LOS MISTERIOS DEL SOCIALISMO ANDINO PARA LA DEMOCRACIA

Saturnino Flores Landeo

 

 

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DERECHOS- COMPARADO -DEL TRABAJADOR  EN LAS  MYPEs y  EMPRESAS DE PROPIEDAD SOCIAL

  •         En la Constitución de la Empresa: 

Para constituir una nueva  Empresa de Propiedad Privada, ya sea micro, mediana o gran empresa, generalmente el capital inicial proviene de un crédito de una entidad financiera. Cualquier banco u organismo financiero otorga crédito, siempre que el prestatario tenga bienes con que garantizar o hipotecar. Los desocupados con  espíritu de emprendedores que desean constituir su empresa privada que carecen de garantía se frustran.

         Si se  trata de constituir una Empresa de Propiedad Social (EPS), en el D.L. 20598 - 74, Artículo 71, dice: “La constitución de las Empresas de Propiedad Social será financiada mediante aportes transitorios (préstamo) provenientes del Fondo Nacional de Propiedad Social (FONAPs) o por la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE)”.

         “Estos aportes podrán efectuarse bajo la forma de estudios de factibilidad, activos fijos, activo corriente inicial, pago de gastos de constitución y demás gastos pre operativos”.Los organismos financieros de las Empresas de Propiedad Social no necesitan hipoteca de ningún bien inmueble.

         Solo se requiere  un grupo de personas calificadas en una determinada especialidad. Quienes deben  presentar un proyecto de factibilidad a la Comisión Nacional de Propiedad Social (CONAPs). (siempre y cuando que estaría implementado el Sistema de Propiedad Social).  

  •              En el Proceso de Gestión Empresarial: 

         En las Empresas Privadas, el dueño de mayor volumen de capital es el ejecutivo que dispone la política laboral de gestión empresarial y, el trabajador que no es dueño del capital; es casi siempre un “esclavo asalariado”.

         En las Empresas de Propiedad Social, según los artículos 33º al 70º, D.L. 20598 -74, los trabajadores, mientras son trabajadores activos participan en la gestión empresarial integrando los siguientes órganos de gobierno :

  • La Asamblea General
  • El Comité Directivo
  • La Gerencia
  • El Comité de Honor
  • El Comité de Capacitación
  • Los Comités Especializados
  • El Comité Electoral

Por esta razón se denominan también Empresas Autogestionarias; porque los trabajadores participan en la producción o servicio; dirección y gestión y, distribución de utilidades, no depende del monto del accionariado como en las Empresas Privadas; tampoco del poder central del Estado.

         Es necesario resaltar,  que los Comités de Capacitación y Especializados, educan permanentemente a los trabajadores, no sólo en el dominio de sus habilidades para aumentar la producción o mejorar el servicio a la sociedad, sino también en la doctrina de la solidaridad y colectivismo, honestidad e identidad nacional basados en los patrones culturales andinos. 

  •              En el Destino de las Utilidades:

El objetivo de cada empresa es generar utilidades. En la Empresa Privada se benefician los dueños del capital, de acuerdo al volumen de sus inversiones. Si son utilidades de las Corporaciones Transnacionales, las ganancias obtenidas en el Perú salen al exterior, por miles de millones de dólares. Según  Humberto Campodónico en el informe del BCR: “se han remitido al exterior por concepto de utilidades  en el año 2003, US $ 1,007 millones y en el primer semestre del 2004 US $ 907 millones” (La República, Lima, 28-08-2004); mientras los trabajadores que han entregado la mejor época de su vida hasta 60 ó 65 años, están sobreviviendo con mendrugos de su cesantía o jubilación. ¡Qué generosa es  la Democracia Representativa Occidental o Capitalismo! ¡Provecho!

         Pero, lo que nos interesa es hacer conocer a los 54%  de empobrecidos peruanos sobre el destino de las utilidades de una Empresa de Propiedad Social, según los análisis de los artículos 100º a 108º del D.L. 20598-74

“Los excedentes (utilidades) estará constituida por la diferencia entre los ingresos provenientes de la venta de los bienes o servicios producidos y los costos totales de producción de los mismos, que incluye los gastos de venta, administración y financieros, así como los correspondientes a la capacitación de sus propios trabajadores”. 

Estos Excedentes se distribuyen: 

Ø      El 10% al Fondo Nacional de Propiedad Social, para crear otras empresas de su género.

Ø      Al pago del Seguro Social, lo que establece la legislación  laboral.

Ø      Las asignaciones para la formación de los Fondos Sociales e integrado de la empresa

Ø      Para amortizar el pago del aporte transitorio(o préstamo de FONAPs o COFIDE).

Ø      Para la tributación de las rentas de tercera categoría.

Ø      Para el pago del impuesto al patrimonio empresarial.

Ø      Una parte de la “renta de trabajo “(utilidad neta), se destinará para el fondo de vivienda, para los servicios comunes de educación, salud, cunas, jardines de infancia, recreación y cultura.

Después de cubrir todos los deberes empresariales, la utilidad neta, llamada “RENTA DE TRABAJO, se repartirá entre todos los trabajadores, exclusivamente en función de los días trabajados por cada uno durante el ejercicio económico”.

Con este modelo de empresas todos trabajan para todos, nadie explota a nadie y colaboran con la sociedad peruana al pagar sus impuestos y aportar el 10 % de utilidades al Fondo Nacional de Propiedad Social. Psicológicamente, los trabajadores al compartir diariamente los bienes y servicios de una Empresa de Propiedad Social, desarrollan una alta sensibilidad social. La persona en un agente de paz social...

Es necesario y urgente atacar las causas de la subversión, del terrorismo, de la delincuencia organizada y desorganizada, de la prostitución, del hambre, de la miseria, de la pobreza y de la extrema pobreza económica que es la ¡DESOCUPACIÓN! Cientos de miles buscan trabajo y no consiguen. Si por suerte encuentran trabajo, tienen que aceptar vender su energía, su capacidad, su habilidad o conocimientos profesionales por míseros salarios o sueldos; porque estamos en la economía de mercado  dependiente de la voluntad de los capitalistas privados nacionales y grandes corporaciones transnacionales que se dan el lujo de manipular a los gobernantes de los países subdesarrollados bajo amenaza de no invertir si no se les permiten jugosos beneficios económicos , alguna vez ¿ cambiarán de ser “indigentes de virtudes ( de sensibilidad) aunque opulentos en riqueza”?.

Sí se restablecería el Decreto Ley 20598-74 Ley de Empresa de Propiedad Social se crearían empresas autogestionarias en el campo y la ciudad, se combatiría los males sociales contemporáneos, la sociedad se encaminaría por el verdadero  sendero de paz y progreso, y lograremos el bienestar general como en la época del Tawantinsuyo, tal vez mucho mejor con el apoyo de la tecnología. Al aumentar la capacidad adquisitiva de la población a través de las EPS., habría mayor consumo de los productos y servicios que presta el sector privado.

 

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