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AGUA QUE NO HAS DE BEBER...
60 respuestas al Plan Hidrológico Nacional


José María Franquet Bernis

 

 

SEGUNDA PARTE: EL PHN Y LOS TRASVASES

41. ¿Están definidos los conceptos de “excedente” y “déficit” de agua de una cuenca?

La mayoría de las disposiciones concernientes a las transferencias hídricas entre cuencas se encuentran en el Título II del ALPHN-1993, donde se definen los conceptos de “cuenca excedentaria” y “cuenca receptora”, y en el que vienen expresados los “volúmenes de reserva” y los “volúmenes de transferencia de recursos” (CIP, 1994).

El Artículo 64 del citado Anteproyecto definía la característica principal de las cuencas cedentes del siguiente modo: Las cuencas cedentes de recursos deben ser globalmente excedentarias en recursos hidráulicos, determinándose el carácter excedentario según las reglas de cómputo que se contienen en el artículo 66 de esta Ley; que dice textualmente lo siguiente:

1. Se entenderá que en un sistema de explotación de recursos se produce un excedente en un período y ámbito territorial determinado, cuando, de acuerdo con las normas de utilización y las reglas de explotación del sistema y atendidas las demandas con las garantías establecidas, existe un superávit del recurso.

Al respecto cabría decir que, como se ha comprobado, las normas de gestión de los sistemas hidráulicos existentes pueden ser mejoradas en gran medida, por lo que no son un invariable a la hora de definir 108 excedentes o déficits de un sistema. Por otra parte, las garantías establecidas no han sido establecidas en el propio PHN. Sobre este particular el único documento que puede servir de guía es la Orden Ministerial 249/1992 de Instrucciones Técnicas para los Planes Hidrológicos de Cuenca (MOPT, 1992), en las que se definen determinados valores de las garantías asignadas a los usos urbano, agrícola e industrial y en donde nada se dice, por cierto, del uso ecológico del agua. La demanda ecológica del agua, con su debido criterio de garantía a satisfacer, debería figurar entre las variables que sirven para caracterizar a una cuenca como excedentaria o bien como receptora de agua.

Continúa el citado Artículo 66:

2. Se entenderá que se produce un déficit en un sistema de explotación de recursos cuando no sea posible atender la demanda con las posibilidades hídricas del sistema incluyendo en ellas las actuaciones dirigidas al ahorro de agua, la utilización coordinada de aguas superficiales y subterráneas, la utilización de retornos y otras medidas técnicas, en función de criterios de viabilidad técnicos, económicos y ambientales.

3. Se entenderá por “excedentes o déficits globales” de una cuenca los que resulten del conjunto de sus sistemas de explotación de recursos.

Veamos que la elaboración del balance hidráulico de cada cuenca hidrográfica (PHC), o del conjunto de todas ellas (PHN), es la técnica habitualmente empleada para obtener una imagen representativa de su situación hidrológica en un momento dado. El balance se realiza entre los recursos disponibles en su ámbito geográfico y sus demandas totales; su resultado (positivo o negativo) denuncia, respectivamente, el estado global "excedentario" o "deficitario" correspondiente a cada cuenca. La simulación matemática de los sistemas de explotación debe permitir, además, identificar y cuantificar los déficits de carácter local que podrían quedar enmascarados en el balance global de la cuenca. Entre estos déficits locales deberían ser incluidos los volúmenes procedentes de acuíferos sobreexplotados, ya que el remedio de tal situación debe constituir uno de los objetivos fundamentales de la planificación hidráulica.


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