Evasión Fiscal: Un problema a resolver

David F. Camargo Hernández
 

ALGUNAS OBSERVACIONES FINALES

Una vez finalizadas las conferencias se reunieron los tres expertos: Tributin, Fiscarraldo y Evasón para responder las últimas preguntas planteadas por el auditorio.

¿Cómo se podrían evitar algunos, si no todos, los comportamientos evasores?.

Suministrando información a las respectivas entidades fiscalizadoras sobre conductas inapropiadas en la población sujeta a la imposición fiscal, ya que todo ciudadano esta en la obligación moral de denunciar a los evasores.

¿Qué sería lo ideal de los sistemas fiscales?.

La idea no es pretender un sistema impositivo sin defectos, se espera que sean simples, homogéneos y que exista un número reducido de impuestos de amplio espectro, fáciles de entender, administrar y de fiscalizar.


¿Qué papel juegan los medios de comunicación?.

La publicidad a disposición del organismo fiscalizador crea un impacto sicológico en el evasor. La divulgación por medios masivos de comunicación es una buena alternativa de hacer presencia institucional, para que el evasor sepa que se están haciendo los esfuerzos necesarios que van a permitir dar con su paradero y sancionarlo con todo rigor, de tal forma que decida formalizar su actividad y acogerse a algún beneficio o simplemente lo haga porque considera que es insostenible mantenerse oculto.

¿Cómo mejorar la imagen corporativa de la administración tributaria?.

Mediante la actualización y depuración de la base de datos que contenga los registros de los contribuyentes activos e inactivos, esto con el fin de no cobrar deudas canceladas o prescritas. Brindando una buena imagen gracias a la adecuada información sobre normas tributarias y la presentación de formularios sencillos y precisos con información correcta, plazos de pago, los lugares y formas de hacerlo. También se puede pensar en simplificar la normatividad y fortalecer la gestión de fiscalización y cobro de los impuestos mediante la descentralización tributaria, ejerciendo cierta presión fiscal en los lugares donde sea necesario, de tal manera que se fortalezcan los tributos y se logren criterios de eficiencia. Hay regiones con nula o escasa presencia de supervisión al cumplimiento de las obligaciones tributarias, lo que las convierte en "paraísos fiscales", por lo que se requiere de una imagen de eficiencia y moralidad en la administración tributaria, para que el contribuyente tenga confianza que sus asuntos van a ser resueltos con diligencia y honestidad, porque si la administración tributaria no cumple con las exigencias particulares, se desvirtúa su capacidad operativa y credibilidad en el recurso humano que la integra, además de eso se debe diseñar una política fiscalizadora adecuada, estableciendo mecanismos legales que permitan el control y vigilancia de capitales, lo mismo que de las utilidades generadas dentro y fuera del país y consolidando un centro de orientación al contribuyente.

¿Si se redujeran las tasas impositivas se disminuiría la evasión?.

El reducir las tasas impositivas no necesariamente seducen al evasor para que deje de hacerlo. Se deben implantar instrumentos para el control en el incumplimiento del pago de los tributos. No es conveniente seguir una estrategia que pretenda acabar con la evasión en forma definitiva, dedicando recursos de la administración tributaria para ello, ya que agudizaría el problema social de quiebras y desempleo, por lo que se requiere el incremento gradual y sostenido de la presencia fiscal en todos los sectores económicos.

¿Qué sería lo ideal de los sistemas informáticos en la administración tributaria?.

Lo ideal seria contar con herramientas informáticas que permitan tener información (estadísticas confiables) del universo de declarantes, mediante la utilización bases de datos debidamente actualizadas y una adecuada tecnificación e interrelación de las entidades tributarias para apoyarse en las labores de identificación de posibles contribuyentes (red de comunicación), creando una base de deudores a quienes se les impida el crédito y la negociación con el Estado hasta tanto estén al día con sus obligaciones fiscales.

¿ En cuanto a medidas de seguridad locativa así como de custodia de documentos qué se puede decir al respecto?

Debería existir un sistema universal de consulta (red) entre las diferentes entidades del Estado, para que los funcionarios de las distintas dependencias puedan efectuar el seguimiento a los bienes de los contribuyentes, de tal manera que se identifiquen con celeridad para tomar las medidas a que haya lugar, evitando que escapen a los controles y se puedan practicar los embargos del caso con quienes persistan en su actitud evasora.

¿Qué papel juega el control interno en las entidades públicas para evitar las actuaciones de los funcionarios corruptos?.

Lamentablemente las oficinas o dependencias encargadas del control interno, en oportunidades actúan como islas sin obedecer a un proceso de planeación, donde los funcionarios que realizan tal labor no tienen la suficiente preparación para investigar a fondo las irregularidades que se presentan. Tan es así que hechos de corrupción salen a la luz pública no precisamente por su labor de supervisión y control, sino por externalidades que dejan en entredicho la eficiencia en el desempeño de los funcionarios a cargo.

Muchas veces se ha sabido que el control interno se efectúa a " control remoto", porque los investigadores se dedican a presentar informes extensos, sin conocer la problemática en las dependencias. Al preguntar a los funcionarios si les han hecho seguimiento, en la mayoría de los casos responden que sólo cuando se presenta alguna situación anómala o deben mostrar resultados, lo que indica que no obedece a un trabajo previo ni permanente para evitar justamente que esas cosas sucedan.

Al terminar de responder esta pregunta, se agradeció a los conferencistas y después de un sonoro aplauso por parte de los presentes, se fueron retirando del recinto y cada quien iba haciendo sus propios comentarios.


DEFINICIONES

Algunas Definiciones: (43)

Sujeto activo de la evasión tributaria. Se trata de aquel contribuyente a quien la ley impone el cumplimiento de la obligación de tributar.

Sujeto activo de la imposición. Representado por el ente público facultado para aplicar el tributo.

Sujeto pasivo de la imposición. Es aquel a quien corresponde el deber jurídico de cumplir la obligación tributaria.

Sujeto pasivo de la evasión tributaria. Es el Estado o uno de sus entes públicos menores, facultados por delegación a aplicar los tributos.

Objeto jurídico de la evasión tributaria. Desde el punto de vista patrimonial, se trata del monto de tributo no pagado al fisco, al cual se le restan ingresos.

Impuestos. Tributo exigido en correspondencia a una prestación que se concreta de modo individual por parte de la administración pública y cuyo objeto de gravamen está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo como consecuencia de la posesión de un patrimonio, la circulación de bienes o la adquisición de rentas o ingresos.

Tributo. El objeto del tributo es una prestación en términos de dinero en efectivo a que está obligado el contribuyente o ciudadano sujeto a su pago, pero con carácter excepcional, en algunas normas se encuentra reconocida la prestación en especie. Se reconocen tres tipos de tributos: los impuestos, las tasas y la contribución especial.
Contribuyentes. Individuos o empresas que deben presentar declaraciones a la administración tributaria y que deben determinar el impuesto que deben pagar.

Auditor público. Funcionarios de la entidad recaudadora encargados de controlar las declaraciones tributarias, detectando a los evasores presentado un informe a la autoridad recaudadora respecto a su condición de correcta o no de cada una de ellas.

La autoridad recaudadora. Organismo encargado de recepcionar las declaraciones de los contribuyentes que decide que cantidad controla y quien determina quien debe pagar impuestos y aplica las sanciones a quienes sean evasores.

Economía informal. También denominada economía subterránea y corresponde a las actividades que no quedan registradas en las cuentas oficiales y pueden ser legales o ilegales y corresponder a transacciones de mercado o fuera de mercado. No todas estas actividades involucran evasión fiscal.

Delito tributario. Constituye delito o contravención la violación de la relación jurídica tributaria para la cual se establezca una pena prevista por el código penal.

Ilícito tributario
. El ilícito tributario se entiende como la violación de las leyes financieras, de las cuales surja para el transgresor únicamente la obligación de pagar una cantidad de dinero a favor del Estado o de otro ente público. Para su represión se aplica la norma sancionatoria civil de contenido económico y moral.

Imposición. Sistema de contribuciones obligatorias exigidas por los Estados a las personas, tanto jurídicas como naturales, como fuente de ingresos para atender los gastos gubernamentales y hacer frente a otras necesidades públicas. Sin embargo, la imposición puede servir también para conseguir otros objetivos económicos y sociales, como fomentar el desarrollo de una economía de forma equilibrada, favoreciendo o penalizando determinadas actividades o ciertos negocios, o bien para realizar reformas sociales variando la distribución de la renta o de la riqueza.
 

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