LOS BANCOS
BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

 

MANUAL PRÁCTICO DE LA CIRCULACIÓN DE LA RIQUEZA
 

Álvaro de la Helguera y García

 

 

 

 

 

 

CAPÍTULO XVII: LOS BANCOS

Definición. Se aplica este nombre a ciertas sociedades anónimas que se constituyen con el fin de fomentar el crédito y auxiliar al desenvolvimiento de determinados órdenes de la vida económica.

Entre las varias clasificaciones de los Bancos que podrían hacerse, ninguna más adecuada a nuestro propósito que la que tiene por base las distintas especies de crédito. Bajo este punto de vista, se dividen los Bancos en dos grandes agrupaciones, llamados los de la primera de crédito personal, y de crédito real los de la segunda.

Bancos de crédito personal. Corno su nombre indica, tienen por base esta clase de crédito, y son conocidos por Bancos de emisión, descuento y cuentas corrientes, Su fin es la emisión de billetes, el descuento de letras, llevar cuentas corrientes y hacer préstamos a los comerciantes, operaciones estas tres últimas subordinadas a la primera, por lo que expondremos sucintamente el mecanismo de la emisión de los billetes de Banco.

Dados estos tres fines que realizan los Bancos, supongamos que se presenta al descuento una letra de cambio, o que un comerciante solicita un préstamo. El Banco paga el valor de la letra o hace el préstamo, pero en vez de entregar moneda, da al tenedor o al prestatario, billetes, o sea pagarés al portador. El que los recibe los da en sus pagos, como si fueran moneda, aceptándoselos los demás comerciantes por la seguridad que tienen de que el Banco los hará efectivos a su presentación.

De este modo, los Bancos hacen grandes operaciones sin disponer del capital efectivo que representan los billetes que ponen en circulación.

No se crea por esto que en un Banco bien ordenado puede faltar garantía para responder de los billetes; porque cuando salen éstos de la caja, queda en ella la letra descontada o el pagaré del comerciante que los recibe. Además, los Bancos tienen obligación de constituir un depósito en oro o plata para responder del pago de los billetes, para si llega el caso de que el importe de los presenta-dos al cobro fuera mayor que la cantidad prevista, dadas las operaciones del establecimiento de crédito.

Bancos de crédito real, Las operaciones de estos Bancos consisten en hacer préstamos sobre alhajas, ropas, efectos públicos, etc.... y recibir a un interés módico pequeñas cantidades de Ios particulares.

Bancos mercantiles. Tienen por objeto emitir acciones que se cotizan en Bolsa, y con su importe fomentar las industrias, compañías de gas de ferrocarriles, de navegación, etc.... En estos Bancos se hipoteca a favor de los acreedores el capital de las industrias que fomentan y sus productos.

Bancos hipotecarios. Tienen por fin hacer préstamos a los dueños de bienes inmuebles, hipotecando éstos a su favor.

El mecanismo de estos Bancos es parecido a los de emisión de billetes, pues emiten cédulas hipotecarias, que devengan un interés menor que el que satisface el que las recibe, y que se amortizan a un número determinado de años. Se llaman cédulas hipotecarias porque el Banco que las emite garantiza el pago de las cantidades que representan con bienes hipotecados a su favor.

Monopolio y reglamentación de los Bancos. El abuso del crédito por parte de algunos Bancos de emisión y descuentos, obligó a los gobiernos a tomar parte en esta importante cuestión, no permitiendo que se constituyera ninguno, sin que antes fueran aprobados sus estatutos gubernativamente. Esto último trajo a su vez la cuestión planteada por los economistas en estos términos:

Es preferible la libertad absoluta para que los particulares puedan fundar Bancos cuándo y cómo quieran, o el monopolio por parte del Estado, bien en su favor o en el de una persona o sociedad determinada.

Este asunto ha dado lugar a cinco opiniones distintas.

 

1. Unos que entienden que no debe haber más que un Banco, que sea fundado y administrado por el Estado.

2. La de los que creen que debe haber un solo Banco en cada Estado, constituido por una sociedad a quien el gobierno otorgue ese privilegio, con un reglamento oficial y bajo la inspección de las autoridades.

3. Opinan algunos que debe haber un Banco del Estado, o particular, bajo la inspección del gobierno, pero permitiéndose el establecimiento de otros particulares.

4. Algunos son partidarios de la libertad absoluta de Bancos, sin restricción de ningún género por parte de los gobiernos.

5. La opinión de otros consiste en que se debe permitir la libertad de Bancos, pero sometidos a una reglamentación especial para tales instituciones económicas; opinión que, aparte del mejor o peor tino del Estado para hacer los reglamentos, ofrece la ventaja de armonizar opiniones encontradas entre los partidarios de las soluciones intermedias.

Acción de los Bancos sobre la crisis. Si un Banco, abusando del crédito, emite billetes en cantidad mayor de la que reclama la extensión de sus operaciones, puede ser causa de una crisis económica, especialmente cuando es único y privilegiado en una nación.

Supóngase, en tal caso, que en un día dado se presentan al canje por metálico, billetes en mayor cantidad del que tiene en caja, y se ve en uno de

estos dos extremos : o pedir autorización para hacer uso del depósito fijo, o suspender sus pagos. Cualquiera de las dos cosas traerá su descrédito. Lo primero porque quedan sin garantía sólida los restantes billetes puestos en circulación, una vez utilizado el depósito ; la suspensión de pagos, por-que, desde luego, es faltar al compromiso contraído.

En tales circunstancias, los particulares que poseen billetes o créditos contra él, procurarán deshacerse de ellos a toda costa, sufriendo un descuento, tanto mayor cuanto más grande sea la desconfianza que inspire el Banco que debe satisfacer su importe. Estos descuentos representan, para los que los sufren, pérdida de capitales, que les hará, a su vez, desmerecer en el crédito propio, siendo causa de quiebras en mayor o menor escala, del cierre de fábricas, del menosprecio de los artículos y de la paralización de las masas obreras.

También pueden los Bancos resolver las crisis económicas, cuando éstas son ocasionadas por falta de capitales, poniendo en circulación billetes, que sustituyendo a la moneda que faltase, servirán para la adquisición de máquinas, pago de jornales, etc....

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