Evaluación de la aplicación de políticas públicas de salud en la ciudad de Cartagena

EVALUACI?N DE LA APLICACI?N DE POL?TICAS P?BLICAS DE SALUD EN LA CIUDAD DE CARTAGENA

Julio Mario Orozco Africano

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Garantizar sostenibilidad financiera del SGSSS

La disponibilidad de recursos en el régimen subsidiado y el equilibrio del sistema en el régimen contributivo dependen de las fuentes de financiamiento (ingreso) y del gasto o valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) que se reconoce por cada persona afiliada a las EPS.

Para salvaguardar la estabilidad financiera del sistema se implementarán las siguientes estrategias:

- Durante el primer año de gobierno, el Ministerio de Salud diseñará e implementará los mecanismos que permitan monitorear, evaluar y ajustar anualmente el valor de la UPC y el contenido de los planes de beneficios.

- El Sistema integral de información en salud, estará en plena operación en sus componentes esenciales de aseguramiento, prestación de servicios, salud pública, financiamiento y recursos humanos.

- El Gobierno Nacional redefinirá la metodología para calcular los patrimonios técnicos mínimos y los procedimientos administrativos que se exigen para acreditar u organizar una empresa aseguradora o reaseguradora, nacional o extranjera, que desee operar el aseguramiento en el sector salud.

- De igual manera, se fijarán las condiciones de permanencia a partir de la definición de: a) la metodología y cálculo de las reservas técnicas; b) el tipo de inversiones permitidos para cada una

de las reservas; y c) los márgenes de solvencia14 y patrimonio técnico mínimo que estas instituciones deben garantizar. Adicionalmente, se definirán las condiciones de salida de las empresas aseguradoras que no ofrezcan garantías como tales. Para ello se fijarán restricciones de operación y procedimientos de liquidación compatibles con los estándares financieros mínimos.

- El Gobierno Nacional implementará un sistema de evaluación de la eficacia e impacto sobre los afiliados, de los programas de prevención y promoción a cargo de las aseguradoras, y de la satisfacción de los usuarios respecto a la accesibilidad y calidad de los servicios de salud personales que reciben.

- Para la operación del régimen subsidiado, el Ministerio de Salud definirá zonas de operación regional con el fin de lograr la concentración poblacional que permita la operación eficiente del aseguramiento y la adecuada prestación de servicios a los afiliados. El otorgamiento de las zonas de operación lo hará el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud por concurso público entre todas las EPS autorizadas, en especial aquellas sin ánimo de lucro, por un periodo no inferior a cuatro años. La población beneficiaria del régimen subsidiado podrá afiliarse libremente a cualesquiera de las EPS autorizadas en la respectiva zona de operación. Las direcciones municipales y distritales de salud serán responsables de convocar y contratar con las EPS autorizadas para la operación del régimen subsidiado en su jurisdicción y con las elegidas por los beneficiarios seleccionados a través del Sisben.

- Se modificarán las actuales condiciones del flujo de recursos, incluyendo, entre otros aspectos, trámites, requisitos, tenencia del recurso, gestión y control desde la generación hasta el usuario final. La meta propuesta al finalizar el primer semestre de 2003 es reducir el trámite desde el cobro hasta el pago efectivo de 126 a 60 días.

- Se eliminarán los regímenes especiales en salud para los docentes, el personal de Ecopetrol, el Banco de la República y el Congreso. Esta medida contribuirá a la solidaridad y a la sostenibilidad financiera del sistema.

- La EPS del Instituto de Seguros Sociales no tendrá excepciones en las medidas aquí señaladas. Al contrario, para mejorar su operación y garantizar su sostenibilidad, deberá fortalecer su capacidad de gestión y hacer las veces de cualquier asegurador en el mercado. Ello exige el desarrollo de capacidades administrativas y gerenciales, así como de un adecuado manejo financiero que requiere la implementación de un sistema eficiente de información y monitoreo permanente de riesgos. Su administración será completamente independiente de los demás negocios de la empresa, y en tal sentido organizará la compra y prestación de los servicios a sus afiliados.

- Se formulará e implementará una Política nacional de medicamentos que reforzará el papel regulador del Ministerio de Salud en la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y el papel del Invima en la vigilancia y control de la calidad. El Gobierno Nacional procurará que la oferta de medicamentos en el país contribuya a los logros en salud pública. También se establecerán directrices que privilegien la comercialización y uso de medicamentos genéricos, y se pondrá en marcha un mecanismo de análisis y monitoreo del uso, pertinencia y costos de los medicamentos y su impacto en la UPC. Se revaluará la composición y funciones de la Comisión Asesora de Medicamentos para una mayor eficiencia en la inclusión y exclusión de medicamentos en el POS.

- A partir de la definición de áreas estratégicas se implementará una política integral para el desarrollo de la investigación en salud que responda a la demanda de conocimientos del sector.

- Finalmente, se fortalecerá el esquema de inspección, vigilancia y control de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 1280 de 2002, y se impulsará la expedición de una ley estatutaria para el sector salud que defina el alcance de los derechos y deberes de los afiliados al sistema e imponga límites razonables al gasto en salud, en desarrollo de los artículos 48 y 49 de la Constitución Política.