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AGUA QUE NO HAS DE BEBER...
60 respuestas al Plan Hidrológico Nacional


José María Franquet Bernis

 

 

RESUMEN Y CONCLUSIONES

Como síntesis de las preguntas y respuestas ofrecidas en el presente libro, podemos afirmar los veinte puntos siguientes:

1ª) El concepto de “desequilibrio hidráulico" ha actuado, en todo momento, como principio rector de los sucesivos Planes Hidrológicos Nacionales y de Cuenca sin que se haya reparado suficientemente en que la definición conceptual del mismo (que se emplee en cada caso) puede alterar radicalmente las conclusiones a extraer.

2ª) De cualquier modo, vistas todas las definiciones en su conjunto se ofrece la conclusión de que no debiera haber mejor política hidráulica para España que la derivada de utilizar de la manera más racional aquellos recursos autóctonos existentes en cada cuenca, ya que los recursos de cada una de ellas resultan, en general, más que sobrados para ofrecer un grado de bienestar adecuado a todos sus ciudadanos, aplicados autónomamente.

3ª) Conviene plantearse el equilibrio territorial como un objetivo deseable en la acción de gobierno. Se logrará cuando las masas socioeconómicas de población y de renta se hallen distribuidas por el territorio del modo más uniforme y homogéneo posible, sin discontinuidades, pero también sin grandes concentraciones desequilibradoras. O también cuando la accesibilidad a los servicios y la igualdad de oportunidades sea comparable desde cualquier punto del territorio. Ello equivaldría a procurar la asimilación del territorio que se planifica hacia un espacio de tipo continuo e isotrópico y no discreto.

4ª) La corrección del desequilibrio hidrográfico peninsular no debe convertirse, precisamente, en dispositivo desencadenante de un mayor desequilibrio territorial, con todas las consecuencias negativas que ello comportaría. El planteamiento básico de la planificación hidráulica debe basarse en el criterio de utilizar, en las zonas deficitarias de agua, solamente excedentes de las cuencas con abundantes disponibilidades, una vez atendidas las demandas presentes y reservadas las futuras de cada cuenca, y ello después de cumplir las condiciones de "transferibilidad" del recurso a las que hemos hecho referencia anteriormente. En todo caso, no han de ser las condiciones hidrológicas las determinantes de la política a seguir, sino que, al contrario, ésta debe supeditarse a la política de ordenación del territorio y plantear, con criterio prioritario, la utilización “in situ” de los recursos naturales. Trátase, pues, de conducir al hombre y a sus actividades antrópicas hacia dichos recursos, y no recíprocamente.

5ª) Con independencia de tendencias espontáneas o coyunturales, la acción de gobierno deberá enfocar al desarrollo equilibrado y armónico del conjunto territorial, basándose en su diversificación sectorial, en el aumento general del nivel de conocimientos, en la abolición de la frontera existente entre el mundo urbano y el rural, en la facilidad de las comunicaciones, en la industrialización difusa y en el apoyo, generoso y decidido, a las zonas relativamente deprimidas.

6ª) El fin de la política hidráulica debería ser, como bien se deduce de la Constitución española de 1978, alcanzar un consumo hídrico en cada región acorde con sus condiciones ambientales y con la situación económica general, sin pretender caer en el error de hacer, del suministro de agua subvencionada, un instrumento artificioso de redistribución de la renta y de la riqueza.

7ª) La política trasvasista no debe jugar un papel preponderante en la solución de los problemas hídricos que posee nuestro país, ya que actuaciones en el sentido de incrementar el ahorro, racionalizar las dotaciones, incrementar la eficiencia y alcanzar un alto grado de depuración se decantan como suficientes en un gran número de casos.

8ª) El ALPHN (Anteproyecto de Ley del Plan Hidrológico Nacional) que se nos presentó en abril de 1993 (que por su obsoleto carácter promotor de grandes obras hidráulicas más nos recuerda etapas anteriores de nuestra historia, o bien los grandes proyectos de desarrollo a financiar, en los países del tercer mundo, por el Banco Mundial o el Fondo Monetario Internacional) resultaba, como ya se ha visto, decididamente "trasvasista". Propugnaba y prevía, continuamente, la transferencia de recursos hidráulicos entre ámbitos territoriales de distintas cuencas hidrográficas y dedicaba un Título íntegro (el II) a su regulación y condicionamiento (Art. 63 al 91, ambos inclusive) amén de la casi totalidad de las Disposiciones Adicionales y Transitorias, así como manifestaba inequívocamente sus intenciones en la mismísima Exposición de Motivos.

9ª) El denominado, en el expresado ALPHN, “Sistema Integrado de Equilibrio Hidráulico Nacional” (SIEHNA), al que se dedica el Art. 72 (Cap. II del texto articulado) que establecía un sistema de transferencias de recursos hidráulicos entre las cuencas peninsulares, en contra de lo que se pretende, actuaría, a nuestro juicio, en sentido contrario al del equilibrio territorial general (regional y sectorial), que es lo que se trata de preservar (Art. 2). El pomposamente denominado en el Anteproyecto de Ley "Equilibrio Hidráulico Nacional” (al que se dedicó, amén de un Capítulo entero del articulado, la creación específica de una cierta Entidad de Derecho Público) podía resultar contraproducente con el auténtico equilibrio territorial global al que deben aspirar las sociedades modernas, como lo es la española en la actualidad.

10ª) Lo que habría de hacerse -en un país que se precie de desarrollado y avanzado en el concierto mundial de las naciones- es mejorar la gestión del recurso, en especial en las zonas presumiblemente "deficitarias” del mismo, antes que proceder a la realización de costosísimas y desequilibradoras obras de almacenamiento o de transferencia de aguas.

11ª) También, en este orden de ideas de vertebración y equilibrio territorial, sólo tiene sentido efectuar trasvases desde cuencas cedentes de mayor densidad de renta y de población hacia cuencas receptoras en las que dichos parámetros o indicadores socioeconómicos alcancen menores valores. Esta directriz, de orden fundamental, debería ser incorporada y asumida por un futuro Plan Hidrológico Nacional. Así pues, cualquier trasvase de aguas en sentido contrario atentaría frontalmente contra los conceptos anteriormente expresados, por lo que quedaría automáticamente injustificado.

12ª) El impacto ecológico de los trasvases puede ser altamente negativo: por los grandes embalses necesarios, por el impacto visual o paisajístico -semejante al de las autopistas- de las conducciones y de las chimeneas de equilibrio, por el efecto "barrera" sobre la fauna de las mismas y por la disminución de caudales en las cuencas cedentes, con efectos imprevisibles sobre su medio natural.

13ª) La realización de cualquier trasvase inter-cuencas, en cualquier caso, debería cumplir la totalidad de las diez condiciones establecidas en alguna de las respuestas que pueden hallarse en este mismo libro, y que este autor ha denominado el DECÁLOGO DE LOS TRASVASES.

14ª) Se debería prescindir de los artículos del futuro PHN en los que pretendan fijarse los volúmenes de reserva y de transferencia de agua en cada cuenca hidrográfica. La inclusión de dichos volúmenes, caso de existir, debería fijarse atendiendo a los ya aprobados por los respectivos Planes Hidrológicos de Cuenca, una vez estudiadas, específicamente en cada sistema de gestión, todas las alternativas posibles y especialmente las relacionadas con el incremento del ahorro, la depuración y la mejora de la eficiencia. Dichos artículos podrían sustituirse por otros en los que se fijaran las metodologías a utilizar en estos estudios, estableciendo diferentes órdenes de prioridad entre las alternativas técnicamente viables y obligando a que los usuarios participasen en la elección de las soluciones a adoptar en cada caso.

15ª) En la actual situación española, en que la capacidad de regulación de las cuencas está llegando al límite, con un preocupante estancamiento del volumen realmente embalsado, pese al aumento de la capacidad teórica con la construcción de presas, no puede servir un Plan enfocado fundamentalmente al incremento de la oferta del recurso, sino que hace falta un Plan Hidrológico enfocado a la regulación y a la gestión de la demanda.

16ª) El agua es un recurso natural caro y escaso, debiéndose conseguir una utilización racional y una protección adecuada del mismo. En este orden de ideas, las dotaciones previstas en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro pueden considerarse excesivas, tanto para usos y demandas urbanas como agropecuarias, no asumiéndose el principio básico de carestía y ahorro que debe inspirar cualquier correcta gestión de los recursos hidráulicos en nuestro país.

17ª) En el caso del delta del Ebro, espacio natural de extraordinario interés ecológico nacional e internacional, el denominado "caudal de compensación" previsto en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro y en el propio PHN-2001 de 100 m3/seg., resulta claramente insuficiente, como indica el propio Organismo Rector del Parque Natural y las alegaciones últimamente presentadas por la Generalitat de Cataluña, amén de otras consideraciones suficientemente expuestas. Estudios recientes demuestran que son necesarios caudales del orden de los 300 m3/seg. para evitar la penetración de la cuña salina ascendente por el lecho del río, mientras que los 100 m3/seg. escasamente impedirían dicho ascenso hasta las inmediaciones de la isla fluvial de Gracia. Tal como ya se ha señalado anteriormente, este caudal no debería ser inferior a los 300-350 m3/seg. aguas arriba del azud de Xerta-Tivenys, y tampoco tendría por qué resultar constante a lo largo del año, sino adaptado a sus condiciones naturales o hidrograma.

18ª) La previsión de puesta en riego, en toda la cuenca, de 435.872 nuevas hectáreas para el horizonte 2012 (2º horizonte del Plan), contemplada en el Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro ya analizado responde, evidentemente, a los buenos deseos de todas las partes implicadas y a la estimación de necesidades futuras -en el momento de elaborar la documentación básica del Plan- de las diferentes zonas en cuanto a la demanda de agua para regadíos, lo que implicaría un incremento exagerado de la demanda de agua, del orden de 3.569 hm3/año (113 m3/seg. en caudal ficticio continuo). Sin embargo, es bien cierto que las previsiones de la reforma de la PAC (Política Agrícola Común de la UE), los acuerdos de la OMC (Organización Mundial del Comercio) sobre la globalización del comercio y la internacionalización de la economía y las prognosis relativas a la actividad agraria conducen a un reforzamiemto de los programas de congelación de tierras, jubilaciones anticipadas, disminución de la protección por la vía arancelaria y de los precios garantizados, etc. Y así, el incremento total de las demandas consuntivas previsto será de: 113 (riego) + 5 (otros usos) = 118 m3/seg. (total). Debería pensarse, pues, antes que en aumentar de forma notable la superficie regable, en proyectar acciones dirigidas a mejorar los regadíos ya existentes y a ampliar los riegos actuales únicamente con vistas a la reconversión de las producciones excedentarias por otras claramente deficitarias.

19ª) La Universidad, como institución del País, no debería ser la gran ausente en todo este proceso oficial de elaboración de cualquier futuro PHN y su posterior ejecución. Efectivamente, la opinión de la Universidad, en tanto que colectivo estatal o autonómico, tiene tendencia a ser obviada, como si el planificador no estuviera dispuesto a escuchar más que lo que le interesa. El debate técnico tiene que salir esencialmente de una serie de contrainformes de gran categoría, bien sea sobre todo el proyecto en su globalidad o bien sobre los diferentes aspectos polémicos del mismo. Esos contrainformes tienen que ser solicitados a acreditados grupos de expertos, con participación de las diferentes universidades y centros de investigación españoles y extranjeros.

20ª) Iniciado ya el siglo XXI, se hace necesario llevar a cabo una revisión en profundidad de los principios de gestión social de un recurso tan escaso e importante como es el agua.


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