BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales
 

El Mercado Laboral Ecuatoriano: Propuesta de una reforma.
Víctor Aguiar

 

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Principios y Constitución Política del Ecuador:

La Constitución Política vigente, en el Título III sobre los Derechos, Garantías y Deberes de los ecuatorianos, en la Sección 2ª. del Capítulo IV, “Del Trabajo”; propugna los principios fundamentales sobre los cuales se sustenta la legislación laboral ecuatoriana:

Pro-operario. Contratación individual. Irrenunciabilidad e Intangibilidad de derechos. Libertad de asociación (organizaciones de trabajadores: sindicatos, comités de empresa o asociaciones).Derecho de huelga. Remuneración mínima. Seguridad social. Indemnizaciones. Se garantiza la contratación colectiva. Participación de los trabajadores en las utilidades líquidas de las empresas. La eliminación de la subocupación y la desocupación como objetivo de Estado.40

De igual manera en el Artículo 23, en el Capítulo 2 De los Derechos Civiles, se consagran los siguientes derechos fundamentales: (20) “La libertad de trabajo. Ninguna persona podrá ser obligada a realizar un trabajo gratuito o forzoso”. (21) “La libertad de contratación, con sujeción a la ley”. (23) “El derecho a una calidad de vida que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, saneamiento ambiental; educación, trabajo, empleo, recreación, vivienda, vestido y otros servicios sociales necesarios.

En el artículo 244 como objetivo del Estado, dentro de la definición de nuestra economía como “Social de Mercado”, se propugna: (10) “Incentivar el pleno empleo y el mejoramiento de los salarios reales, teniendo en cuenta el aumento de la productividad, y otorgar subsidios específicos a quienes los necesiten”.

Como podemos ver, la Constitución Política vigente proporciona la base jurídica para cualquier reforma en el mercado laboral. Este marco es importante, pues nos da las limitaciones así como los objetivos que debería tener una política laboral. Es importante destacar, que aún en el escenario de una posible Asamblea Constituyente las líneas básicas de este cuerpo normativo en materia laboral se mantendrían. Los principios fundamentales tienen una larga tradición jurídica y han sido el producto de la evolución institucional surgida de la interacción de las organizaciones de trabajadores, empresarios y estado a lo largo de la historia. De la misma manera los objetivos de pleno empleo, mejora en los salarios reales, y protección son básicos y difícilmente cuestionables. Los principios y derechos de la libertad de trabajo, libertad de contratación y a una calidad de vida digna que incluye el derecho al trabajo y al empleo; son pilares de la legislación laboral del Estado Moderno. En este sentido, lo que se puede esperar, es la posibilidad de que se otorgue al Estado un papel más preponderante en el sistema económico. Es decir, que se le de un rol más activista para la generación de empleo y de inversión y no sólo para su incentivo.


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