DESCUBRIMIENTO Y CONQUISTA:

Del nombre de los españoles


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Alfonso Klauer

El doble código

Años después, el mismo tuerto e ineficiente sistema judicial que se había hecho de la vista gorda en el crimen del cuarto virrey del Perú, y que se hacía de la vista gorda frente al escandaloso enriquecimiento de los jueces y fiscales, denunció y castigo a una beata argentina afincada en Lima.

Con hipocrecía y cinismo se argumentó que la beata escandalizaba bañándose desnuda en el río Rímac, y porque la beata se creía poseedora de poderes sobrenaturales. Ese sistema judicial, no obstante, nunca levantó ningún cargo contra fray Martín de Porres que también se creía poseedor de poderes equivalentes.

¿Por qué tan flagrante contradicción? ¿Acaso sólo porque Martín no protagonizó escándalos? No, sino porque la beata, en su cada vez más creciente medio de influencia, sistemáticamente repetía a sus oyentes que el sistema virreinal era inmensamente injusto y grotescamente corrupto. El fraile, en cambio, nunca tuvo una voz disonante, menos aún soliviantadora.

Así pues, con la beata y el fraile, se cumplía: para los amigos, todo; para los enemigos, la ley.

Coimas y comisiones

La Corona en Madrid estaba perfectamente al tanto de la corrupción que imperaba en las administraciones coloniales.

Así, y para dar fin con ella, a mediados del siglo XVIII se suprimieron las antiguas gobernaciones, los corregimientos y las llamadas alcaldías mayores. Fueron sustituidas por 42 intendencias siguiendo el modelo diseñado en España en 1749.

En tal virtud, uno de sus principales objetivos –como nos lo recuerda M. L. Laviana– fue dar “el golpe definitivo a la venta de oficios y la corrupción...”.

En la nueva estructuración de las colonias el virrey actuó como superintendente general.

Los intendentes, que tenían atribuciones gubernativas, judiciales, militares y fiscales, fueron en su inmensa mayoría también españoles llegados de la península expresamente para tal propósito.

Debajo de ellos estaban los denominados subdelegados. Éstos actuaban a comisión. Su retribución era el 5% de los tributos y las rentas que obtenían con su actuación.

No obstante, todo hace pensar que casi unánimemente consideraron que esa retribución era exigua. Sus expectativas –según puede colegirse–, eran más altas. De allí que –según anota también la propia M. L. Laviana– “reaparecieron enseguida las viejas corruptelas que habían hecho odiosos a los corregidores”.

Pero como el 5% de comisión y las complementarias coimas por la evasión tributaria no eran suficientes, los subdelegados hicieron reaparecer el demoníaco negocio del reparto obligatorio de mercancías europeas –del que hemos hablado antes–, y cínicamente pasó a llamársele “socorros”.

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