BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

DIEZ LECCIONES SOBRE LOS PRECIOS EN CUBA

Silvio David Gutiérrez Pérez

 

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3. ORGANIZACIÓN DE DIRECCIÓN EMPRESARIAL Y OTROS NIVELES INTERMEDIOS (MAYORISTAS O MINORISTAS EN MN Y CUC)

No Indicadores sobre el control interno en materia de precios. SI NO NP

3.1 Tienen personal responsabilizado con la formación de los precios y tarifas de los productos o servicios que comercializan sus entidades subordinadas.

3.2 Se comprobó que tienen personal responsabilizado con el control de los precios o tarifas que forman sus entidades subordinadas, de los productos y servicios que éstas comercializan.

3.3 Se comprobó que conocen y disponen de los documentos que regulan la formación de precios o tarifas que tienen la facultad de aprobar (si no aprueban precios, marcar no procede)

3.4 Se comprobó que sus entidades subordinadas disponen de los documentos que amparan los precios o tarifas que son fijados por su instancia superior, y éstos pudieron ser mostrados durante la inspección y evaluación del control interno.

3.5 Se comprobó que no han delegado la facultad de aprobación de precios y tarifas de acuerdo a las resoluciones vigentes del MFP.

3.6 Se comprobó se forman correctamente los precios y tarifas que le competen a la entidad, y a sus entidades subordinadas.

3.7 Se comprobó que las fichas de costos de los productos y/o servicios que comercializan sus entidades subordinadas están confeccionadas correctamente.

3.8 Se comprobó que verifican que sus instancias subordinadas aplican correctamente los precios, tarifas y márgenes comerciales, o componentes de éstos en CUC a las producciones o actividades fundamentales y secundarias, autorizadas en su objeto social.

3.9 Se comprobó que exigen a sus entidades subordinadas, que actualicen semestralmente las fichas de costos de los productos y servicios que comercializan, tal como se establece en la Resolución Conjunta del MFP-MEP.

3.10 Se comprobó que la entidad controla en sus entidades subordinadas, que en las fichas de costos los gastos indirectos reales son inferiores o iguales a los de años anteriores

3.11 Se comprobó que las producciones y/o servicios donde se incrementan los precios o tarifas de sus entidades subordinadas, fueron aprobados por el nivel correspondiente.

3.12 Se comprobó que no se incrementan los precios, tarifas, márgenes comerciales, y sus componentes en CUC, en las relaciones monetarias mercantiles de sus entidades subordinadas y las entidades estatales cubanas.

3.13 Se comprobó que se controla que los trabajos de construcción y montaje, de sus entidades subordinadas, se cobran en CUC, solo al costo y cuentan con la autorización correspondiente.

3.14 Se comprobó que tienen personal responsabilizado con el control de la correcta aplicación de los precios, tarifas y márgenes comerciales, que aplican sus entidades subordinadas.

3.15 Se comprobó aplican correctamente los índices en pesos convertibles aprobados por el MFP, en la formación de los precios de los productos que se venden en la red minorista que comercializan en CUC

3.16 Se comprobó se verifica la aplicación de las modificaciones y rebajas de precios o tarifas en sus entidades subordinadas, y éstas se ajustan al tiempo establecido.

3.17 Se comprobó cuentan con el plan de inspección para controlar sus entidades

3.18 Se comprobó cumplen con el plan de inspección aprobado y éste no representa menos inspecciones que igual periodo del año anterior.

3.19 Se comprobó tienen expediente con los resultados de las inspecciones u otros controles que sobre precios ha recibido en los 2 últimos años.

3.20 Se comprobó que cumplen los planes de medidas indicadas en controles anteriores.

3.21 Se comprobó aplican medidas disciplinarias efectivas a los infractores de la política de precios.

3.22 Se comprobó en las unidades subordinadas que se exponen al público los números de teléfono para atender las quejas de la población, de las direcciones encargadas de la inspección de precios y de Protección al Consumidor.

3.23 Se comprobó se realizan revisiones periódicas internas en la entidad y en las subordinadas a ésta, para verificar la correcta aplicación de los precios, tarifas y márgenes comerciales de las entidades a las que le compran productos o servicios, según lo regulado en la Resolución Conjunta del MFP-MEP.

3.24 Se comprobó que el índice de violaciones graves de la disciplina de precios de sus entidades subordinadas controladas se encuentra por debajo del 5%.

3.25 Se comprobó que se informa en el tiempo establecido a quienes realizaron las inspecciones y evaluaciones en materia de precios, el Plan de Medidas para la erradicación de las deficiencias detectadas.

3.26 Se comprobó que al menos el 80% de las entidades subordinadas controladas, recibieron evaluaciones de Satisfactorio y Aceptable.

3.27 Se comprobó se adoptan medidas por la Dirección de la Empresa con los Administradores de las Unidades donde se producen reiteradas violaciones de precios.

3.28 Se comprobó se exige a los Administradores que deben velar por la calidad de los productos y servicios que brinda la unidad.

3.29 Se comprobó reciben asesoramiento en materia de precios de su nivel superior.

3.30 Se comprobó que los expedientes de las mermas comercializables, el lento o nulo movimiento, se elaboran correctamente y cuentan con toda la documentación que corresponde.

3.31 Se comprobó que el destino aprobado de las mermas comercializables, el lento o nulo movimiento es el aprobado, existiendo control de las mismas.

3.32 Cumplen con el cronograma de aplicación de la Resolución 297/2003 del MFP.

3.33 Se comprobó controlan en sus entidades subordinadas el Plan de Acción para el cumplimiento de la Resolución 297/2003.

3.34 Se comprobó no existen otras violaciones (no graves) de la disciplina de precios.

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