de los recursos del Estado a las instancias descentralizadas en beneficio de la Región Loreto. Lo que se ha hecho es nombrar una especie de “gerente” que defiende, únicamente, los interés centralistas del Gobierno.

La actual demanda de instauración efectiva de Gobierno Regional en Loreto se sustenta en la Constitución de 1993 que establece que “El Estado es uno e indivisible. Su gobierno es unitario, representativo y descentralizado Además, según la octava disposición final y transitoria “las disposiciones de la constitución que lo requieran serán materia de leyes de desarrollo constitucional. Tendrán prioridad: las normas de descentralización y, entre ellas, las que permitan tener nuevas autoridades (regionales) elegidas a más tardar en 1,995”. Estamos a 1999 y este mandato constitucional no se ha cumplido.

La Ley Marco de Descentralización de l998 deja prácticamente sin efecto las normas legales enunciadas anteriormente y “contiene las normas que ordenan el proceso de descentralización del país...” y que establece que, “el proceso de la regionalización se constituye sobre el ámbito territorial de los departamentos (Art. 1°)... y que la sede administrativa de cada Consejo Transitorio de Administración Regional será la ciudad capital del respectivo departamento. Esta Ley establece también que la implementación es gradual –no tiene fecha especifica- de ahí que el CTAR – Loreto se constituya en un órgano de gobierno regional provisional por tiempo indeterminado.

Así mismo la Región Loreto se sustenta en la ley de Promoción de Inversión en la Amazonia. (30/12/98) La misma que “tiene por objeto promover el desarrollo sostenible e integral de la Amazonia, estableciendo las condiciones para la inversión publica y la promoción de la inversión privada” (Art. 1°) Para efectos de la referida Ley “la Amazonia comprende: los departamentos de Loreto, Madre de Dios, Ucayali, Amazonas y San Martín”(Art. 3°).

La instauración del Gobierno regional es un imperativo que las organizaciones de Loreto, principalmente el Frente Patriótico de Loreto ha tomado como bandera de lucha de tal forma que exija al gobierno la convocatoria a elecciones el año 2000. Consideramos que el futuro de la región radica en la instauración de un gobierno regional autónomo y democrático que permita el desarrollo integral y efectivo de esta importante parte de la Amazonia peruana.

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