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Alfonso Klauer
La mita: doble tribubación
Desde antiguo, salvo en situaciones de emergencia, la mita para la construcción de obras era convocada en los períodos entre siembra y cosecha, o durante los meses de descanso de las tierras. Esto es, sólo cuando ya estaba asegurado el abastecimiento alimenticio.
Por lo demás conforme sostiene Murra, el alimento y la bebida que se proporcionaba a los mitayos corrían por cuenta del poder imperial. Y en efecto, hay evidencias de que, para tal propósito, éste destinó una parte de los recursos almacenados en las colcas.
Es decir, los trabajadores, como hatunrunas o como mitimaes, generaban primero el excedente que se almacenaba en las colcas, y luego recibían una parte de él durante su participación en la mita. En apariencia se trataba pues de la devolución de una parte de lo tributado. En verdad, sin embargo, quedaba muy bien disimulada una doble y hasta triple tributación.
Ciertamente, la aparente devolución que se daba en la mita era sólo en la cantidad de alimento que permitía a la fuerza de trabajo recuperar las energías consumidas, poder mantener la actividad y seguir produciendo.
Pero le quedaba expropiada de momento que no se le compensaba por ella la diferencia entre lo que recibía y aquello que, con el mismo esfuerzo, habría podido producir para sí, su familia e incluso su ayllu. Y adicionalmente, como una forma de penalización, se le negaba el derecho a utilizar la obra que con sus fuerzas había realizado.