Observatorio de la Economía Latinoamericana

 


Revista académica de economía
con el Número Internacional Normalizado de
Publicaciones Seriadas  ISSN 1696-8352

 

Economía de Venezuela

 

¿Nacionalización de la CANTV?

Enrique R. González Porras (CV)
enriquergp@yahoo.es

 

Tras el anuncio del presidente de la república de re-nacionalización de las empresas que con anterioridad se encontraron en manos del Estado y especialmente aquellas que operan en el sector de servicios públicos, el Ejecutivo Nacional ha especificado algunos alcances de la medida.

El Ministro Chacón “aclaró” que la re-nacionalización en el sector telecomunicaciones se restringiría a la CANTV, incluyendo su filial de telefonía móvil MOVILNET.

Adicionalmente el Ministro Chacón insinuó que "el Estado ha decidido ir a un proceso de nacionalización de CANTV, para utilizar la plataforma -especialmente de la red de transporte- que tiene CANTV para el desarrollo del sector, es decir, para que puedan ingresar operadores de servicios de valor agregado y de otros servicios que fueron absorbidos en ese proceso de seis años por la CANTV. Por ejemplo, en el mercado de Internet venezolano CANTV posee nada más y nada menos que el 83%".

Según una nota de prensa de El Universal, el Ministro señaló “que la falta de cobertura en gran parte del país es producto de la posición del dominio del principal operador, que ha limitado con prácticas restrictivas la entrada de nuevos operadores”.

Para Chacón, dichas prácticas han llevado a CANTV a tener el 70% del tráfico total de larga distancia nacional, además de 42% del tráfico de larga distancia internacional.

Estas declaraciones resultan delicadas, toda vez que el Ministro está acusando a la CANTV de haber desplegado conductas restrictivas de la libre competencia. Sin embargo, no existe un procedimiento administrativo que sea llevado adelante actualmente por el ente competente, Procompetencia, en el que se determine que efectivamente se están desplegando las prácticas que anuncia el Ministro o que exista reincidencia por alguna práctica sancionada anteriormente. Así las cosas, el argumento que está siendo aducido para la nacionalización de la compañía no ha sido verificado por el ente competente y en caso que así fuere no existe en la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia sanción alguna que implique la perdida de propiedad de los accionistas sobre la empresa.


Para citar este artículo recomendamos utilizar este formato:

González Porras,  E.R.: "¿Nacionalización de la CANTV?" en Observatorio de la Economía Latinoamericana Nº 73,  enero 2007. Texto completo en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/ve/


Así las cosas, una vez revelada la motivación por parte del Ministro se ha violado flagrantemente el derecho a la defensa y el debido proceso administrativo que debería validar la posición del Ministro.

Dejando a un lado esta grave violación de las Leyes y las normas, queda un tema más de fondo sobre las apreciaciones del Ministro.

La caracterización de monopolio natural del local loop, como red básica de transporte de las telecomunicaciones en ningún momento justifica su nacionalización. Para ello existen dos opciones de política públicas posibles, las cuales no son excluyentes entre sí. Una es la regulación de estructura o regulación económica sectorial y la otra la regulación de conducta o regulación de competencia.

Así se hace necesario develar la inconsistencia de la medida de la nacionalización por medio de argumentos propios del derecho y la economía de las telecomunicaciones, a saber:

La primera, por ser monopolio natural el local loop, se justifica la existencia de un regulador sectorial que establezca las tarifas de acceso a este essential facility. Sin embargo, el tipo de propiedad, entiéndase propiedad privada, no constituye razón alguna para una nacionalización. La tarifa de acceso que pudiera determinar el regulador podría ser igualmente cobrada por la empresa si se encontrara tanto en manos privadas como públicas.

Segundo, el posicionamiento de mercado en renglones competitivos del negocio de las telecomunicaciones (de valor agregado o aguas abajo), no constituye razón para regular y mucho menos constituye una situación sancionable. La posición de dominio no se encuentra sancionada por la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia, solo el abuso de la posición de dominio es sancionable y para ello se requiere un procedimiento administrativo previo, donde se respete el derecho a la defensa de la CANTV.

Tercero, existiendo sospechas sobre el eventual despliegue de conductas restrictivas a la libre competencia, lo apegado a la ley es que Procompetencia inicie una investigación de oficio y una eventual apertura de un respectivo procedimiento administrativo. Esta sería la segunda forma de acción pública, la regulación de competencia.

Cuarto, no existe argumentos ni fundamentación robusta sobre la existencia de incentivos para un cierre vertical de mercado vía precios de acceso al essential facility. En todo caso, tendría que evaluarse una situación que los propios ingenieros en telecomunicaciones plantean como complicada de desplegar: el eventual cierre vertical de mercado vía manipulación en la calidad del acceso al local loop. Una vez que exista un espectro de mercado lo suficientemente amplio y una razonable diferenciación entre los operadores aguas abajo que utilizan como insumo el acceso al local loop, resultará muy difícil que existan incentivos para el despliegue de cierre de mercado, especialmente si esta acción requiere de parte del Incumbent un esfuerzo adicional en desvirtuar la calidad del acceso.

Quinto, en el caso que efectivamente se comprobara que existen incentivos y prácticas restrictivas para trasladar el poder de mercado poseído aguas arriba hacia aguas abajo, queda una medida de Unbundling o desintegración vertical. Como en todas las consideraciones anteriores, no se requiere que la propiedad de ninguno de los operadores resultantes pase a manos del Estado.

En resumidas cuentas, las razones para nacionalizar la CANTV no son tales, aunado al hecho de que el Estado cuenta con regulaciones exante (regulación económica sectorial) y expost (regulación de conductas o antimonopolios) para garantizar el bienestar social. Con esta medida de nacionalización se está lesionando a los venezolanos, porque el servicio en manos privadas es autofinanciable y competitivo, mientras que en manos públicas pasará a ser otra oficina pública ineficiente y expuesta a corruptelas.

Economista

Master en Economía Industrial

Especialización en Economía del Sector Telecomunicaciones

Especialización en Economía de Sector Energía

Especialización en Economía de Sector Transporte

Especialización en Economía de Sector Farmacia

Universidad Carlos III de Madrid

Experto-consultor en Derecho y Economía de la Competencia y Regulación Económica

enriquergp@yahoo.es


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