DESCUBRIMIENTO Y CONQUISTA:

Del nombre de los españoles


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Alfonso Klauer

Las reducciones

En 1571 dispuso que los visitadores, examinando todos los rincones del territorio, organizaran las “reducciones de indios”: conviene que los indios que viven dispersos y derramados, se reduzcan a pueblos con traza y orden...

Antes, una disposición real había dicho: es cosa muy conveniente y necesaria para el aumento de los dichos indios –esto es para la recuperación de la población diezmada por el genocidio, aclaramos– (...) que no anden derramados ni ausentados por los montes...

Es decir, tanto el rey como su virrey habían obviado decir “conviene al imperio, aunque no convenga a los dichos indios”.

“La reducción fue una empresa colosal, que afectó a un millón y medio de personas.

Nunca ha sido estudiada a fondo”, dice Hemming, y agrega: “Es evidente que se llevó a cabo, por lo menos en el sur del Perú, donde el virrey estaba cerca para impulsarla”.

¿No está claro por qué en el sur, y por qué bajo la directa supervisión del virrey? Resulta clarísimo, hasta por tres razones, por qué el virrey concentró sus desvelos en las reducciones en el sur cordillerano:

1) permitían controlar y vigilar más de cerca a las poblaciones nativas;

2) permitían reclutar fácilmente a los trabajadores que irían a las minas, y;

3) permitían que, controlados los nativos surcordilleranos, la resistencia inka quedara total y absolutamente aislada.

Toledo logró en dos años llevar a cabo “esa gran migración interna” –expresa Hemming, pero, tanto en alarde de candor como de extravío, agrega–: “El propio Toledo veía la reducción como un requisito indispensable para la verdadera conversión de los nativos...”.

¡No!, las “reducciones” no eran un requisito indispensable para la conversión de los nativos. Y Toledo lo sabía (aunque Hemming no lo crea).

Como también sabía que sí eran indispensables en cambio para aislar a Manco Inca; y para preparar la “conversión”, pero de las vetas de Potosí, para transformarlas en los lingotes de plata que tanto reclamaba la Corona de España.

A este respecto, desde su llegada había estado preparando el camino. Y logró que en 1570, con la firma del arzobispo Loayza, otros ocho eclesiásticos eminentes y seis magistrados, se concluyera... por unanimidad, que las minas eran de interés público y, por lo tanto, la coerción podía ser tolerada sin escrúpulos de conciencia.

¿Interés público o interés imperial? ¿Interés de los nativos o interés de los conquistadores? En definitiva, en función de los intereses del imperio y de los conquistadores, “tranquilizada su conciencia por esa unanimidad, Toledo legalizó el uso del trabajo forzado en servicio público”. O mejor, “en bien de la madre patria, al otro lado del mundo”, como por fin atina a decir Hemming.

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