DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO Y DEL ORDENAMIENTO URBANO
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

TEORÍAS DE LA REGIÓN
 
 Jorge Isauro Rionda Ramírez

 

 

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DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO Y DEL ORDENAMIENTO URBANO

 

Antes de entrar en materia, lo primero que se debe establecer es una definición de ordenamiento jurídico, Maldonado (2005) da la siguiente: “…en tanto derecho estatal asumido como el conjunto de normas generales y abstractas destinadas a proteger los derechos del individuo y hacer cumplir los deberes correlativos que toda persona debe acatar para asegurar la expresión plena y total de los demás…”
 

Asimismo hace falta contar con una definición de urbanismo, el mismo autor indica al respecto que: “…se entenderá el conjunto de actividades e intervenciones desarrolladas por el Estado en el territorio, sea éste construido, urbanizable o construible…”

Estas anteriores definiciones son pertinentes dado los cambios en las distintas percepciones históricas y científicas de los mismos conceptos, cuya semántica a veces llega a diferir en grado como para poder crear confusiones e inconsistencias a cualquier estudio que no parta de una precisión de los términos básicos que utiliza.

Sobre todo las percepciones en materia de territorio y urbanismo cambian ante disciplinas tan controversiales como son las respectivas al modernismo y al neoliberalismo. Durante el Estado Benefactor las concepciones respondían a objetivos del desarrollo endogenista, mientras que en el neoliberalismo se vuelven predicados del mercado, es por tanto necesario clarificar los términos de forma precisa para partir con un sustento que no se preste a confusiones e imprecisiones.

Desde luego en la óptica del Estado Benefactor el ordenamiento jurídico se ve afectado por acepciones que respondías a un sistema de valores, percepciones y objetivos que perseguían la lógica del sector público bajo la influencia del keynesianismo, el estructuralismo e incluso el marxismo, la terminología era otra o bien su contenido ya no corresponde a las de otra corriente como la neoliberal.

Durante el modernismo el derecho viene a transformarse de normativo a positivo. De tal manera que al parejo empieza a separarse el binomio legalidad y justicia, la economía deja de ser un predicado del derecho para invertir la relación haciendo al derecho su propio predicado. La gestión económica suprime a la justicia por la legalidad.

Los mercados nacionales, así como los espacios se transnacionalizan, entonces distintos órdenes jurídicos se encuentran y en una gran diversidad normativa se tiene por efecto cierta esquizofrenia institucional donde existen leyes con matizaciones distintas y comprensiones distintas de la realidad socio económica de las naciones, por lo mismo la pluralidad respecto a la regla lleva a una heterogeneidad desordenada de la propia norma jurídica, por lo que se hace cada vez más necesario una norma consistente coherente respecto a la multiplicidad que implica el relativismo cultural.

Esta situación respecto al ordenamiento jurídico necesariamente se refleja en un caos en el ordenamiento territorial, el urbanismo moderno parte de la consideración, como dice Maldonado (op. cit): “…es necesario y posible actuar conjuntamente sobre las ciudades y sobre la sociedad. Las tesis urbanísticas han estado ligadas intelectual y prácticamente a los movimientos reformistas que se desarrollaron entre dos polos de pensamiento: el liberal y la crítica marxista…”

A lo que se debe agregar la nueva crítica posmodernista relativa al neoliberalismo. De ahí que el urbanismo encuentre tres vertientes polémicas relativas a las teorías marxista, liberal y neoliberal.

Tanto el marxismo como el liberalismo, por su carácter normativo como economía política se encuentran dentro de un mismo campo del urbanismo culturalista, mientras que el neoliberal responde al urbanismo progresista. No obstante se debe decir que durante el modernismo la tesis keynesiana es una fuente importante del urbanismo y que también debe ser concebida en esta última vertiente.

Con el estado benefactor surgen nuevos y más amplios derechos económicos y sociales, surge al parejo la ciudad del bienestar, la que necesariamente atiende el confort, la atención, la previsión y la seguridad de la clase trabajadora y en especial acoge a las clases medias, donde el subsidio y la subvención pública son el sustento de esto que encona sus esfuerzos a equipamientos colectivos, la vivienda social (Maldonado), y respaldar el ascenso industrial urbano de las naciones.

Aún existe la polémica relativa a si el surgimiento del esquema de producción flexible sobreponiéndose al rígido modernista es en sí una transición de la modernidad a la posmodernidad, como esquemas cuya lógica de acumulación capitalista es distinta, o bien, si la supuesta posmodernidad no es más que la misma modernidad pero a ultranza, por lo que más que de posmodernidad debe hablarse de ‘sobremodernidad”.

Al respecto el interés radica en decir si los procesos propios de la posmodernidad deben verse como diferentes al del esquema rígido, o bien, deben verse como parte de un mismo esquema, dentro de una misma lógica y consecuente con la misma como una fase de consolidación. De este modo entonces la urbanización en el Estado del Bienestar hereda a la posmodernidad sus rasgos, o bien son en la posmodernidad rasgos propios distintos a los modernos.

En este sentido, entonces, la urbanización actual es derivada del Estado de Bienestar, como fase consecuente, o bien la urbanización posmoderna es propia de un esquema distinto cuyos rasgos deben estudiarse como propios y no relativos a un esquema anterior del cual se hayan heredado.

De lo anterior tenemos tres vertientes que abordan el urbanismo desde ópticas distintas. La primera parte de concebir en la posmodernidad el urbanismo como un caos urbano. Se parte de una catalixia derivada del liberalismo clásico donde la búsqueda del bien común solo se logra a través de la realización de los anhelos egoístas de los ciudadanos procurándose a sí mismos su bienestar.

La segunda, la de la planificación guiada por el mercado, responde a la versión neoliberal donde el mercado en su lógica es el mejor mecanismo para guiar el crecimiento urbano, donde el papel del Estado debe ser el más restringido, así las transformaciones urbanas responden a las necesidades sociales expresas en las fuerzas de los mercados locales, regionales, nacionales y transnacionales.

Finalmente tenemos la gerencia pública, como tercera vertiente, la misma que encuentra su correspondencia teórica en el keynesianismo, el estructuralismo y el marxismo que caracterizó al periodo endogenista de la posguerra, cuya fuerza y vitalidad es la responsaría del Estado en el ordenamiento urbano y en sí, en su reconocimiento de ser la única entidad con capacidad de ordenar y organizar el territorio en su crecimiento urbano industrial.

De las tres corrientes se tiene una convergencia dialéctica donde se nutre el nuevo urbanismo, la planificación urbana y el desarrollo de lo regional, lo local y la ciudad, como categorías socioeconómicas.

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