
Revista académica de economía
con
el Número Internacional Normalizado de
Publicaciones Seriadas ISSN
1696-8352
EL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN Y EL ESTADO DE DERECHO
Ricardo Tito Atahuichi Salvatierra (CV)
ricardotito39@hotmail.com
Los acontecimientos suscitados en el interior del país, el Estado de sitio declarado en el Departamento de Pando, etc., resultantes de las posiciones obstinadas del gobierno, por aprobar su “Proyecto de constitución”, y de la burguesía, por aplicar sus “Estatutos Autonómicos” regionales con el fin de constituir el Estado Oriental Neoliberal denominado “Nación Camba”; muestran que la lucha por el poder se torna peligrosa para la convivencia social, la integridad territorial y la unidad del Estado nacional.
El gobierno al infringir las leyes y la Constitución Política, en pleno Estado de derecho, atenta directamente contra la existencia del Estado liberal razón por la que la oposición tiene el justificativo para movilizarse y aplicar su política separatista a través de una resistencia activa, audaz y organizada con el fin de constituir el Estado Oriental dividiendo el Estado boliviano. Al tratar de imponer el “Proyecto de Constitución” en el que se propone la organización del Estado “plurinacional y multiétnico”, que nada tiene que ver con la conciencia social antiimperialista alcanzada y la experiencia hecha por el pueblo boliviano con la revolución de Abril, favorece a la derecha que dice combatir cuando en realidad la fortalece y vigoriza. Las movilizaciones y contramovilizaciones ya produjeron enfrentamientos fatales innecesarios que no pueden ser ignorados.
Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Tito Atahuichi Salvatierra, R.: “El proyecto de constitución y el estado de derecho" en Observatorio de la Economía Latinoamericana, Nº 102, septiembre 2008. Texto completo en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/bo/
Si el gobierno se propone cambios en democracia, tiene que entender que esos cambios tienen que ser materializados en el marco legal, no hay otra forma de efectivizarlos, puesto que el respeto al orden social, a la Constitución y a la ley, en sus formalidades y contenido, son parámetros inviolables.
En el Estado de derecho, a consecuencia de la conciencia social antiimperialista alcanzada por un pueblo, un partido o un conjunto de movimientos políticos de carácter homogéneo, pueden tomar el poder democráticamente, sin necesidad de una revolución violenta (caso Cuba, China, etc.), a través de una Asamblea Constituyente Originaria porque un partido o movimiento social al tener el control pleno de una Constituyente en los hechos “toma el poder en si y para si en forma absoluta” puesto que al concentrar la representación de los 2/3 del total de los componentes de la Asamblea Constituyente tiene en su favor la soberanía absoluta del pueblo, que le da legitimidad y legalidad, para cambiar totalmente una Constitución y crear o refundar un Estado (caso Venezolano). Hecho, que no ocurrió en Bolivia, por haber sido la Asamblea Constituyente derivada.
Mientras un partido o movimiento no tome el poder democráticamente, cualquier reforma en la Constitución o el Estado tiene que ser hecha con la ayuda y participación de todas las fuerzas políticas existentes (pacto social). Una Constituyente derivada, no tiene la potestad para modificar totalmente una Constitución porque todo cambio está condicionado al acuerdo que se alcance, en el seno de la Constituyente, con las otras fuerzas políticas que conforman la Asamblea.
El “Proyecto de constitución” por su carácter indigenista, en los hechos, es la causa generadora de los enfrentamientos y puede constituirse en el motivo para dividir la nación boliviana porque mientras no se respete la ley y la Constitución los representantes de “la media luna” continuaran con su propósito de dividir el Estado Nacional.
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