La Constitución de La República
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

LO QUE LOS POBRES QUIEREN SABER

José Manuel Fernández Núñez

 

 

 

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La Constitución de La República

Un pueblo constituye una nación organizada en Estado libre e independiente, ocupando un territorio sobre el cual ejercen total soberanía. Esto lo expresa formalmente en una Constitución, o ley sustantiva.

En una Constitución se declaran dos elementos iniciales básicos de todo país, estos son:

1.- Su definición como país, y como territorio. Esto puede incluir un resumen de la estrategia para sus fronteras.

2.- La definición y alcance de los poderes que crea para servir al pueblo.

El pueblo es soberano y de él emanan los cinco Poderes del Estado, que jerárquicamente están a su servicio.

Estos poderes los ejerce el pueblo por representación.

Ninguna persona puede adueñarse de los poderes de la nación ni administrarlos en contra de su patrono soberano que es el pueblo.

La Soberanía del País, como Estado libre e independiente es inviolable. La República es y será siempre libre e independiente de todo poder extranjero.

Ninguno de los poderes públicos organizados por la Constitución podrá realizar o permitir la realización de actos que constituyan una intervención directa o indirecta en los asuntos internos o externos de la República; o una injerencia que dañe la personalidad e integridad del Estado y de los atributos que se le reconocen y consagran en la Constitución.

El principio de la no-intervención constituye una norma invariable de la política internacional de las naciones. Sin embargo hay una excepción cuando se trata Organismos Internacionales de Bloques de Naciones, que al estar subscrita una nación debe decidir soberanamente aceptar las resoluciones de dichos bloques de naciones. El proceso consiste casi siempre en una aceptación de las resoluciones internacionales por medio de la expresión pública del congreso de cada país. Una vez dado este paso, las resoluciones internacionales adquieren carácter constitucional.

La República reconoce y aplica las normas del Derecho Internacional general en la medida en que sus poderes públicos las hayan adoptado, y se pronuncia en favor de la solidaridad económica de los países. Apoyará toda iniciativa que propenda a la defensa de sus productos básicos y materias primas, en especial las exportaciones y actividades legalizadas que promuevan el fortalecimiento de la moneda nacional y la captación duradera de monedas fuertes extranjeras. Así mismo, se buscará la armonía con los lineamientos Cristianos.

El gobierno de la Nación 4V es esencialmente civil, republicano, federativo, y democrático-representativo-porcentual. Cada provincia funciona como un Estado con capacidad de administrarse una economía independiente.

El Gobierno 4V administra cinco poderes jerárquicos que son:

- Poder Electoral

- Poder Legislativo

- Poder Judicial

- Poder Municipal y

- Poder Ejecutivo.

Estos cinco poderes son interdependientes en el ejercicio de sus respectivas funciones. Sus encargados son responsables y no pueden delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por la Constitución y las leyes.

El Poder Electoral es el primer poder de la nación y a él le deben obediencia todos los poderes.

El Poder Electoral es de hecho la asamblea nacional y electoral integrada por todos los nacionales mayores de 17 años o formalmente casados, así como también los extranjeros formalmente casados con nacionales, o con hijos nacionales.

De igual forma el Poder Electoral tiene su Administración que actúa en representación del pueblo.

Esta asamblea desarrollará un proceso electoral en los tiempos y formas que el presidente de la Suprema Corte Electoral y sus jueces lo determinen.

El criterio de estos jueces será absolutamente apegado a la Constitución.

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