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AGUA QUE NO HAS DE BEBER...
60 respuestas al Plan Hidrológico Nacional


José María Franquet Bernis

 

 

SEGUNDA PARTE: EL PHN Y LOS TRASVASES

53. ¿En qué consisten las alegaciones presentadas al ALPHN-2000 por la Generalitat de Cataluña?

La Agència Catalana de l’Aigua, adscrita al Departament de Política Territorial i Obres Públiques, tal como ya se ha indicado en alguna pregunta/respuesta de este mismo libro, realizó el análisis del borrador del Plan Hidrológico Nacional - 2001, sobre la siguiente documentación:

• Anteproyecto de Ley del Plan Hidrológico Nacional (septiembre del 2000).

• Documentación técnica del PHN:

-Análisis de los sistemas hidráulicos (ASH).

-Análisis de antecedentes y transferencias planteadas (AATP).

-Análisis económicos (AE).

-Análisis ambientales (AA).

-Delimitación y asignación de recursos en acuíferos compartidos (DARAC).

Basándose en dicho análisis, cabe destacar los siguientes aspectos (desde el punto de vista de la Administración Catalana de la época):

• Las Cuencas Internas de Cataluña (antigua Cuenca Hidrográfica del Pirineo Oriental) tienen un déficit actual cifrable en unos 100 hm3, y futuro de unos 300 a 350 hm3.

• La transferencia requerida por las Cuencas Internas de Cataluña se cifra en 225 hm3/año.

• El trasvase hacia las Cuencas Internas de Cataluña, por su destino para abastecimiento de la población y recuperación de recursos, requerirá preferencia ante eventuales transferencias para otros usos y otras cuencas. Los recursos a transferir deberán serlo de forma continua y no en forma de auxilio excepcional.

• El transvase de agua hacia las Cuencas Internas de Cataluña ha de realizarse mediante tubería (conducción forzada) y no por canal (conducción libre).

• Todas las cuencas receptoras de transferencias soportarán el mismo precio del m3 de agua en alta.

• La cuota ambiental del canon del trasvase, debe ser revertida, en su totalidad, a las comarcas catalanas del bajo Ebro.

• Es imprescindible elaborar y garantizar la ejecución de un plan de actuaciones territorial para el delta del Ebro, que solucione los problemas ambientales, económicos y sociales (el posteriormente famoso PIDE).

• Todo el proyecto de PHN, en su globalidad, debería ser sometido a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

• Resulta inviable la transferencia de 1.050 hm3/año desde la cuenca del Ebro.

• Deberían analizarse las posibilidades de aprovechamiento de recursos actualmente concedidos, mediante la cesión de los mismos por sus legítimos usuarios.

• En los cuadros I y II (del documento correspondiente) se presentan los listados, con su valoración aproximada, de las obras que se pretende sean realizadas en cada una de las cuencas del territorio catalán, a cargo del Plan Hidrológico Nacional.

• Es necesario modificar el ámbito geográfico fijado en la Ley 18/1981, de actuaciones en materia de aguas en Tarragona, e incorporar también como beneficiarios a los municipios de Barcelona.

Con posterioridad, se produjeron, ya en el trámite parlamentario subsiguiente, la aprobación definitiva de algunas de las enmiendas presentadas por el grupo de Convergencia i Unió, tras su pacto con los grupos correspondientes del Partido Popular y de Coalición Canaria, que contenían algunas de las especificaciones reseñadas.


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