Observatorio de la Economía Latinoamericana


Revista académica de economía
con el Número Internacional Normalizado de
Publicaciones Seriadas  ISSN 1696-8352  

Economía de Bolivia

 

LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE E IDEOLOGÍA

 

Ricardo Tito Atahuichi Salvatierra (CV)
ricardotito39@hotmail.com

De acuerdo a la ideología liberal contenida en nuestra Constitución, el pueblo o soberano a través de sus representantes reunidos en una Asamblea Originaria, denominada Deliberante primero y Congreso General Constituyente, luego, definieron en 1825 (13 de Agosto) el tipo de Estado y sancionaron (6 de Noviembre de 1826) la primera Constitución luego de la derrota de los realistas y el triunfo de las fuerzas independentistas que tomaron el poder en el Alto Perú dirigidos por Bolívar. De manera que el Estado y la Constitución fueron el resultado de la decisión de una Asamblea Originaria. Ahora bien si el propósito del gobierno es refundar Bolivia y dotarle de una nueva Constitución tiene que hacer lo mismo que los asambleísta de 1825 y 1826. Es decir, contar con una Asamblea fundante y sobre esa base decidir la ideología que ha de sustentar la Constitución y definir el tipo de Estado. Lo que significa tomar el poder.

Para lograr que la Asamblea sea Originaria el gobierno tiene que obtener en la justa electoral, relativa a la elección de constituyentes, 170 representantes que voten a su favor. Pero; ocurre que la Ley Especial de Convocatoria a la Asamblea (Art.14) no le permite llegar a ese numero de votos sino solo a 158. Condenando de esa forma a que la Asamblea Constituyente sea derivada sin facultad siquiera para destituir a un diputado. Y en esas condiciones propagar y crear esperanzas para refundar Bolivia o cambiar completamente la Constitución no es correcto porque daña el crédito del gobierno

El pueblo por medio de una Asamblea ilimitada, puede adoptar cualquier ideología que sustente la nueva Constitución y tipo de Estado por que tiene el poder en sus manos pero; si la Asamblea es derivada no puede hacerlo y su función se reduce solo a lograr algunas reformas constitucionales dejando intacto el poder constituido. Por Ej. No será posible nombrar a los ministros de la Corte Suprema de Justicia sino hay un acuerdo previo con las fuerzas de oposición.


Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Atahuichi Salvatierra, R.T. “La Asamblea Constituyente e ideología" en Observatorio de la Economía Latinoamericana, Nº 74, febrero 2007. Texto completo en http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/bo/


Una vez elegidos los constituyentes la lucha por el poder se manifestará a partir de la elección de la directiva por que las fuerzas sociales en pugna, dentro de la Asamblea, no harán concesiones que afecten sus intereses y por que el oficialismo solo tiene el gobierno pero no el poder. Situación que es contraria a la de 1952 en la que por efectos de la revolución el pueblo boliviano tenia el poder pero no el gobierno a tal grado que el MNR representante de la burguesía y oligarquía, como gobierno, a partir de su posesión ( 1952 ) preparó las condiciones necesarias para tomar el poder. Objetivo que lo logro, recién en 1985 con Paz Estensoro que promulgó el D. S. 21060 que expresa en su contenido la ideología neoliberal del capitalismo salvaje donde todo esta sujeto al mercado, al libre juego de la oferta y la demanda. Reduciendo la función del Estado al de un gendarme dirigido a proteger y defender los intereses de las transnacionales, la burguesía ligada al capital financiero y los de la oligarquía antipatria que proyectaron, buscaron y trataron de materializar la organización de la nación camba encubierta con la consigna de la Autonomía.

Del número de constituyentes que las fuerzas políticas y otras obtengan en una Asamblea depende si, esta, ha de ser Ilimitada o Derivada. Y la fuerza que logre la representación superior a los dos tercios de votos tiene el poder en sus manos. Y consiguientemente adquiere la facultad de decidir por encima de toda autoridad y del poder constituido. Incluida la destitución de un Presidente de la República, cierre de un legislativo, etc. Lo que no ocurrirá en el caso nuestro por que ninguna de las fuerzas en pugna por si solas alcanzarán los 170 votos por efecto de la Ley 3364- Art. 14.

La concepción liberal determinó en la historia del pensamiento político y jurídico moderno el nacimiento de una nueva forma de concebir la vida, el cosmos, la economía, familia, Ley, Estado etc. a partir de los principios de: libertad, fraternidad e igualdad. Concepción ideológica que se impuso con la Revolución francesa de 1789 y que dio origen a los Estados capitalistas denominados Repúblicas estableciéndose entre, ellas, la nuestra.

 

Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles