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Trueque y Economía Solidaria
Susana Hintze (Editora)

4. Análisis comparativo de los proyectos legislativos nacionales y provinciales referidos al trueque  

 

En el ámbito provincial

La amplitud y alcance de la actividad del trueque motivó que legisladores provinciales atendieran este fenómeno creciente y elaboraran propuestas de regulación en jurisdicción provincial. Sólo en la provincia de Buenos Aires se encuentran ocho proyectos, dos de resolución, dos de declaración, una comunicación del H.  

Concejo Deliberante de Berazategui solicitando se regule la actividad y tres proyectos de ley. 1

Merece ser reseñado un proyecto de ley provincial de carácter más general, que apunta a la economía social y solidaria, y que menciona al trueque como un instrumento de la promoción de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), junto con las sociedades laborales, cooperativas de trabajo, de producción, de consumo, la microbanca, los grupos de autoahorro y autocrédito, así como cualquier otra actividad económica basada en los principios del trabajo asociado, la solidaridad, la inserción plena de trabajadores y sus familias en la sociedad, el rescate de la cultura del trabajo como valor social esencial, y la satisfacción del bienestar general de la comunidad.

Los objetivos de este proyecto son: a) Proteger y promover la producción y comercialización de bienes y servicios de asociaciones informales que tienen como fin lograr la autosubsistencia de sus integrantes. b) Propender a la actividad regular de dichas asociaciones informales mediante la cooperación, creatividad y el desarrollo personal y comunitario. c) Promover la capacitación de los emprendedores. d) Favorecer el desarrollo endógeno local. e) Promocionar la inscripción de organizaciones locales, regionales y provinciales que generen proyectos, promuevan emprendimientos e incorporen mano de obra. f) Dotar de capital de trabajo inicial y apoyo a los nuevos emprendimientos. g) Apoyar y ampliar las instituciones de Banca Social. h) Apoyar las organizaciones que tienen base en la familia, la solidaridad y la cooperación. i) Promover la incorporación y transferencia de tecnología apropiada. j) Ofrecer apoyo técnico e información sobre la economía social en cada municipio, incorporando los recursos profesionales de la provincia, los municipios y las universidades e institutos tecnológicos.

Comprende aquellas actividades de contenido económico cuyo principal objetivo es la reproducción de la vida, la subsistencia y el autoempleo, y quedan excluidas aquellas actividades de contenido económico que poseen como objetivo fundamental fines de lucro y acumulación de capital.

Define como unidades económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), a aquellas asociaciones informales dedicadas a la producción, comercialización, intermediación de productos y/o servicios, que reúnan simultáneamente las siguientes características: a) esté integrada por hasta diez (10) personas asociadas, incluyendo a los socios y su grupo familiar, y/o hasta dos socios no familiares y su grupo familiar incluidos en el total; b) no posea activos fijos, o en caso de poseerlos, tengan un valor inferior a 30 montos equivalentes a una canasta familiar básica para todos los miembros, excluidos los inmuebles destinados a vivienda; c) cuando los Ingresos Brutos Anuales sean menores al ingreso correspondiente a veinte (20) canastas familiares básicas, para cada uno de los miembros de la Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS).

Aquellos que se acojan a las especificaciones del proyecto tendrán los siguientes beneficios: a) Exención del impuesto a los Ingresos Brutos. b) Exención de tasas en materia bromatológica y ambiental. c) Incentivos emanados del Fondo de la Economía Social. d) Créditos provenientes de la Banca Social. e) Fiscalización progresiva de los impuestos nacionales de acuerdo con las pautas que se fijarán en el Decreto Reglamentario.

Entre otros aspectos novedosos y relevantes crea un Fondo de la Economía Social que se destinará a: 1) contribuir a desarrollar la economía social; 2) promover y asistir a la conformación y desarrollo de las Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS); 3) contribuir a la incorporación y transferencia de nuevas tecnologías en materia de conservación y control de calidad; 4) promover la capacitación de los emprendedores de las Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS); 5) desarrollar medios informativos y estadísticos; 6) proveer de materiales y equipamiento a las Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS).  


1.  1) D - 927/01-02 Proyecto de ley Entrado en Mesa de entradas: 3/05/01 Estado parlamentario: 10/05/01 Autor: Cieza Daniel Alejandro (FREPASO) Declarar de Interés Provincial a La Red Global de Trueque Solidario 2) D- 2653/01-02 Proyecto de ley Entrado en Mesa de entradas: 28/11/01 Estado parlamentario: 27/12/01 Autor: Adobbati, Mirta (A.R.I.). 3) D- 1619/02-03 Proyecto de ley Entrado en Mesa de entradas: 8/08/02 Estado parlamentario: 15/08/02 Autor: Adobbati, Mirta (A.R.I.) Habilitando a los municipios a recibir en concepto de pago y cancelación de deudas, ticket, créditos de mercados sociales, clubes, nodos, asociaciones o redes de trueque.  


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