¿Captura del regulador?
Fallas en la regulación de las tarifas eléctricas
 


Jorge Hernández, Abraham Sánchez y Allan Calderón

 

El MARCO TEÓRICO


 ALGUNOS MECANISMOS DE REGULACIÓN


Según Lasheras (1999:79) las instituciones encargadas de regular para aprobar las tarifas del servicio público se debe buscar la maximización del excedente del consumidor, así como la cobertura de los costos de las empresas que brindan dicho servicio basándose para esto, en la información que estos presenten. Otro objetivo que también deben de buscar las entidades reguladoras es la promoción de incentivos para una labor eficiente. Existen diferentes mecanismos mediante los cuáles la autoridad reguladora puede basarse para regular a las empresas que funcionan como monopolio natural. Los más comunes o usados por los diferentes entes reguladores son la regulación según la tasa de beneficios, regulación según la participación de los beneficios, regulación mediante suelos y techos a los precios, regulación mediante IPC-X, entre otras. A continuación se explicarán algunas de ellas.

I.4.1. Regulación según la tasa de beneficios
Este criterio de regulación se basa en la aprobación de tarifas que le permitan a la empresa que brinda el servicio público en poder recuperar sus costos fijos, costos variables y sus costos de inversión. La tarifa aprobada le permitirá a dichas empresas un flujo de ingresos capaz de cubrir todos sus costos y además de un rendimiento sobre el capital invertido sobre en activos fijos.

Uno de los aspectos en contra de este mecanismo de regulación es posibilidad de una gestión ineficiente por parte de las empresas debido a los incentivos para incrementar sus costos a la hora de brindar el servicio público, ya que saben que la tarifa que obtendrán cubrirá dichos costos. También puede incentivar a las empresas a buscar mecanismos para abultar sus costos de manera ficticia (en sus estados contables) lo cuál nos llevaría a un resultado ineficiente.

I.4.2. Regulación según la participación de los beneficios
Dados los problemas que se pueden presentar con el tipo de regulación que incentiva a las empresas en una gestión ineficiente en el manejo de los recursos mediante el mantenimiento de costos excesivos, se presenta la alternativa de la regulación basándose en la participación de los beneficios. Esta metodología se basa en el hecho de que las tarifas van a estar en función de los beneficios creados por las empresas. Si los beneficios son mayores que un porcentaje previamente establecido por el regulador, las tarifas disminuirán en el siguiente periodo, caso contrario si el porcentaje de los beneficios es menor que el señalado por el regulador.

I.4.3. Regulación mediante suelos y techos a los precios
Este tipo de metodología es usada cuando existen empresas que producen varios servicios tanto como monopolio natural como empresa competitiva. Por ejemplo, algunas empresas de servicios de telecomunicaciones en los Estados Unidos producen el servicio de telecomunicación a nivel interno como un monopolio natural, sin embargo las llamadas a distancia o internacionales las brindan en competencia con otras empresas del mismo Estado en que se encuentran o con otras empresas de diferentes Estados de los Estados Unidos. El problema que se presenta con este tipo de empresa, es que la misma puede usar sus rentas monopolísticas derivadas del servicio que produce como monopolista (v.gr. Telefonía local) para establecer precios predatorios derivados de estos subsidios cruzados (Lasheras, 1999. pág.96). Entiéndase por precios predatorios, como aquellos que puede establecer una empresa alejándose de los precios competitivos, aprovechándose de su condición de monopolio o por condiciones establecidas por el sistema económico (v.gr. el gobierno estableciendo subsidios a determinada empresa). Con los precios predatorios potencialmente provocados por los subsidios cruzados las empresas pueden establecer precios inferiores a los costos para evitar nuevas entradas al mercado y para tratar de establecerse como monopolio en el mercado que actúa como competidor. Con esta metodología las empresas reguladas pueden establecer suelos y techos a las tarifas, siempre y cuando se encuentren entre los límites que aprueba el regulador. El criterio que se utiliza para determinar el techo al precio es utilizar el costo aislado (Ibid. Pág. 96), el cuál se puede interpretar como el costo en el que incurriría una empresa que participara en un mercado competitivo por producir el servicio. Este costo aislado le establecería a la empresa el precio máximo, ya que un precio mayor a este lo que estaría provocando son mayores incentivos a otras empresas para entrar al mercado debido a la creación de mayores beneficios.

Para establecer los suelos a los precios de dos bienes X y Y Lasheras (1999) define las siguientes condiciones:
1. El precio del bien o servicio X debe ser al menos igual al costo incremental medio de producir X.
2. El precio de Y debe ser al menos igual al costo incremental medio de producir Y.
3. Los precios de X y Y deben ser tales que sus ingresos incrementales medios sean al menos iguales a los costos incrementales medios de producir X y Y en conjunto.

Con estos criterios se ve claramente que las empresas no pueden establecer subsidios cruzados o precios predatorios, ya que lo que va a determinar el suelo a las tarifas son los costos medios por lo que no se pueden transferir las rentas monopolísticas a la fijación de precios en competencia.



I.4.4. Principios básicos de la regulación tarifaria
Con la creación de un organismo regulador de tarifas se pretende garantizar a los usuarios precios justos, indiscriminación, etc., además se logra controlar el interés lucrativo que poseen algunos empresarios, y se basa en los siguientes principios:

1. Igualdad de condiciones para los usuarios (Fonseca; 1975:13).
2. Continuidad en la prestación del servicio (prestación ininterrumpida)
3. Servicio al costo: el marco legal establece una regulación tarifaria que permita a las empresas reguladas operar cubriendo sus costos, más una ganancia (CARDISO; 1970:2).
4. Regularidad y calidad.
5. Carácter monopolístico: posibilidad de que se otorgue exclusividad en la prestación del servicio (Ibíd:1). Aún así, y sin querer entrar en una discusión sobre asuntos legales que no conciernen a la presente investigación, el marco legal parece vago en cuanto definir qué casos ameritan tal concesión; salvo talvez en cuanto a la justificación que hacía el antiguo Servicio Nacional de Electricidad (SNE; 1980:1), en el caso de los "...monopolios naturales, porque generalmente un monopolio controlado es del interés público. Estos monopolios operan más eficientemente porque la concentración dentro de un territorio permite el uso de equipo más grande y eficiente, con un gasto promedio más bajo por unidad de producción."

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