BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA REPRESENTATIVIDAD DE LOS PARLAMENTARIOS EUROPEOS


Eduardo Rivas

 

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Estonia Legislación Electoral Elecciones al Parlamento Europeo

1. BASE JURÍDICA La base jurídica para las elecciones en cuestión está establecida por la ley sobre las elecciones al Parlamento Europeo. Sancionada el 18 de diciembre de 2002, y en vigencia desde el 23 de enero de 2003.

2. MODO DE VOTACIÓN • Representación proporcional: Los resultados electorales son determinados con arreglo al principio de proporcionalidad.

• Repartición de los escaños: Los escaños son repartidos según el método d´Hondt utilizando la continuación de los números enteros 1, 2, 3, 4, etc.

Los candidatos pueden presentarse como candidatos que pertenecen a listas de partidos políticos (listas bloqueadas) o como candidatos independientes.

La cifra comparativa de un candidato independiente es igual al número total de sufragios que recogió. Al partido político o el candidato independiente cuya cifra comparativa es la más elevada le es otorgado un escaño. Si las cifras comparativas de por lo menos dos partidos políticos o candidatos independientes son iguales, es el partido político o el candidato independiente que viene primero en la lista electoral quien recibe el escaño. Tratándose de la lista de los candidatos de un partido político, el escaño es obtenido por el candidato que figura más alto en esta lista.

3. CANDIDATURAS • Plazo fijado para el depósito de las candidaturas: Los candidatos que desean inscribirse deben presentarse 45 días antes del día de la votación, antes de las 18:00 hs. (17:00 hs. HEC).

• Antes de que los candidatos se presenten con vistas a su inscripción, un partido político o un candidato independiente debe trasladar, en calidad de garantía, una suma que representa cinco veces el salario mensual mínimo (5 x 2.160 EEK.) por persona presentada a fines de inscripción, a la cuenta del comité electoral nacional. Actualmente, la caución para un candidato sería de 10.800 EEK. (€ 690). El importe del salario mensual mínimo, fijado por el gobierno estonio, puede ser modificado antes de las elecciones.

• Incompatibilidades: No pueden ser delegados en el Parlamento Europeo: los miembros del Riigikogu (el Parlamento estonio); el Presidente de la República; los miembros del gobierno estonio; las personas titulares de una carga pública, nombradas por el Riigikogu, por el Presidente de la República, el gobierno estonio, el Primer ministro o el jefe de una agencia gubernamental, excepto el Presidente de un Consejo de Administración, si el nombramiento es efectuado por el Riigikogu, conforme a la ley; el Presidente del Consejo de Administración del Banco de Estonia; los miembros activos de las fuerzas armadas; el alcalde de una comunidad rural o de una ciudad; los miembros de un ayuntamiento rural o urbano; los miembros de la Comisión Europea; los jueces, los fiscales del Tribunal Supremo y los miembros del Tribunal de Justicia y del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas; otros funcionarios o agentes de las instituciones de las Comunidades Europeas, los órganos que están relacionados con esos o del Banco Central Europeo.

4. DÍA DE VOTACIÓN: 13 DE JUNIO DE 2004 • Otras elecciones el mismo día: Ninguna.

• El escrutinio comienza el 13 de junio, a las 19:00 hs. (18:00 hs. HEC). El escrutinio de las elecciones anticipadas será efectuado por la tarde.

5. DERECHO DE VOTO / ELEGIBILIDAD • Derecho de voto: Todo ciudadano estonio mayor de 18 años de edad al día de las elecciones, a excepción de las personas que fueron privadas de sus derechos civiles por un tribunal.

Todo ciudadano de la Unión Europea mayor de 18 años de edad cumplidos al día de las elecciones, gozando del derecho de voto en su Estado miembro de origen y cuyo lugar de residencia permanente se sitúa en Estonia, es decir cuya dirección figura en el registro estonio de la población.

• Elegibilidad: Es concedida a todo ciudadano estonio y a todo ciudadano de la Unión Europea mayor de 21 años de edad y gozando del derecho de voto.

Los miembros activos de las fuerzas armadas no pueden presentarse como candidatos a las elecciones en el Parlamento Europeo.

6. CAMPAÑA ELECTORAL • Financiamiento: Ningún techo ha sido fijado para los gastos vinculados a la campaña electoral. Los partidos políticos financian sus campañas electorales. El dinero destinado a las campañas proviene de cuotas de los miembros, de las donaciones, de los bienes inmuebles, las actividades económicas autorizadas a los partidos políticos, de los préstamos y de otras fuentes. Las donaciones anónimas están prohibidas. Ningún reembolso es fijado para los gastos vinculados a la campaña electoral. Sin embargo, los partidos políticos representados en el Riigikogu (Parlamento estonio) reciben créditos anuales que provienen del presupuesto del Estado, cuyo importe es proporcional al total de escaños que obtuvieron en el momento de las elecciones legislativas.

• Inicio oficial de la campaña electoral: Sin información.

• Acceso a los medios de comunicación: La ley de radiodifusión estipula que el equilibrio político debe ser uno de los principios fundamentales de la televisión. Conforme a la ley sobre radiodifusión, el Consejo de la Radiodifusión fija el reglamento de las campañas electorales realizadas a través de la Radio y la Televisión estonias, reglamento que todavía no es conocido. El tiempo de emisión que pertenece a los organismos comerciales de radiodifusión puede ser utilizado mediante retribución.

• Encuestas y sondeos de opinión: Ninguna restricción traba la publicación de sondeos de opinión. La legislación no prohíbe realizar ni publicar sondeos de opinión el día de la votación.

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