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AGUA QUE NO HAS DE BEBER...
60 respuestas al Plan Hidrológico Nacional


José María Franquet Bernis

 

 

SEGUNDA PARTE: EL PHN Y LOS TRASVASES

35. ¿Qué antecedentes históricos existen de intentos de grandes aprovechamientos de agua del Ebro fuera de su cuenca?

Quizás, para que pueda servir de guía o referencia a futuros estudios y actuaciones hidrológicas a lo largo y ancho de toda la cuenca, convendría inicialmente realizar una breve síntesis histórica de los proyectos de utilización de las aguas del río Ebro, justamente en su tramo final, que puede resultar más afectado por las actuaciones infraestructurales que se lleven a efecto.

La cuenca del Ebro es la más importante de las cuencas hidrográficas españolas, con unos recursos hidráulicos que suponen del orden del 19% de los de todo el Estado, que se encuentran, por cierto, muy desigualmente repartidos, habiéndose acuñado el concepto de "el desequilibrio hidrográfico nacional", al cual ya nos referimos en otros capítulos de nuestro libro.

La idea de la utilización intercuencas de las aguas del tramo inferior del Ebro tiene el primer precedente histórico conocido en el año 1869, cuando el Ayuntamiento de Vinaroz (Castellón de la Plana) inicia gestiones oficiales para llevar el agua del Ebro a las tierras de la margen derecha Entre los años 1927 y 1932, se presenta en la Confederación Hidrográfica del Ebro el Proyecto del Canal Aldea-Camarles, habiéndose constituido la Comunidad de Regantes pertinente y consiguiendo una concesión, a perpetuidad, de 1'4 m3/seg. con destino al riego de 2.334 ha de terrenos comprendidos en los términos municipales de Tortosa y el Perelló (Tarragona) y que, con motivo de ulteriores segregaciones municipales, extiende también la zona regable a los nuevos municipios de L’Aldea, Camarles y L’Ampolla. Posteriormente, en 1989 se realizó, por parte del Departament de Política Territorial i Obres Públiques de la Generalitat de Catalunya, el denominado “Estudio de Alternativas de los riegos de Aldea-Camarles”, en el que colaboró profesionalmente este mismo autor, que aumentaba la extensión de la zona regable hasta las 5.000 ha, con una dotación unitaria o módulo de riego adoptado (para riegos localizados y deficitarios controlados de alta frecuencia) de 0’4 l/seg. y ha.

Pero es en el año 1933, en plena segunda república, con motivo de la redacción del "Plan Nacional de Obras Hidráulicas", cuando, a raíz de un informe sobre este plan del ingeniero Félix de los Ríos, aparece bien delimitada la propuesta de regar tierras de las provincias de Tarragona y Castellón de la Plana mediante la construcción de una presa en Xerta y la derivación subsiguiente de 1.500 hm3/año (47’5 m3/seg. en caudal ficticio continuo), por un canal que debería llegar, en fases sucesivas, hasta el río Turia.

Un proyecto también importante fue el redactado por el mismo ingeniero en el año 1937, sobre "aprovechamiento de parte de las aguas sobrantes del Ebro para ampliar y mejorar los regadíos de Levante", hecho público el mismo año con evidente finalidad de propaganda política. La memoria adicional al Plan General de Obras Hidráulicas, incluida en el Plan General de Obras Públicas del año 1940, señalaba los graves obstáculos que se opondrían al mencionado Plan de 1937, insistiendo particularmente en el carácter anti-económico de las imprescindibles elevaciones de agua necesarias para compensar, con el trasvase del río Ebro, las transferencias del Turia y del Júcar hasta Alicante y Murcia.

La memoria decía que todo lo que se había afirmado hasta la fecha no tenía más carácter que el de "ideas lanzadas", cuya posibilidad de ejecución era necesario demostrar con estudios más amplios y rigurosos.

Posteriormente, se presentaron numerosas iniciativas y variantes, casi todas ellas referidas al aprovechamiento para regadíos, hasta que en el año 1955 se concede a la Compañía ENHER el aprovechamiento hidroeléctrico del tramo Escatrón-Flix. El 19 de octubre de 1957 se constituye la denominada "Comissió Coordinadora de l'Estudi del Pla d'aprofitament del Baix Ebre", integrada por los representantes de las Confederaciones Hidrográficas del Pirineo Oriental, Ebro y Júcar, con la finalidad de realizar los estudios adecuados para llevar a cabo el Plan de aprovechamiento integral de las aguas del tramo inferior del río Ebro y al objeto de promover el regadío de más de 60.000 ha, en el margen derecho y 28.500 ha en el margen izquierdo, aproximadamente.

Hechos los informes previos, el 5 de septiembre del año 1958 aparece la disposición del Ministerio de Obras Públicas que aprueba el Plan de Desarrollo de los Proyectos, iniciándose seguidamente la redacción del "Anteproyecto General del sistema de aprovechamiento de las aguas del Bajo Ebro".

El 30 de julio de 1959 queda acabado el Anteproyecto del margen derecho del Ebro, siendo aprobado el 24 de enero de 1961. Entre las dos fechas, o sea, en julio de 1960, el Consejo Económico Sindical del Bajo Ebro presentó a la Dirección General de Obras Hidráulicas unas conclusiones adicionales adoptadas por este organismo en referencia al citado Plan. Dichas conclusiones recogían las experiencias obtenidas en el transcurso de los meses de abril, mayo y junio de 1960, fruto del examen agrológico de las zonas sujetas al nuevo regadío y de las reuniones convocadas por aquel Consejo en los respectivos municipios afectados, para intentar la constitución de las correspondientes Comunidades de Regantes.

En los estudios de fechas 14 de noviembre y 4 de diciembre de 1961, la Confederación Hidrográfica del Júcar recoge y analiza las cinco primeras prescripciones señaladas por el Ministerio de Obras Públicas para la redacción de los proyectos técnicos respectivos.

Todo esto motivó a la Dirección General de Obras Hidráulicas a emprender la elaboración de unos estudios previos de viabilidad y que -conocidos parcialmente en mayo de 1962- servirían de base para la redacción de un completo Plan de Viabilidad, en el año 1963, por parte del prestigioso Centro de Estudios Hidrográficos.

Más de dos años más tarde se inicia una nueva actividad consistente en la redacción de una Memoria y Proyecto, que llevan fecha del 28 de octubre de 1965, y que suscribe el Ingeniero Jefe de la Confederación Hidrográfica del Júcar, referidos a las obras "de toma y camino de acceso a la estación de bombeo de Xerta", del Plan de aprovechamiento del Bajo Ebro y de acuerdo con lo previsto en el apartado 3º de la disposición ministerial que, con fecha 24 de enero de 1961, aprueba el anteproyecto de dicho plan de utilización y elevación de aguas.

Poco tiempo después ven la luz los principales proyectos relacionados con presas de agua en Xerta y, concretamente, en el año 1970, el Anteproyecto del Canal Xerta-Càlig, cuyo concurso de proyecto técnico y ejecución material es anunciado el 16 de abril de 1970 por la Dirección General de Obras Hidráulicas. A esto siguen diferentes estudios, dictámenes e informes hasta que, el 15 de septiembre de 1972, se aprueba por Decreto la construcción del Tramo del Canal Xerta-Càlig, que se adjudica dos meses después sin disponer hasta la fecha (verano del 2000) -como resulta bien conocido- de la pertinente concesión administrativa de aguas.

El 12 de febrero de 1974, mediante el correspondiente anuncio publicado en el BOP de Tarragona, se abrió el período de información pública del que sería el famoso Anteproyecto del Acueducto Ebro-Pirineo Oriental, que suponía la reserva de un caudal anual de 1.400 hm3 (45 m3/seg. en caudal ficticio continuo) de agua procedente del río Ebro con destino a abastecimientos urbanos, regadíos y usos industriales de la cuenca hidrográfica del Pirineo Oriental. Entonces, se presenta un bien estudiado Pliego de Alegaciones por parte de 33 entidades de las comarcas meridionales de Cataluña (ayuntamientos, comunidades de regantes, cooperativas, hermandades sindicales de labradores y ganaderos...), orquestadas técnica y jurídicamente desde el Ayuntamiento de Tortosa (con las que también me honré personalmente en participar) mientras se hace una fuerte oposición en la calle. Se irá a hablar, incluso, con las altas esferas del gobierno del Estado, hasta que -como consecuencia de un admirable ejercicio de concienciación, solidaridad y unión entre todos los posibles afectados- el anteproyecto mencionado queda paralizado.

Casi simultáneamente a todas aquellas actuaciones, comienza la construcción de algunas centrales nucleares en el valle del Ebro, entre ellas los dos grupos de Ascó, que unirían a su propia (y por lo que se ve incontrolada) problemática, la de la utilización de las aguas del río para la refrigeración de los condensadores de los reactores y el vertido de residuos altamente peligrosos en casos de fuga accidental.

El 6 de octubre nació la comisión representativa de la Ribera del Ebro y el 26 de abril de 1977 la comisión representativa del Bajo Ebro-Montsià. En agosto y en diciembre de 1976 se pidió a la Diputación de Tarragona que asumiera el compromiso de financiación y la realización práctica de un estudio socioeconómico de alternativas del Ebro. El 20 de mayo se constituye en la expresada Diputación provincial la comisión intercomarcal de control del estudio, con representantes de la comarcas de la Ribera del Ebro, Bajo Ebro, Montsià y de la propia Diputación. El 1 de febrero de 1978 se crea la comisión técnica que ha de realizar el estudio, que cerró su primera fase en enero de 1979.

El 7 de abril de 1981 se inició en el Congreso de los Diputados la discusión del proyecto de ley sobre Actuaciones en Materia de aguas en la provincia de Tarragona (más conocido como "minitrasvase del Ebro"). Al día siguiente se aprobó la ley con los votos de la UCD y del grupo parlamentario de Minoría Catalana, entre otros, y los votos en contra de los socialistas y de los comunistas. El Consejo Ejecutivo de la Generalitat hizo público un comunicado expresando la satisfacción del mismo por haberse aprobado dicha ley en Madrid.

A principios de mayo del mismo año, el pleno del Senado aprobó este proyecto de ley, sin esperar la confección y aprobación del Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro (como habían pedido los senadores aragoneses de la UCD). El Senado no aprobó, así mismo, el segundo canon. El 11 de julio de 1981, el Boletín Oficial del Estado nº 165 publicará la ley 18/1981, de 1 de julio, sobre "actuaciones en materia de aguas en Tarragona", que preveía la conducción de hasta cuatro metros cúbicos por segundo destinados al abastecimiento urbano e industrial de los municipios de la provincia de Tarragona, previa la correspondiente concesión administrativa. Conviene señalar aquí que, por el año 2000, sólo se viene utilizando aproximadamente la mitad de dicho caudal en las comarcas de Tarragona, pensándose, incluso, en destinar los aproximadamente 2 m3/seg. restantes para el abastecimiento del área metropolitana de Barcelona, previas las modificaciones legislativas oportunas.

Cabe recordar al mismo tiempo que en el año 1983, la "Dirección General de Obras Hidráulicas", en su "PLAN CUATRIENAL DE OBRAS HIDRAULICAS", proponía lo siguiente: "En todo el mundo, las transferencias (trasvases) de agua entre cuencas hidrológicas han sido y seguirán siéndolo, un medio para incrementar los recursos hidráulicos allí donde son necesarios; en todo caso, han de ser considerados como un medio no convencional y, por tanto, estudiarse con una metodología más compleja y amplia que la de las evaluaciones económicas convencionales de recursos propios. Han de ser analizadas cuidadosamente, y evaluadas las posibles influencias negativas sobre el medio ambiente y la ecología, y han de ponerse las medidas adecuadas para eliminar o reducir al mínimo estas influencias”.

Es por ello que entendemos también que, como decía la Dirección General de Obras Hidráulicas, "en todo caso, no han de ser las condiciones hidrológicas las determinantes de la política a seguir, si no, al contrario, ésta ha de supeditarse a la política de ordenación del territorio y plantear con criterio prioritario la utilización in situ de los recursos naturales”.


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