Vigilancia de las Industrias Extractivas en el Perú
Reporte Nacional Nº 2

Grupo Propuesta Ciudadana

 

Distribución del canon y sobrecanon petrolero en Piura

La participación de los gobiernos subnacionales en los recursos fiscales generados por la producción de petróleo y gas en Piura, tanto en el zócalo (en el mar) como en el continente, está normado desde el año 1983. En el momento de dar la norma, y en la actualidad, los receptores de estas rentas son los gobiernos locales y regionales, y las universidades e institutos superiores de Tumbes y Piura.

Según lo dispuesto por ley, del total de recursos del canon y sobrecanon para Piura y Tumbes (12,5%), corresponden a Piura diez puntos (10%) y a Tumbes, dos puntos y medio (2,5%); en otros términos, el 80% del total es asignado a Piura y el 20% a Tumbes.

Canon y sobrecanon

Para el año 2005 se han proyectado las transferencias como el promedio mensual del primer semestre por los doce meses.

En el interior de cada departamento, los fondos son asignados entre el gobierno regional (20%), los gobiernos locales (70%), la universidad pública (5%) y los institutos superiores (5%).

Desde la promulgación de las leyes que constituyeron el canon y el sobrecanon petrolero para Piura-Tumbes (Ley 23630 de 1983) y, específicamente, para Tumbes (Ley 23871), se han realizado cambios en los criterios de distribución en el interior de cada departamento:

la Ley 27763 del año 2002 modificó la distribución en el interior del departamento entre el gobierno regional, los gobiernos locales y las entidades educativas (institutos y universida des); la Ley 28277 del año 2004 modificó los criterios de distribución entre gobiernos locales.

En la práctica, el sistema de transferencias se realiza de manera diferenciada; es decir, lo que corresponde a los gobiernos locales es transferido por el Consejo Nacional de Descentralización en las cuentas que, para tal fin, disponen en el Banco de la Nación. Los recursos correspondientes a las universidades públicas son transferidos directamente desde Perupetro a sus cuentas bancarias. Finalmente, lo que corresponde al gobierno regional y a los institutos es transferido por el CND a la cuenta del gobierno regional, que es el encargado de administrar los recursos de los institutos superiores.

Gráfico 23 Asignación actual del canon y sobrecanon petrolero

Fuente: Ley 28077 rige desde julio 2004. Elaboración: Vigila Perú.

Gráfico 24 Transferencia de canon y sobrecanon petrolero a Piura, primer semestre de 2005 (en miles de soles)

Fuente: Perupetro. Elaboración: Vigila Perú.

 

Las trasferencias a los gobiernos locales en el siguen en importancia los gobiernos locales de primer semestre de 2005 fueron, en total, de Paita (10%), que también es provincia produc56 millones de soles, de los cuales a los gobier-tora, y luego las otras seis provincias (con nos locales de la provincia de Talara les ha co-aproximadamente 9%).

rrespondido el 36% (20,2 millones de soles). Les Gráfico 25 Participación de los gobiernos locales - agregado por provincia, primer semestre 2005

Fuente: Perupetro. Elaboración: Vigila Perú.

En el interior de la provincia de Talara, se encuentran seis gobiernos locales (cinco distritales y la Municipalidad Provincial de Pariñas); los recursos transferidos por canon y sobrecanon petrolero se concentran en la municipalidad de Pariñas, con el 48% del total de recursos; le sigue el Gobierno Municipal de El Alto, con 4 millones de soles o 22% de participación.

Participación de los gobiernos locales de la principal provincia productora: Talara, primer semestre 2005  

Fuente: Perupetro. Elaboración: Vigila Perú.


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Web eumed.net

 

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