Jorge Hernández, Abraham Sánchez y Allan Calderón
El MARCO CONCEPTUAL
REGULACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
II.3.1. La prestación de los servicios públicos
Las empresas de servicios públicos presentan diversas características que
las distinguen de las demás entidades; dicha característica se fundamenta en
que el servicio brindado por estos organismos se ve afectado por un interés
público, el cual es necesario para lograr el bienestar de las comunidades.
Por esta razón, la regulación de los servicios públicos es un aspecto de
alta importancia, y es el Estado el ente comprometido a proceder
oportunamente con la regulación del servicio desde el momento preciso en que
se inicia la prestación del mismo.
Con la creación de un organismo regulador de tarifas se pretende garantizar
a los usuarios precios justos, indiscriminación, etc., además se logra
controlar el interés lucrativo que poseen algunos empresarios. Las bases de
la regulación tarifaria de los servicios públicos se sustenta bajo algunos
principios:
1. Igualdad de condiciones:
La prestación del servicio público está dirigido a todas las personas por lo
que debe mantenerse una estricta igual para los individuos que se encuentren
en las mismas situaciones.
La prestación del servicio debe efectuarse sin
"...actitudes discriminatorias, ya sean por credos, razas o condiciones
económico-sociales" (Fonseca; 1975:13)
2. Continuidad:
Por constituir una necesidad insustituible en forma inmediata para el
usuario, la prestación de los servicios públicos deben prestarse de forma
ininterrumpida.
Únicamente en caso de fuerza mayor o en forma justificada se autoriza el
cese de labores para las entidades que presten servicios de utilidad
pública.
3. Servicio al costo:
Las entidades que presten servicios considerados como públicos, deben cobrar
por estos tarifas razonables, es decir una remuneración justa por la
prestación del servicio y una retribución al capital neto invertido
revaluado.
Una tarifa razonable es aquella que:
"...bajo una administración prudente y económica, permitirá recaudar
suficientes ingresos para cubrir todos los gastos correctos de explotación
incluyendo impuestos, depreciación y un rendimiento o beneficio sobre el
valor neto revaluado de sus bienes, adecuado para atender el pago de
intereses de deudas, proporcionar dividendos sobre el capital social y un
aporte a los beneficios acumulados." (CARDISCO; 1970:2)
4. Regularidad:
El funcionamiento de los servicios públicos debe ser regular y en buenas
condiciones en cuanto a su funcionamiento, es decir, el suministro del
servicio debe hacerse regularmente, de tal manera que se de inmediata
satisfacción de esa necesidad.
5. Carácter monopolístico:
" La empresa de Servicio público tiene derecho a que se le otorgue, por el
poder del público, un privilegio o concesión social que en alguna forma le
confiera el derecho exclusivo a servir un área específica libre de la
competencia de otro vendedor del mismo servicio". (CARDISCO; 1970:1)
El propósito de esta concesión es proteger al consumidor de las tarifas
comparativas altas que prevalecerían si existiera competencia.
También las empresas son conocidas frecuentemente como:
"...monopolios naturales, porque generalmente un monopolio controlado es del
interés público. Estos monopolios operan más eficientemente porque la
concentración dentro de un territorio permite el uso de equipo más grande y
eficiente, con un gasto promedio más bajo por unidad de producción." (SNE;
1980:1)