Principios de Economía Política

Por el Doctor
D. Manuel Colmeiro
Catedrático de la Universidad de Madrid


Alojado en "Textos selectos de Economía"
http://www.eumed.net/cursecon/textos/

 

PARTE CUARTA. - Del consumo de la riqueza.

CAPÍTULO V. - Del crédito público.

Hemos dicho en otra parte de este libro que el crédito se divide en público y privado. Sucede con los gobiernos lo mismo que con los particulares. Cuando no bastan los recursos ordinarios y permanentes á cubrir las obligaciones del estado, es preciso decretar impuestos extraordinarios ó contraer deudas tomando capitales mediante un interés convenido que crece ó mengua en razon de las circunstancias. En efecto, la abundancia ó escasez de los capitales, la cuota corriente de los intereses, la mayor ó menor confianza en las promesas del gobierno, la facilidad ó dificultad del reembolso, la duracion del empleo, el riesgo de la operacion, la situacion ahogada ó desahogada del tesoro y otros pormenores semejantes determinan el grado de crédito que alcanza el gobierno.

Antiguamente apénas era conocido este modo de proveer á los gastos de la nacion. Las repúblicas y los imperios bien ordenados acumulaban riquezas para evitar en un caso extremo la necesidad de oprimir á los pueblos con nuevas y exorbitantes contribuciones. Tal era la costumbre de Roma, y tal la práctica general y por siglos sostenida de los gobiernos del Oriente. Al fin se cayó en la cuenta de que aquellos inmensos tesoros sustraidos á una circulacion productiva, podian ser presa de la rapacidad de un conquistador, de un príncipe disipado, de un tirano astuto ó de la ciega y alborotada muchedumbre Por otra parte la acumulacion continuada y la repentina soltura del tesoro causaban grandes perturbaciones en el comercio. Cuando Julio César al principio de la guerra civil se apoderó del tesoro público y arrojó las muchas riquezas que allí se guardaban en el torbellino de la circulacion, trastornó el valor respectivo de los metales preciosos. Como el oro lleva siempre ventaja á la plata para la formacion y custodia de los erarios, porque en ménos volúmen encierra más valor, la cantidad de aquel metal atesorado y puesto en movimiento en dicha ocasion, debia ser proporcionalmente mayor que la de éste. Por fuerza habia de resentirse, y en efecto se resintió, el precio de todas las cosas.

Aun las naciones más prósperas y florecientes donde una sábia y cuerda administracion ha conseguido establecer el suspirado equilibrio de los ingresos y los gastos, tienen sus dias de adversidad, cuando ocurren de pronto accidentes imprevistos que obligan á traspasar los límites del presupuesto. Entónces no queda al gobierno otro arbitrio que aumentar el peso de las contribuciones ó apelar al crédito del estado.

Mueven los economistas muy ruidosa controversia sobre la bondad ó malicia de los empréstitos públicos, principalmente comparados con los bienes ó males de los impuestos extraordinarios. Hay algunos que léjos de ver en el empréstito daño ni peligro alguno, lo miran como causa de felicidad. Otros por el contrario los condenan sin misericordia, y prefieren á contraerlos desmembrar el territorio nacional. Examinemos con cuidado esta cuestion y pongamos la razon en su punto.

Dicen los partidarios del empréstito que son minas de oro, deudas de la mano derecha á la mano izquierda que no empobrecen á la nacion, ántes dan estímulo á la industria. En verdad que los escritores que discurren con tanta benevolencia sobre los empréstitos, no reparan en el uso que los gobiernos suelen hacer de los fondos tomados á préstamo. El gobierno pide prestado para consumir. Si el consumo fuere improductivo, destruirá valores sin equivalentes, y cuando se satisfacen los intereses ó se reembolsa el capital, es á expensas de otra produccion. Si el consumo fuere reproductivo, habrá tambien pérdida de riqueza en cuanto el empréstito desvia los capitales de su curso verdadero y espontáneo para aplicarlos de un modo artificial y violento. En pocos casos el empréstito será inofensivo á la prosperidad pública. Si el capital que pasa á manos del gobierno estuviese ocioso, ó se hubiese de disipar en gastos inútiles ó en empresas estériles, ó en fin si por falta de empleo lucrativo se viese obligado á salir del país, el empréstito con un objeto reproductivo no sólo no seria malo, pero bueno.

Añaden que los empréstitos facilitan el empleo y colocacion ventajosa de los cortos ahorros de las clases ménos acomodadas; pero este argumento tiene poca fuerza al considerar que el desarrollo del crédito privado promete iguales ó mayores beneficios. Si el empréstito ataja el vuelo de la industria promoviendo la subida del interés ordinario y regular á causa de una mayor demanda de capitales, dificulta las economías. Solamente el trabajo produce riqueza; y así el empréstito no lo alimenta, ántes los ahorros se consumen y disipan en daño de la nacion.

Encarecen la utilidad de los empréstitos en cuanto avivan la circulacion de la riqueza; pero olvidan que la circulacion es por si misma estéril, y se convierte en fecunda sólo cuando favorece la produccion. Sacar los valores de las manos de los particulares para ponerlos en las del gobierno, es por regla general destruir la semilla é imposibilitar la cosecha.

Ponderan la importancia de las deudas públicas porque arrojan en la circulacion una multitud de títulos de crédito que son verdaderos valores y pasan á la categoría de riquezas; mas el título de crédito, como el título de propiedad, nada vale por sí, sino por lo que representa. El capital prestado y consumido no existe en parte ninguna: lo que existe es su nombre. Si el crédito se vende, recobra el acreedor primitivo total ó parcialmente su capital á expensas del comprador á quien transmite su derecho: si el gobierno lo extingue (salvo el caso de haberlo aplicado á un uso reproductivo) lo pagan de su bolsillo los contribuyentes; y si hace bancarota, el poseedor de aquel título ú documento lo siente en su fortuna. No busquemos el capital en las manos del gobierno, porque lo ha disipado: no lo busquemos tampoco en las de los acreedores, porque sólo hallaremos un papel signo de una riqueza pasada y carga de otra riqueza presente ó futura.

Pretenden que los rentistas ó acreedores del estado fomentan la industria con sus gastos y se apegan á la causa pública, pues la riqueza mueble, tan aventurera y caprichosa, adquiere toda la estabilidad y firmeza de la propiedad territorial. Ya sabemos que los gastos improductivos no aumentan, ántes disminuyen la riqueza. Profesar distinta doctrina seria aconsejar toda suerte de prodigalidades. Enhorabuena se liguen los capitalistas á la suerte de su patria cuando han prestado al gobierno; pero no son ménos amigos de la paz y del órden, ni de las instituciones, ni de la autoridad aquellos que viven de su industria ó profesion, que necesitan del crédito, que piden trabajo y están contentos de su participacion en la comun prosperidad.

Recomiendan la necesidad de que los gobiernos contraigan deudas para gozar de crédito, como si no estuviese más cerca de tenerlo quien nada debe, que el hombre cuyas rentas se hallan empeñadas. Si un gobierno acude á los empréstitos en tiempos bonancibles cuando corren con abundancia las fuentes de la riqueza, ¿qué sucederá el dia de una guerra civil ó extranjera, ó si sobreviene una crísis económica y ciega los manantiales de la produccion?

Por último, citan el ejemplo de Inglaterra cuya prosperidad coincide con el acrecentamiento de la deuda pública, como si esta deuda no fuese una espina clavada en su costado, ó como si pudiera ser ménos rica y poderosa sin la carga de 800 millones de libras esterlinas. ¡Pues qué! Las 2,850 millones de reales que importan los intereses de cada año, ¿salen por ventura de alguna mina secreta ó de algun país encantado, y no de la fortuna de los contribuyentes? Y si salen, ¿dejarán de ser 2,850 millones sustraidos cada año á la produccion nacional y un verdadero quebranto de la riqueza pública?

Hasta aquí llemos considerado la doctrina de los economistas que contemplan el empréstito por su faz risueña: sigamos ahora el discurso de sus adversarios que lo miran tan sólo por su faz lacrimosa.

El empréstito (dicen) es una carga que la generacion actual echa sobre hombros de las generaciones venideras, mirando los vivientes á salvar la fortuna amenazada de padecer menoscabo con el peso de nuevos tributos. Este argumento prueba poco por lo mismo que prueba demasiado. Si el empréstito fuese aplicado á un consumo reproductivo, no seríamos nosotros en verdad, sino nuestros hijos ó nuestros nietos, quienes recogiesen el fruto principal del cuidado y diligencia del gobierno. Si el empréstito fuese aplicado á un consumo improductivo, pero legítimo y necesario, como á sostener una guerra justa ó iniciar y proseguir una política hábil y vigorosa, nadie pondria en duda que esto seria defender la causa de la nacion cuyos intereses son permanentes, porque su vida es perpétua. Pues si los beneficios son hereditarios, tambien las cargas pueden y deben serlo.

Reponen que los empréstitos casi nunca se contraen para usos reproductivos ó para satisfacer gastos dignos de alabanza, ántes casi siempre sirven á fomentar la ambicion de los príncipes, alimentar la prodigalidad de los gobiernos, oprimir la libertad de los ciudadanos y disimular la enormidad de los impuestos. En tal caso los empréstitos no serán malos por razon de su naturaleza, sino por el abuso que de ellos se hiciese; y si el temor del abuso basta á desterrarlos, ¿cómo excusamos los vicios de la contribucion? ¿Está lavada de toda mancha? ¿Está libre de toda sospecha?

Reprueban con calor el agiotage de los fondos públicos que tanto se prestan á las cábalas de la bolsa, á la culpable revelacion de los secretos de estado, al esparcimiento de noticias falsas y á las ganancias aleatorias; pero ¿y las acciones de minas? ¿Y las de caminos de hierro? ¿Y las de los bancos? ¿Y en fin, el juego de azar que alimentan todas las sociedades anónimas de crédito?

Objetan que la contribucion disminuye la renta, y el empréstito distrae los capitales de la produccion de la riqueza; mas ni es una verdad inconcusa la primera parte del argumento, ni tampoco la segunda. Cuando una contribucion extraordinaria agrava el peso de las ordinarias, puede sin duda absorber la renta y ofender el capital del contribuyente; y cuando se abre un empréstito, puede tambien suceder que acudan á cubrirlo capitales ociosos prontos á buscar empleo donde quiera que vislumbren una ocasion de ganancia. Los hábitos comunes de la industria no se parecen á los hábitos propios de la banca á quien son familiares las operaciones de negociar empréstitos públicos interesarse en ellos.

Tambien pudiera ocurrir que los capitales fuesen extranjeros, y entónces no habria daño para la produccion, nacional en que, solicitando un empleo lucrativo fuera de su país, se viniesen á nosotros al arrimo del empréstito, y acaso en vez de naufragar en especulaciones temerarias ó improductivas, se salven á favor del gobierno; y por último, si el empréstito se aplicase á construir caminos ó canales, á facilitar los riegos, desecar pantanos ú otras mejoras semejantes, seria una operacion de crédito digna de aplauso.

En suma, conviene excusar los empréstitos miéntras sea posible soportar las cargas del estado con el auxilio de las contribuciones; pero si las necesidades extraordinarias son grandes y urgentes, el empréstito es el único remedio posible. No se aumentarán los impuestos en un país ya agobiado con las cargas ordinarias, sin labrar la ruina de los ricos y sin doblar la miseria de los pobres; mas si las fuerzas de los contribuyentes no estuviesen agotadas y un nuevo impuesto no ofreciese el peligro de agotarlas, seria preferible al empréstito. Pasado el apuro el impuesto cesa, en tanto que el empréstito queda vivo, viene otro y se acumula, en seguida otro y otros, y la carga de los intereses crece de dia en dia por la facilidad de constituir una deuda perpétua.

Los empréstitos reproductivos equivalen á una anticipacion de fondos cuyo capital ó intereses no fatigan al contribuyente, porque si aumentan las cargas públicas, aumentan asimismo la riqueza nacional. Los empréstitos improductivos deben disculparse en los casos de extrema necesidad y causa legítima, reprobando de todo corazon los abusos.

Deben los gobiernos esforzarse á cubrir las obligaciones presentes con recursos presentes: el porvenir traerá las suyas, y conviene no privarle de sus medios. Si no se puede encerrar los gastos del estado dentro de estos límites, acúdase al empréstito que no es bueno ni malo por sí mismo, sino por su aplicacion. No se murmura del particular que usa del crédito sino del que abusa: seamos igualmente justos con el gobierno.

Varios son los modos de contraer un empréstito, y más ó ménos conformes á las doctrinas y consejos de la Economía política. Divídense por de pronto en voluntarios y forzosos. Aquéllos constituyen el empréstito verdadero, porque descansan en la buena fé del gobierno, es decir, en la fidelidad á sus promesas y en la solvencia ó abundancia de sus recursos. Estos son contribuciones disimuladas, pero tanto más aborrecibles y aborrecidas, cuanto más prescinden de toda regla de equidad y justicia. Un empréstito forzoso no es una operacion de crédito, sino la negacion funesta del crédito del estado. Agota la fuente de los empréstitos voluntarios espanta los capitales que emigran por temor de la violencia, abate los valores industriales y comerciales, aniquila el crédito público y conmueve el privado.

Unas veces el empréstito es reembolsable en un período más ó ménos largo, otras no reembolsable ó perpétuo. Miéntras aquél no se extingue, el gobierno esta obligado á pagar los intereses cada año ó cada semestre, y á restituir todo junto ó en plazos sucesivos el capital íntegro segun las condiciones estipuladas. En el empréstito perpétuo el gobierno emite títulos ó crea rentas del estado con expresion del capital que cada uno representa y del interés que devenga. El gobierno acepta un capital en cambio de la promesa de pagar una renta, y todavía queda á su arbitrio reembolsar á sus acreedores.

Asimismo se contraen empréstitos á capital real y á capital nominal. Son á capital real cuando el gobierno se reconoce deudor de la cantidad que recibe, y á capital nominal cuando se confiesa deudor de una suma en parte imaginaria. Supongamos que un gobierno se propone negociar 100.000,000 de reales creando rentas del 3 por 100 hasta la concurrencia de estos 100 millones. Si el crédito del estado permite vender los títulos de la nueva emision á la par, el gobierno recibirá un capital verdadero de 100 reales por cada 3 de renta: mas si los títulos se cotizasen, por ejemplo, á 75, se verá obligado á tomar un capital verdadero de 75 reales, y declararse deudor de 100. De esta suerte, para realizar el gobierno 100.000,000 necesitaria emitir 125 en títulos del 3 por 100, cuyo interés con respecto al capital real equivaldria á un 3 y ¾ por 100.

Cuando se negocia un empréstito sucede como cuando se vende un objeto cualquiera, que ha de haber siempre una cantidad fija y otra cantidad variable, esto es, cosa y precio. En los empréstitos á capital real la cantidad fija es el capital y la variable el interés; y viceversa en los empréstitos á capital nominal la cantidad fija es el interés y la variable el capital.

Hay empréstitos por adjudicacion y empréstitos por suscripcion. En el primer caso admite el gobierno las diversas proposiciones de los banqueros y opta por las más favorables: en el segundo fija la cuota y negocia con todo el mundo. Los empréstitos por adjudicacion suelen dar motivo ó pretexto al ágio y aprovechar principalmente á los banqueros; y los empréstitos por suscripcion favorecen más el crédito del estado y ceden en beneficio de los humildes capitalistas. En los tiempos de penuria, cuando el dinero en vez de mostrarse en la plaza, se retira y oculta, los empréstitos nacionales rinden escaso fruto.

Al contraer un empréstito sucede que el gobierno otorga á los acreedores garantías especiales, como si les hipoteca bienes de la nacion ó los productos de una renta, y sucede tambien que se levante sin otra seguridad que el crédito general del estado. El primer medio fomenta, en vez de disipar, las dudas y recelos que inspiran las promesas del gobierno, y así tienen semejantes cautelas mucho de ilusorias; y el segundo arguye plena confianza en la palabra y en los recursos oficiales.

Los diferentes modos de contraer un empréstito público engendran distintas clases de deuda.

Cuando el gobierno necesita proveer con urgencia á necesidades momentáneas y se halla escaso de medios, aunque lleno de esperanzas de colmar este vacío con los ingresos ordinarios, emite bonos del tesoro que devengan un interés y son reembolsables dentro de cierto plazo. Son los bonos del tesoro verdaderas letras de cambio pagaderas en tesorería á su vencimiento. De aquí nace la deuda llamada flotante, porque es transitoria, accidental y movible. Esta operacion de crédito no constituye un empréstito en regla, sino que es una mera anticipacion de fondos ó un simple descuento del producto de las rentas públicas. Mas si falta el equilibrio conveniente de los ingresos y los gastos, la deuda flotante irá subiendo y embargando las rentas del estado hasta hacerse imposible todo servicio; y ya que no pueda salir por la puerta del reembolso, no hay otro medio de aliviar la carga del tesoro que entrarla por la puerta de la conversion, es decir, declararla permanente; arbitrio cómodo, mas peligroso, sobre todo cuando la administracion de las rentas públicas esta encomendada á personas poco amigas de la severa economía, y cuyo sistema se resume en salir de los apuros del dia, sin pensar ó sin cuidarse del triste legado que dejan á sus sucesores.

Deuda consolidada es la inscrita en el gran libro, ó las rentas perpétuas que imponen al gobierno la obligacion de pagar puntualmente los intereses sin el compromiso formal de extinguirla. Puede procurar su amortizacion para disminuir la carga de los intereses; pero es potestativo en el gobierno lo que seria obligatorio en cuanto á la deuda amortizable.

Las rentas temporales ó anualidades á término proceden del pacto en virtud del cual toma el gobierno un capital mediante la obligacion de pagar cierto interés por espacio de tantos ó cuantos años. El gobierno adquiere un capital sin comprometerse á reembolsarlo; pero el interés subido que paga indemniza al capitalista de esta pérdida, y aun le proporciona considerables ganancias. En realidad el capital se reembolsa á título y con color de intereses.

Las rentas vitalicias consisten en tomar el gobierno un capital con la condicion de pagar á una ó más personas cierta renta anual miéntras vivieren. Es una especie de lotería en que gana el gobierno si los rentistas mueren pronto, y pierde si mueren tarde: arbitrio poco honesto y de leve provecho para el estado. Si son varias las personas en cuya cabeza se ponen estas rentas, y el gobierno promete pagarlas por entero ó con deduccion de la parte correspondiente á cada accionista hasta la defuncion del último de ellos, se llaman tontinas. Afortunadamente para el gobierno y la sociedad, esta lotería fundada en los cálculos de probabilidad de la vida humana cayó en desuso, ganando mucho en ello la moral y los hábitos de trabajo y economía.

La conversion de rentas es una operacion de crédito en virtud de la cual el gobierno reduce el interés de la deuda, por ejemplo, si baja la renta del 5 al 4 ½ por 100. Impugnan algunos escritores la legalidad de semejante acto como atentatorio á la propiedad, y lo censuran como ofensivo á la dignidad y buena fama de los gobiernos, salvo si ponen á los acreedores del estado en la alternativa de resignarse á percibir un interés menor ó recobrar íntegro su capital. Otros por el contrario defienden su justicia y conveniencia, considerando que rara vez los capitalistas entregan el 100 por 100; y así, aunque el gobierno de su autoridad propia modere el interés de la deuda, no hay agravio real, puesto que el gobierno no hace sino reprimir y castigar la usura. En este argumento se descubre algun tanto la pasion contra los capitalistas, y la pasion es mala consejera.

Otras razones más graves se aducen en pro de las conversiones forzosas. Los gobiernos (dicen) al contraer empréstitos, estipulan un interés subido ó moderado segun los tiempos y las ocasiones. Si la cuota ordinaria ó corriente de los intereses baja en todos los ramos de la industria y del comercio, debe asimismo bajar en los empréstitos públicos, guardada proporcion con el riesgo particular del empleo. Negar al gobierno la facultad de convertir las rentas, equivaldria á otorgar un monopolio á los acreedores del estado. Por otra parte, reduciendo la suma de los intereses de la deuda, se disminuyen los impuestos, y los rentistas ganan como consumidores y contribuyentes.

Sin embargo, todavía nos parecen estas razones poco sólidas las unas, y las otras sujetas á controversia. La conversion no es moral ni justa sino con la condicion del reembolso en caso de resistirla los acreedores del estado; de otro modo es un despojo disfrazado, una disimulada confiscacion de la propiedad. A nadie más que á la nacion importa guardar religiosamente la fé de los contratos.

¿Conviene extinguir la deuda pública? No participando nosotros de la opinion de los economistas que dicen que la deuda pública aumenta la riqueza social otro tanto como importa el capital recogido por medio de los empréstitos, ó la comparan á una mina de oro, ó piensan que es una deuda de la mano derecha á la mano izquierda, respondernos sin titubear que sí. La extincion de la deuda pública supone la economía de una suma considerable que se destina en manos de los contribuyentes á un empleo productivo.

Dos maneras hay de reembolsar á los acreedores del estado: acudiendo al impuesto ó fiándose de la amortizacion. Si los acreedores no fuesen extranjeros, el producto del impuesto no disminuiria la riqueza nacional, sino que la tomaria á unos para darla á otros; pero este trastorno violento, siendo la deuda considerable, ocasionaria tantos gastos y vejaciones y perturbaria de tal modo la circulacion general, que debe renunciarse á semejante proyecto por impracticable.

Queda el arbitrio de la extincion lenta y sucesiva, aplicando á ella el exceso de los ingresos sobre los gastos, ó adoptando el sistema de la amortizacion. Fúndase la amortizacion en un propósito firme de perseverente economía; cuyo término debe ser la formacion de un capital equivalente á la deuda que vá acrecentándose con la acumulacion sucesiva del interés compuesto.

Pasa por inventor de este sistema el inglés Ricardo Price que deslumbró á las gentes con su doctrina y sus promesas de extinguir toda la deuda de Inglaterra, logrando cautivar el ánimo de Pitt, quien planteó la primera caja de amortizacion y la dotó con un fondo sagrado é inviolable. El gobierno inglés perdió entónces el miedo á los empréstitos, y su imprudente confianza en la eficacia de la amortizacion costó sumas enormes al estado.

La experiencia vino á demostrar que los fondos particulares de la caja de amortizacion eran disipados sin el menor escrúpulo, cayendo por tierra todos los magníficos cálculos del doctor Price sobre los montes de oro que habria producido el interés compuesto de un óbolo desde los tiempos de Jesucristo hasta nuestros dias. Desengañado y escarmentado el gobierno inglés en su cabeza, renunció á todo pensamiento de amortizacion en 1829, proclamando que en lo venidero la deuda pública se iria extinguiendo lisa y llanamente con el sobrante de las contribuciones.

Si la amortizacion fuese verdad, llevaria al reembolso la ventaja de extinguir con la misma cantidad una porcion mayor de la deuda, supuesto que no compra las rentas del estado sino cuando están más bajas que la par; pero tambien repugna que el gobierno especule con el descrédito de la nacion. Hoy no cautiva los ánimos la quimera de la fuerza reproductiva de la amortizacion; y abandonada de los economistas, sólo encuentra apoyo entre los hacendistas ciegos partidarios de la rutina.

En resolucion, un pueblo agoviado con el peso de su deuda, no intenta siquiera extinguirla ni por medio del impuesto que exigirla sacrificios enormes, ni ménos apelando al engañoso arbitrio de la amortizacion. Puede, sí, aliviarse de la carga ordenando su hacienda de modo que el equilibrio de los ingresos y los gastos excuse ó aleje la necesidad de contraer nuevos empréstitos, y aplicando todas sus fuerzas al acrecentamiento de la riqueza social. Con el sobrante de las rentas puede ir poco á poco liquidando su deuda; pero aun seria mejor ántes de pensar en reducirla, reformar ó suprimir los impuestos más viciosos.

Cuando un gobierno quebranta la fé empeñada y no dá satisfaccion cumplida á sus acreedores, hace bancarota. La bancarota es la deshonra de la nacion, un escándalo de mal ejemplo, un terrible infortunio, porque perdido el crédito no se recobra sino á duras penas; y entre tanto que el gobierno no se rehabilita á los ojos del mundo, no hallará quien le ofrezca dinero para salir de apuros, ó si alguno se atreve á ello, será obligándole á pasar por las horcas caudinas. Además, la bancarota aniquila la fortuna de los particulares, desbarata los cálculos de la industria y del comercio, interrumpe la circulacion, paraliza la produccion, mina el crédito privado, y en fin, engendra la miseria pública y calamidades sin cuento, y provoca la murmuracion justa y la queja destemplada, precursoras de la discordia civil. Como el relámpago precede al trueno, la bancarota precede á la revolucion.

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