David F. Camargo Hernández
ALGUNAS OBSERVACIONES FINALES
Una vez finalizadas las conferencias se reunieron los tres expertos: Tributin,
Fiscarraldo y Evasón para responder las últimas preguntas planteadas por el
auditorio.
¿Cómo se podrían evitar algunos, si no todos, los comportamientos
evasores?.
Suministrando información a las respectivas entidades fiscalizadoras sobre
conductas inapropiadas en la población sujeta a la imposición fiscal, ya que
todo ciudadano esta en la obligación moral de denunciar a los evasores.
¿Qué sería lo ideal de los sistemas fiscales?.
La idea no es pretender un sistema impositivo sin defectos, se espera que sean
simples, homogéneos y que exista un número reducido de impuestos de amplio
espectro, fáciles de entender, administrar y de fiscalizar.
¿Qué papel juegan los medios de comunicación?.
La publicidad a disposición del organismo fiscalizador crea un impacto
sicológico en el evasor. La divulgación por medios masivos de comunicación es
una buena alternativa de hacer presencia institucional, para que el evasor
sepa que se están haciendo los esfuerzos necesarios que van a permitir dar con
su paradero y sancionarlo con todo rigor, de tal forma que decida formalizar
su actividad y acogerse a algún beneficio o simplemente lo haga porque
considera que es insostenible mantenerse oculto.
¿Cómo mejorar la imagen corporativa de la administración tributaria?.
Mediante la actualización y depuración de la base de datos que contenga los
registros de los contribuyentes activos e inactivos, esto con el fin de no
cobrar deudas canceladas o prescritas. Brindando una buena imagen gracias a la
adecuada información sobre normas tributarias y la presentación de formularios
sencillos y precisos con información correcta, plazos de pago, los lugares y
formas de hacerlo. También se puede pensar en simplificar la normatividad y
fortalecer la gestión de fiscalización y cobro de los impuestos mediante la
descentralización tributaria, ejerciendo cierta presión fiscal en los lugares
donde sea necesario, de tal manera que se fortalezcan los tributos y se logren
criterios de eficiencia. Hay regiones con nula o escasa presencia de
supervisión al cumplimiento de las obligaciones tributarias, lo que las
convierte en "paraísos fiscales", por lo que se requiere de una imagen de
eficiencia y moralidad en la administración tributaria, para que el
contribuyente tenga confianza que sus asuntos van a ser resueltos con
diligencia y honestidad, porque si la administración tributaria no cumple con
las exigencias particulares, se desvirtúa su capacidad operativa y
credibilidad en el recurso humano que la integra, además de eso se debe
diseñar una política fiscalizadora adecuada, estableciendo mecanismos legales
que permitan el control y vigilancia de capitales, lo mismo que de las
utilidades generadas dentro y fuera del país y consolidando un centro de
orientación al contribuyente.
¿Si se redujeran las tasas impositivas se disminuiría la evasión?.
El reducir las tasas impositivas no necesariamente seducen al evasor para que
deje de hacerlo. Se deben implantar instrumentos para el control en el
incumplimiento del pago de los tributos. No es conveniente seguir una
estrategia que pretenda acabar con la evasión en forma definitiva, dedicando
recursos de la administración tributaria para ello, ya que agudizaría el
problema social de quiebras y desempleo, por lo que se requiere el incremento
gradual y sostenido de la presencia fiscal en todos los sectores económicos.
¿Qué sería lo ideal de los sistemas informáticos en la administración
tributaria?.
Lo ideal seria contar con herramientas informáticas que permitan tener
información (estadísticas confiables) del universo de declarantes, mediante la
utilización bases de datos debidamente actualizadas y una adecuada
tecnificación e interrelación de las entidades tributarias para apoyarse en
las labores de identificación de posibles contribuyentes (red de
comunicación), creando una base de deudores a quienes se les impida el crédito
y la negociación con el Estado hasta tanto estén al día con sus obligaciones
fiscales.
¿ En cuanto a medidas de seguridad locativa así como de custodia de
documentos qué se puede decir al respecto?
Debería existir un sistema universal de consulta (red) entre las diferentes
entidades del Estado, para que los funcionarios de las distintas dependencias
puedan efectuar el seguimiento a los bienes de los contribuyentes, de tal
manera que se identifiquen con celeridad para tomar las medidas a que haya
lugar, evitando que escapen a los controles y se puedan practicar los embargos
del caso con quienes persistan en su actitud evasora.
¿Qué papel juega el control interno en las entidades públicas para evitar
las actuaciones de los funcionarios corruptos?.
Lamentablemente las oficinas o dependencias encargadas del control interno, en
oportunidades actúan como islas sin obedecer a un proceso de planeación, donde
los funcionarios que realizan tal labor no tienen la suficiente preparación
para investigar a fondo las irregularidades que se presentan. Tan es así que
hechos de corrupción salen a la luz pública no precisamente por su labor de
supervisión y control, sino por externalidades que dejan en entredicho la
eficiencia en el desempeño de los funcionarios a cargo.
Muchas veces se ha sabido que el control interno se efectúa a " control
remoto", porque los investigadores se dedican a presentar informes extensos,
sin conocer la problemática en las dependencias. Al preguntar a los
funcionarios si les han hecho seguimiento, en la mayoría de los casos
responden que sólo cuando se presenta alguna situación anómala o deben mostrar
resultados, lo que indica que no obedece a un trabajo previo ni permanente
para evitar justamente que esas cosas sucedan.
Al terminar de responder esta pregunta, se agradeció a los conferencistas y
después de un sonoro aplauso por parte de los presentes, se fueron retirando
del recinto y cada quien iba haciendo sus propios comentarios.
DEFINICIONES
Algunas Definiciones: (43)
Sujeto activo de la evasión tributaria. Se trata de aquel contribuyente
a quien la ley impone el cumplimiento de la obligación de tributar.
Sujeto activo de la imposición. Representado por el ente público
facultado para aplicar el tributo.
Sujeto pasivo de la imposición. Es aquel a quien corresponde el deber
jurídico de cumplir la obligación tributaria.
Sujeto pasivo de la evasión tributaria. Es el Estado o uno de sus entes
públicos menores, facultados por delegación a aplicar los tributos.
Objeto jurídico de la evasión tributaria. Desde el punto de vista
patrimonial, se trata del monto de tributo no pagado al fisco, al cual se le
restan ingresos.
Impuestos. Tributo exigido en correspondencia a una prestación que se
concreta de modo individual por parte de la administración pública y cuyo
objeto de gravamen está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de
manifiesto la capacidad contributiva del sujeto pasivo como consecuencia de la
posesión de un patrimonio, la circulación de bienes o la adquisición de rentas
o ingresos.
Tributo. El objeto del tributo es una prestación en términos de dinero
en efectivo a que está obligado el contribuyente o ciudadano sujeto a su pago,
pero con carácter excepcional, en algunas normas se encuentra reconocida la
prestación en especie. Se reconocen tres tipos de tributos: los impuestos, las
tasas y la contribución especial.
Contribuyentes. Individuos o empresas que deben presentar declaraciones a la
administración tributaria y que deben determinar el impuesto que deben pagar.
Auditor público. Funcionarios de la entidad recaudadora encargados de
controlar las declaraciones tributarias, detectando a los evasores presentado
un informe a la autoridad recaudadora respecto a su condición de correcta o no
de cada una de ellas.
La autoridad recaudadora. Organismo encargado de recepcionar las
declaraciones de los contribuyentes que decide que cantidad controla y quien
determina quien debe pagar impuestos y aplica las sanciones a quienes sean
evasores.
Economía informal. También denominada economía subterránea y
corresponde a las actividades que no quedan registradas en las cuentas
oficiales y pueden ser legales o ilegales y corresponder a transacciones de
mercado o fuera de mercado. No todas estas actividades involucran evasión
fiscal.
Delito tributario. Constituye delito o contravención la violación de la
relación jurídica tributaria para la cual se establezca una pena prevista por
el código penal.
Ilícito tributario. El ilícito tributario se entiende como la violación de
las leyes financieras, de las cuales surja para el transgresor únicamente la
obligación de pagar una cantidad de dinero a favor del Estado o de otro ente
público. Para su represión se aplica la norma sancionatoria civil de contenido
económico y moral.
Imposición. Sistema de contribuciones obligatorias exigidas por los
Estados a las personas, tanto jurídicas como naturales, como fuente de
ingresos para atender los gastos gubernamentales y hacer frente a otras
necesidades públicas. Sin embargo, la imposición puede servir también para
conseguir otros objetivos económicos y sociales, como fomentar el desarrollo
de una economía de forma equilibrada, favoreciendo o penalizando determinadas
actividades o ciertos negocios, o bien para realizar reformas sociales
variando la distribución de la renta o de la riqueza.