EL TAMAÑO EMPRESARIAL COMO FACTOR DE DIVERSIDAD

 

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El tamaño empresarial como factor de diversidad

Alfonso Galindo Lucas

Capítulo II: Diversidad y Tamaño empresarial
 

3. 2. El criterio de la cifra de negocios

Aun cuando la cuantificación de todas las magnitudes contables presentan alguna problemática, podemos tomar la definición del artículo 191 de la Ley de Sociedades anónimas, interpretada por Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC, 1992). Según esta definición, “el importe de la cifra de negocios comprenderá los importes de la venta de los productos y de la prestación de servicios correspondientes a las actividades ordinarias de la Sociedad, deducidas las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas, así como el Impuesto sobre el Valor Añadido y otros impuestos directamente relacionados con la mencionada cifra de negocios” . En esta definición, han de entenderse excluidos los ingresos extraordinarios, provenientes de la transmisión de elementos de activo fijo. Así mismo, la existencia de empresas con reducida o nula cifra de negocios, pero con importantes ingresos financieros, como pueden ser las cabeceras de grupos industriales, hace que tal vez fuera más conveniente utilizar el total de ingresos o haber de la cuenta de resultados. Por otra parte, podremos utilizar la analogía para aplicar esta definición, propia de las sociedades mercantiles, a los ingresos de empresarios individuales cuyo negocio puede ser incluido en el concepto de PYME.

El criterio de la cifra de negocios da una idea más acertada de la dimensión empresarial, pero aún adolece de ciertos inconvenientes, de los que ya se han comentado algunos, de carácter conceptual.

La exigencia de un límite para la cifra de ventas (si bien el montante máximo recomendado parece ser lo bastante alto) acota la expansión de aquellas empresas que desean beneficiarse de las ayudas públicas. Determinadas medidas de apoyo podrían ser incompatibles con el fomento de la exportación y de la internacionalización de la PYME.

A la inversa de como razonábamos para el número de empleados, puede ocurrir que una pequeña empresa arroje una gran cifra de negocios e incluso un alto valor añadido y que, por lo tanto, pueda permitirse repartir grandes beneficios, pero eso no sería debido a su gran dotación de recursos, sino al eficiente aprovechamiento de éstos (Illueca y Pastor, 1996). Por lo tanto, existe una relación funcional entre el número de empleados y la cifra de venta que arroja una cierta medida de la eficiencia del proceso productivo, es decir, de la buena asignación de los activos. Forsaith y Hall (2001) justifican precisamente por la “diferente función de producción” la imposibilidad de intercambiar distintos criterios de clasificación de empresas por tamaños. Habría que discutir si la eficiencia es un rasgo definitorio del tamaño.

Incluso haciendo abstracción de esa medida de índole tecnológica o considerando que la relación fuera constante, el límite a la cifra de ventas estaría representando, en todo caso, un límite al crecimiento del empleo.

Evidentemente, como quiera que no todo el beneficio se reparte, no cabe duda de que una empresa que realice una cifra de negocios importante irá creciendo con los años. Sin embargo, para que las nuevas inversiones puedan llevarse a cabo en las PYME, suele ser necesario un desembolso muy superior al saldo de la autofinanciación, de modo que los excedentes suelen repartirse o se mantienen en activos líquidos poco rentables, hasta el momento en que se consigan recursos externos.

Con todo esto, el inconveniente más importante de este criterio, en comparación, por ejemplo, con el número de empleados, es la gran inestabilidad que presenta, en atención a fenómenos que no guardan relación con la naturaleza de la empresa, sino con circunstancias del mercado. De un año a otro, una empresa podría pasar alternativamente de pequeña a mediana o a gran empresa, por motivos en gran medida ajenos a su gestión. En todo caso, si atendiéramos a criterios estratégicos y de cuota de mercado, se podría definir a las PYME como aquellas empresas que no pueden influir significativamente en el sector con sus decisiones. Por ese motivo, no tendrían excesivo control de su cuota de mercado.

No es de extrañar que la Comisión europea no de validez absoluta a este criterio y restablezca en sus Recomendaciones una total opcionalidad entre este requisito y la cifra total de balance.

 

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