Sistema Contable Nacional
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

LO QUE LOS POBRES QUIEREN SABER

José Manuel Fernández Núñez

 

 

 

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Sistema Contable Nacional

La Nación se apega a los principios del Capitalismo Popular para trazar su estrategia económica, contable y monetaria.

Habrá una Cámara de Cuentas, o Tribunal de Cuentas de la Nación (TCN), compuesta de cinco miembros por lo menos, elegidos por el Poder Judicial, en las personas de los Jueces de la SCJ. Las ternas o propuestas de candidatos serán exclusividad de las siguientes instituciones:

1.- Colegio Nacional de Contadores.

2.- Colegio Nacional de Economistas.

3.- Colegio Nacional de Ciencias Exactas.

4.- Colegio Nacional de Administradores.

5.- Iglesias cristianas legalmente registradas.

La Cámara de Cuentas tendrá carácter principalmente técnico. El Poder Electoral puede también destituir a cualquier miembro de la cámara de cuentas si previamente ha hecho una consulta popular que lo justifique, basada en investigaciones y datos objetivos.

La Cámara de Cuentas regirá el ejercicio de la contabilidad, la economía y la administración de Empresas en toda la nación.

La Cámara de Cuentas tendrá a su cargo el Centro de Cómputos Nacional de Cuentas Personales e Institucionales. La administración de las cuentas EMP, el nombramiento de las autoridades del Banco Central, la regulación de los Bancos Comerciales y Federales, la regulación de los Servicios de Seguros y la Junta Monetaria.

Toda las Superintendencia estará a cargo del Supremo Juez Presidente de la SCJ: Por ejemplo...

1.- Superintendencia de Seguros.

2.- Superintendencia de Bancos.

3.- Superintendencia de Servicios Energéticos.

4.- Superintendencia de Salud.

5.- Superintendencia de Telecomunicaciones.

6.- Superintendencia de Transporte.

7.- Superintendencia de Educación.

La Cámara de Cuentas supervisará los procesos de:

1.- Control de Precios y beneficios de toda venta y compra de mano de obra, productos, servicios y oportunidades.

2.- Sistema de “para igual trabajo un igual salario” para nacionales y extranjeros.

3.- Salida y entrada del país de Monedas Extranjeras.

4.- Monetización y Desmonetización de Monedas nacionales Convertibles en cantidad y calidad.

5.- Monetización y Desmonetización de Monedas Nacionales de Respaldo Nacional.

6.- Supervisión de los procesos de enriquecimiento y empobrecimiento personal e institucional en el país.

7.- Supervisará y conducirá todas las áreas de funcionamiento del Banco Central de la República.

8.- Supervisará la contabilidad del Estado, de las empresas y las personas de todos los sectores.

9.- Supervisará el ejercicio de las ciencias económicas, contables, administrativas, financieras, estadísticas, ciencias exactas, etc.

10.- Administrar conjuntamente con el Poder Electoral y la Superintendencia de Telecomunicaciones todo lo relativo a la seguridad electrónica de la identidad.

11.- Administrar conjuntamente con el Poder Judicial la estrategia de generación de y detección de TXH (trabajos por hacer) para apoyar el sistema de cobros de la nación basado en recibir especias traducibles por la EMP en dinero electrónico. Estas especias son básicamente tangibles e intangibles (trabajo, productos, servicios, poderes, etc.).

El Banco Central tendrá en sus bóvedas de seguridad la cantidad suficiente de moneda impresa que sea necesaria para alimentar los procesos de monetización y desmonetización en la nación. Aun así, la tendencia preferida ha de ser la de moneda electrónica.

El Banco Central creará una Cuenta Nacional Personal por cada ciudadano desde el momento en que se reconoce públicamente que ha sido fecundado; Así mismo existirá una cuenta nacional por cada persona natural o jurídica en tránsito o residente en la Nación, sea nacional o extranjera. Se aplicarán para ello sistemas electrónicos de administración de la identidad de máxima seguridad.

Por medio de estas cuentas, el Banco Central llevará un control de su contabilidad y de su proceso económico de desarrollo. Igual para cada cuenta existente.

El Estado tiene obligación de registrar en estas cuentas todo lo relativo a la vida económica de cada persona.

La constitución 4V da prioridad al uso del dinero dentro de la nación por medio del uso del “Papel Nacional de Pago” o vouchers de transacciones comerciales. Dichos talonarios estarán de venta en cualquier establecimiento comercial.

EL TRABAJO SOLO NECESITA SER NECESARIO PARA SER REALIZADO. La EMP respalda la realización de todo trabajo de provisión de servicio, mano de obra, o productos.

A la vez todo trabajo debe estar registrado en las cuentas correspondientes en partida doble, como dinero a favor del proveedor y dinero en contra del beneficiario. El TXH es la base de la inagotable dinámica de la economía nacional.

Cada persona natural o jurídica deberá presentar un resumen mensual del uso del efectivo que tiene en su administración. Esto traerá mucho trabajo para los contadores.

El estado ejercerá un control total sobre la circulación de la moneda y llevará historial y estadísticas del proceso de enriquecimiento o empobrecimiento de cada persona;

El estado ejercerá un control total de todas las operaciones comerciales en cuanto a igual producto igual precio en una misma localidad, igual labor igual salario por localidad, igual servicio igual precio por localidad.

Según que las causas de encarecimiento sean justas, el Estado solucionará la causa sin afectar al consumidor, por medio de la TCN y sus resoluciones.

Por cada transacción de compra o venta de mano de obra, productos o servicios, deberá existir un comprobante, un Voucher o Boleta Nacional de pago, que tendrá registrado; nombre, cédula, firma, tanto del comprador como del vendedor, así como descripción, cantidad, valor y total del producto, servicio o mano de obra que se vende.

Al presentarse a través de los bancos comerciales, estas boletas en el Banco Central se monetizará dinero tomando como respaldo dichas boletas para su puesta en circulación el cual será depositado en la cuenta del vendedor, y apuntado como deuda para desmonetizar por medio de un proceso de cobros o descuentos de los depósitos del comprador.

Por medio de este proceso se garantiza el derecho a ser pobre o rico con dignidad.

Serán pobres los que se llenan de deudas, y ricos los que se van quedando con el dinero monetizado.

Los pobres siempre tendrán acceso a los productos y servicios que necesiten, y que serán acreditados en su cuenta.

Para quienes ingresen a la pobreza, que en estos términos consistirá en gastar más que lo que se produce, tendrán acceso libre a todo producto netamente nacional.

Los productos extranjeros o que tengan algún ingrediente que deba ser comprado en el extranjero con moneda extranjera estarán limitados en forma de raciones y su inscripción en la cuenta del pobre será en dólares o alguna moneda extranjera fuerte que lo determine la Cámara de Cuentas o TCN para estos fines.

La Cámara de Cuentas, o TCN, debe examinar las cuentas generales y particulares de la República y presentar en cada cuatrimestre en el Parlamento el informe respecto de las cuentas del año anterior.

Los miembros de la Cámara de Cuentas o TCN durarán cuatro años en sus funciones o hasta que el Poder Judicial los Cambie, o El Poder Electoral los destituya.

Para ser miembro de la Cámara de Cuentas o TCN, se requiere ser nacional o nacionalizado, estar en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, haber cumplido la edad de 25 años y ser licenciado en Contabilidad o en Derecho, o licenciado en Finanzas.

Ninguna erogación de fondos públicos será válida, si no estuviere autorizada por la ley; unida a una dinámica de EMP, y ordenada por funcionario competente.

Anualmente, en el mes de abril, se publicará la cuenta general de los ingresos y egresos de la República hechos en el año anterior. A la vez, su actualización debe ser automática y perpetua, transparente y publicada permanentemente en Internet.

La Ley de Gastos Públicos se dividirá en capítulos que correspondan a los diferentes ramos de la administración y no podrán trasladarse sumas de un capítulo a otro ni de una partida presupuestaria a otra, sino en virtud de una ley, siempre basada en partidas doble de EMP.

No tendrá efecto, ni validez, ninguna ley que, ordene o autorice un pago, o engendre una obligación pecuniaria a cargo del Estado, sino cuando esa misma ley cree fondos EMP para su ejecución.

El Congreso no podrá votar válidamente ninguna erogación, a menos que esté incluida en el proyecto de Gastos Públicos, el cual estará en el control perpetuo y auto-ajustable del TCN.

El régimen impositivo de la nación consistirá en cobrar mensualmente los gastos del Estado a través de descuentos en las Cuentas Nacionales Personales.

Estos serán de valor variables en función de que tengan un balance positivo en su cuenta nacional personal, armonizado por la EMP del Estado.

En los casos de quienes tengan saldo negativo se inscribirá un valor fijo y adecuado según una tabla de desarrollo.

Adicionalmente, el estado nutrirá sus arcas de un interés por saldo negativo de un 2% mensual y un interés de un 1% por saldo positivo mensual.

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